Teqroo tendrá que Reabrir expediente contra Kira Iris San por Violencia Política de Género
29 Jul. 2022
Redacción/CAMBIO 22
CHETUMAL, 29 de julio.- La Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), por unanimidad, modificó la sentencia del Tribunal Electoral de Quintana Roo (Teqroo) que había exonerado a la diputada Kira Iris San de acusaciones de violencia política de género presentadas por la diputada electa Estefanía Mercado, e impusieron a los magistrados locales analizar nuevamente la querella para emitir otra resolución.
El pasado 8 de julio, los magistrados del Teqroo Víctor Vivas Vivas y Sergio Avilés Demeneghi, durante el desahogo del Procedimiento Especial Sancionador PES/062/2022, votaron para declarar la inexistencia de las conductas denunciadas atribuidas a Kira Iris San, bajo el argumento que, de los elementos de prueba que obran en el expediente no pudo determinarse su responsabilidad.
Resolvieron lo anterior a pesar de que reconocieron que las publicaciones de diversos usuarios en la red social de Facebook si configuran Violencia Política en Razón de Género en perjuicio de Estefanía Mercado, pues reproducen el estereotipo de la superioridad intelectual del hombre respecto de la mujer, además de que estaban encaminadas a menoscabar su imagen pública y no se encuentran amparadas bajo la libertad de expresión.
Ante tal resolución del Teqroo, la diputada electa acudió a la Sala Regional del TEPJF, donde los magistrados federales, a propuesta de la magistrada presidenta interina, Eva Barrientos Zepeda, avalaron modificar la sentencia del Teqroo, además de imponer un nuevo análisis para emitir otra sentencia.
A juicio de la ponente, el reclamo de Estefanía Mercado está fundado, pues en asuntos que están relacionados con la violencia política de género, los magistrados locales debieron privilegiar el principio de exhaustividad y analizar de manera conjunta el caudal probatorio a fin de establecer si del caudal de las probanzas existentes era posible advertir la comisión de tales conductas.
Por tanto, fue incorrecto que el Tribunal local dividiera su estudio en temas específicos y a partir de tales hechos ir analizando las pruebas de manera individual.
La modificación resuelta por la Sala Regional del TEPJF obliga al Teqroo a emitir una nueva determinación, en la que se analice de manera integral los hechos, la autoría de estos y las medios de prueba existentes en el expediente, para efecto que determine si se acreditan las conductas denunciadas atribuidas a Kira Iris San, así como determinar la titularidad y responsabilidad jurídica de las personas titulares de las cuentas en las cuales acreditó la existencia de violencia política contra la mujer en razón de género.
GCH