Sin Aclararse Ejecución de un Empresario en Mérida; Señalan Posible Protección de Funcionarios Locales a sus “Dudosas” Actividades
26 Sep. 2024
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Despacho 14
El Violento Oficio de Escribir
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La Fiscalía General de Justicia de Yucatán (FGE), se mantiene hermética y dando bandazos o palos de ciego.
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Filtraron que un tal “Shamir” es el que planeo todo.
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Se sabe que el autor intelectual lo han ubicado en Centro América, específicamente en Honduras.
Alfredo Griz/CAMBIO 22
Después de 5 cateos, decomiso de más de 10 vehículos de alta gama, 4 detenidos, uno más que no ha sido confirmado, la ejecución del empresario José Ángel Dávila Bernal, ha dejado atisbar el lodazal que hay dentro de la Policía Estatal de Yucatán, dado que la Policía Estatal de Investigación está más que involucrada en el tema, le daban protección al ahora occiso, omitieron actos de investigación entre otras irregularidades, sin embargo el tema de fondo es que la Fiscalía General del Estado está tratando de arreglar el tiradero y de cuadrar el tema para que quede en el ámbito y la jurisdicción local.
La Fiscalía General de Yucatán, no quiere que el tema lo atraiga la Fiscalía General de la República, a pesar de que hay suficientes elementos y una variedad de delitos que se encuadran en el orden federal, los motivos son más que evidentes, a pesar del concurso de delitos que hay en torno a esta escandalosa ejecución en lo que dicen es la ciudad más segura del país, pero que en realidad se ha convertido en un cómodo y seguro hotel de narcotraficantes.
Es evidente que el delito de homicidio calificado es del orden del fuero común, así como las denuncias por falsificación de documentos, fraude genérico y la de amenazas, pero la Fiscalía General del Estado ha sido omisa en muchas de las indagatorias, deja entrever la sospecha de que estaban protegiendo al ejecutado, hacía más de dos años de las denuncias en Yucatán y nunca hubo actos de investigación serios o contundentes, a pesar de tener los elementos, las pruebas y los señalamientos directos, tampoco solicitaron información de las carpetas de investigación existentes en los estados de Quintana Roo y Monterrey en el norteño estado de Nuevo León.
La portación ilegal de armas de uso exclusivo del ejército, es decir el arma homicida que es de calibre 38 súper, misma que fue usada para darle muerte al ahora occiso, es un tema que a decir del código penal federal en su Artículo 8o, que a la letra dice: No se permitirá la posesión ni portación de las armas prohibidas por la Ley ni de las reservadas para el uso exclusivo del Ejército, Armada y Fuerza Aérea, salvo los casos de excepción señalados en esta Ley.
Asimismo en el Código Penal Federal en su apartado de Delitos contra la Seguridad Pública, en el capítulo 4 referente a asociaciones delictuosas o delincuencia organizada en su Artículo 164 en su contenido dice: Al que forme parte de una asociación o banda de tres o más personas con propósito de delinquir, se le impondrá prisión de cinco a diez años y de cien a trescientos días multa.
Recordemos que ya hay cuatro detenidos, uno más sin confirmar y otro que se supone es el autor intelectual que está en el extranjero.
También es importante no perder de vista que falsificaron documentos públicos, para poder emplacar los vehículos en Yucatán, es decir, hubo vehículos que entraron de forma irregular al país, ya estando en México, se hicieron legales a través de documentos públicos, emitidos por el Estado de Morelos, de Quintana Roo y de Yucatán, pero incluso el caso del empresario yucateco que se lió a golpes con el occiso, y que lo denunció en la Fiscalía General del Estado, fue porque le vendió un auto Lamborghini con documentos apócrifos, es decir la factura, tarjeta de circulación y demás documentos del vehículo eran falsos, en el caso de tarjeta de circulación, placas, engomados son documentos públicos, se tiene conocimiento que existen varios vehículos en la misma situación, lo que en el Código Penal Federal se señala que en el Artículo 243.
El delito de falsificación se castigará, tratándose de documentos públicos, con prisión de cuatro a ocho años y de doscientos a trescientos sesenta días de multa. En el caso de documentos privados, con prisión de seis meses a cinco años y de ciento ochenta a trescientos sesenta días de multa”.
También la comercialización de vehículos robados es un delito federal, cuánto más aún si algunos fueron robados en el extranjero, existen detenidos e indagatorias, y dichos vehículos fueron comercializados en territorio mexicano, porque también el Código Penal Federal Estipula que en su Artículo 377: Se sancionará con pena de cinco a quince años de prisión y hasta mil días multa, al que a sabiendas y con independencia de las penas que le correspondan por la comisión de otros delitos:
- I. Desmantele algún o algunos vehículos robados o comercialice conjunta o separadamente sus partes;
- II. Enajene o trafique de cualquier manera con vehículo o vehículos robados;
- III. Detente, posea, custodie, altere o modifique de cualquier manera la documentación que acredite la propiedad o identificación de un vehículo robado;
- IV. Traslade el o los vehículos robados a otra entidad federativa o al extranjero, y
- V. Utilice el o los vehículos robados en la comisión de otro u otros delitos.
A quien aporte recursos económicos o de cualquier índole, para la ejecución de las actividades descritas en las fracciones anteriores, se le considerará copartícipe en los términos del artículo 13 de este Código.
