Selene Tamayo Echeverría/cambio 22

MÉRIDA, YUC., 20 de enero.- La nueva reforma que entró en vigor el pasado 15 de enero, prohíbe a los comercios vender cigarros en unidades además de tenerlos en exhibición y fumar en el interior del establecimiento.

El titular de la Cámara Nacional de Comercio en Pequeño (Canacope) de Mérida, Jorge Cardeña Licona, explicó que respecto al reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco, los negocios que no respeten las disposiciones interpuestas por las autoridades podrían ser acreedores a multas que llegan a los 800 mil pesos.

Asimismo, destacó que los comercios no pueden vender cigarros en unidades, así como está prohibida la venta a menores de edad, además de que los cigarros no pueden estar a la vista de las personas y no esta permitido que se fume en el interior de los negocios.

Señaló que ante esto y por temor a las multas varios tenderos optaron por dejar de vender los productos de tabaco.

“La multa que puede haber al que incurra, al estar exhibiendo cigarros, mostrando cigarros o vendiendo cigarros sueltos, es de mil a 4 mil salarios mínimos. Los comerciantes, por temor a verse multados o algo así, están optando por mejor ya no vender”, explicó.

Indicó que en las tienditas, al menos el 25 por ciento de sus ganancias es por la venta de cigarrillos, a causa de esto varios comercios ya presentan afectaciones en sus ingresos porque las personas ya no compran cigarros.

Del mismo modo, el aumento al precio de la cajetilla fue significativo al pasar de 65 pesos a 75, lo que también afecto las ventas

 

techeverria.selene@gmail.com

RHM

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