Tribunal Confirma Criterios de Paridad de Género del Leqroo para la Elección Judicial
11 Jun. 2025
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El Teqroo rechazó los agravios expresados por un candidato en una impugnación
Redacción / CAMBIO 22
CHETUMAL, 11 de junio.- En sesión pública realizada pasado el mediodía de este miércoles, el Tribunal Electoral de Quintana Roo (Teqroo) confirmó el acuerdo IEQROO/CGEPJ/A-055-2025 del Consejo General para la Elección de Personas Juzgadoras del Instituto Electoral de Quintana Roo (Ieqroo), por el cual se aprobaron los criterios de paridad de género para la asignación de los cargos del Poder Judicial del Estado.
En este caso, se atendió el Juicio para la Protección de los Derechos Político Electorales de la Ciudadanía Quintanarroense JDC/012/2025 promovido por el ciudadano Carlos Vega Martínez, candidato a juez en el proceso electoral extraordinario local, en contra de esos criterios de paridad de género.
El Teqroo resolvió que, del análisis del escrito de demanda, se advirtió que la pretensión del candidato era que se revocara el acuerdo impugnado y, en consecuencia, se le restituyera en el uso y goce de los derechos políticos electorales que aducía que le fueron vulnerados.
Según él, eso sucedió porque el Ieqroo no garantizó el principio de legalidad y certeza jurídica en la asignación de los puestos de elección popular de juzgadores y magistraturas del estado de Quintana Roo con su acuerdo.
Al final del análisis, el Teqroo determinó que el concepto de agravio del candidato es inoperante, toda vez que su escrito de demanda no cuestiona de manera directa la motivación y contenido formal del acuerdo impugnado, sino que se limita a hacer suyo un voto particular disidente emitido por una consejera electoral, sin agregar razonamientos propios que expliquen por qué el acto es incorrecto o le causa un daño.
De igual forma, señaló que el candidato no realiza alegaciones con las cuales controvierta los razonamientos o consideraciones del Ieqroo que dieron sustento al acuerdo impugnado; esto es, el actor omitió expresar argumentos claros y debidamente configurados que controviertan las consideraciones de la autoridad responsable que sirvieron como sustento para la emisión del acuerdo impugnado.
Por lo anterior, el Teqroo confirmó la legalidad del acuerdo del Consejo General para la Elección de Personas Juzgadoras del Ieqroo.
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