Si en los actos mencionados participa algún servidor público que tenga a su cargo funciones de prevención, persecución o sanción del delito o de ejecución de penas, además de las sanciones a que se refiere este artículo, se le aumentará pena de prisión hasta en una mitad más y se le inhabilitará para desempeñar cualquier empleo, cargo o comisión públicos por un período igual a la pena de prisión impuesta.
Aquí vemos claramente cuatro delitos del orden federal, dos de ellos de alto impacto, es decir, la delincuencia organizada, falsificación de documentos públicos, más el robo y comercialización de vehículos robados.
Es menester y obligación del Fiscal del Fuero Común, dar visto al Ministerio Público Federal y poner a disposición los vehículos, y demás elementos de prueba para que puedan integrar debidamente la carpeta de investigación para su posterior judicialización, en el concurso de delitos los delitos más graves jalan o son más importantes que los menos graves, con esto no se quiere decir que el homicidio no es grave o doloso, pero también el Ministerio Público Federal puede consignar la carpeta del homicidio de José Ángel Dávila Bernal, porque también se contempla en los artículos Artículo 302
Comete el delito de homicidio: el que priva de la vida a otro.
Artículo 303
Para la aplicación de las sanciones que correspondan al que infrinja el artículo anterior, no se tendrá como mortal una lesión, sino cuando se verifiquen las tres circunstancias siguientes:
- I.- Que la muerte se deba a las alteraciones causadas por la lesión en el órgano u órganos interesados, alguna de sus consecuencias inmediatas o alguna complicación determinada por la misma lesión y que no pudo combatirse, ya sea por ser incurable, ya por no tenerse al alcance los recursos necesarios;
Artículo 307
Al responsable de cualquier homicidio simple intencional que no tenga prevista una sanción especial en este Código, se le impondrán de doce a veinticuatro años de prisión.
Artículo 308
Si el homicidio se comete en riña, se aplicará a su autor de cuatro a doce años de prisión.
Si el homicidio se comete en duelo, se aplicará a su autor de dos a ocho años de prisión.
Además de lo dispuesto en los artículos 51 y 52 para la fijación de las penas dentro de los mínimos y máximos anteriormente señalados, se tomará en cuenta quién fue el provocado y quién el provocador, así como la mayor o menor importancia de la provocación.
Ante todo esto es evidente que la Fiscalía General del Estado bajo ninguna circunstancia quiere poner a disposición de la Fiscalía General de la República la indagatoria, aun cuando esta tiene competencia y la facultad legal y la obligación de hacerlo, habiendo también delitos que se persiguen de oficio.
¿Por qué no quieren que salga de la Fiscalía General del Estado?
Es simple, estimado lector, todo lo que su imaginación le indique es la verdad y la realidad en torno a este escandaloso suceso acaecido en Mérida, Yucatán. Respecto a los bienes asegurados se desconoce el paradero y el estatus legal de los mismos, lo que hace más oscura y tenebrosa la indagatoria de la Fiscalía General del Estado así como las actuaciones de la Policía Estatal de Investigación.
En torno al autor intelectual, se sabe que está en Centro América, en Honduras ya, país que no tiene signado ningún convenio de extradición con México, es más ya ni con los Estados Unidos, de igual forma el caribeño país es bastante conocido por contar con un nivel de corrupción igual o peor que el de México por lo que se antoja difícil que puedan capturar al verdadero autor intelectual. Cabe resaltar que la única pista con la que la Fiscalía General del Estado cuenta es con los números de teléfono, sin embargo ya cambiaron, al mismo tiempo ayer por la tarde se filtró que detuvieron entrando a Yucatán a un sujeto apodado el Bimbo, pájaro de cuentas que responde al nombre de César Armando Patrón Pech, quien ha sido detenido y procesado en varias ocasiones, mismo que ha sido vinculado con el Cartel de los Epitacio en la ciudad de Mérida Yucatán.
En los corrillos de la Fiscalía General del Estado se filtró que una persona que se hace llamar “Shamir” es el autor intelectual de la ejecución de José Ángel Dávila Bernal, por lo que este rotativo de dio a la tarea de investigar con fuentes de los estados de Nuevo León, Tamaulipas y Coahuila, si hay algún jefe de plaza o cabecilla del narcotráfico con ese mote, apodo o nombre, se solicitaron datos en plataforma México y los resultados fueron nulos, pero también no podemos perder de vista que el Cartel del Noreste tiene presencia en departamentos de Honduras y que si la línea de investigación es correcta, es decir la ejecución se derivó de una deuda con los narcotraficantes, con mayor razón no es competencia de la Fiscalía General del Estado llevar la indagatoria, que de hecho la están enlodando y empantanado para callar la opinión pública, pues por estadística e imagen al Gobierno del Estado no le conviene este tipo de escándalos ni que se sepa el alto nivel de impunidad y corrupción de la propia Fiscalía y de la Policía Estatal de Investigación.
Por lo pronto el tema está lejos de resolverse, hay 4 detenidos, más de 10 vehículos incautados, 5 propiedades, la sospecha de que van a inculpar al tristemente célebre Bimbo y la certeza de que el autor intelectual se encuentra en Honduras y Mérida, sigue siendo un verdadero paraíso y hotel de narcotraficantes.
RHM