► El tribunal revocó un acuerdo del Ieqroo que había negado ordenar que se bajaran publicaciones en una cuenta de Facebook denunciada por Ana Patricia Peralta de la Peña por presuntas calumnia electoral y violencia política de género

 

Redacción/CAMBIO 22

CHETUMAL, 19 de febrero.- El Tribunal Electoral de Quintana Roo (Teqroo), revocó, por unanimidad de votos un acuerdo de la Comisión de Quejas y Denuncias (CQyD) del Instituto Electoral de Quintana Roo (Ieqroo) que negó medidas cautelares para frenar publicaciones en contra de Ana Patricia Peralta de la Peña, presidenta municipal de Benito Juárez, y ordenó que analice de nuevo la petición.

El tribunal ordenó lo anterior al resolver el Juicio para la Protección de los Derechos Político Electorales de la Ciudadanía Quintanarroense -JDC/014/2024, promovido por la alcaldesa de Cancún en contra del acuerdo IEQROO/CQyD/MC-009/2024, emitido por la Comisión de Quejas y Denuncias del Ieqroo, mediante el cual se determinó la improcedencia de la medida cautelar solicitada dentro del expediente IEQROO/PESVPG/020/2024.

La alcaldesa pidió que se revocara ese acuerdo y, en consecuencia, se declarara la procedencia de las medidas cautelares solicitadas, alegando violación a los principios de legalidad, congruencia y exhaustividad, aunado a que el Ieqroo dejó de fundar y motivar el acuerdo combatido.

El  Teqroo determinó como fundado el agravio presentado, por lo que ordenó al Ieqroo emitir una nueva determinación respecto a la implementación o no de las medidas cautelares solicitadas, debiendo realizar un estudio preliminar de manera integral referente a la imputación de expresiones calumniosas que fueron denunciadas, tomando en consideración de manera exhaustiva las expresiones contenidas en el acta de fecha 31 de enero.

Asimismo, deberá ordenar todas y cada una de las diligencias que considere necesarias para la debida integración del referido expediente.

La petición de medidas cautelares deriva de una queja presentada por Ana Patricia Peralta de la Peña en su calidad de presidenta municipal de Benito Juárez, contra la página de Facebook denominada Ratisposting, y contra los partidos Revolucionario Institucional (PRI), Acción Nacional (PAN), de la Revolución Democrática (PRD), Movimiento Ciudadano (MC) y contra quien resulte responsable.

A todos éstos los acusa de calumnia electoral y de violencia política contra la mujer en razón de género, por una supuesta campaña negativa en su contra a través de la difusión de mensajes, frases e imágenes difundidas en esa cuenta, alegando además que se trata de publicidad pagada para calumniarla.

En su primera revisión, el Ieqroo consideró que las publicaciones no tienen elementos de violencia política contra la mujer en razón de género, y por eso le negaron las medidas cautelares, pero a decir del Teqoo le faltó analizar si habían elementos de calumnia.

 

cambio22chetumal@gmail.com

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