• Los cambios incluyen la eliminación de requisitos previos y nuevas opciones para obtener la Constancia de Situación Fiscal, mejorando la atención a los ciudadanos.

 

Redacción/CAMBIO 22

A partir de octubre, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha implementado una serie de medidas para simplificar los trámites relacionados con el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) y la firma electrónica (e.firma). Estas modificaciones buscan facilitar el cumplimiento de obligaciones fiscales para los contribuyentes, especialmente aquellos que tributan bajo el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO).

Trámites del RFC y e.firma

Uno de los cambios más significativos es que ya no será necesario realizar una preinscripción en el Portal del SAT antes de solicitar una cita para el RFC. Para la inscripción de personas físicas y morales, solo se requerirá presentar la credencial para votar vigente expedida por el INE, con el domicilio visible y completo. Esto elimina la necesidad de presentar la CURP y el comprobante de domicilio.

En cuanto a la renovación de la e.firma para personas físicas que haya vencido hace menos de un año, los contribuyentes podrán llevar a cabo el trámite por medios remotos. Si prefieren realizarlo en las oficinas del SAT, deberán presentar únicamente una memoria USB y identificarse mediante su huella digital.

Constancia de Situación Fiscal

La Constancia de Situación Fiscal se podrá obtener en las oficinas del SAT utilizando únicamente la huella digital o la credencial para votar. También estará disponible a través del Portal del SAT, SAT ID, SAT Móvil, Chat y Oficina Virtual, facilitando su acceso desde cualquier lugar.

Una nueva herramienta, la Cédula de Datos Fiscales, permitirá a los contribuyentes consultar información esencial como nombre, RFC, régimen fiscal y código postal de manera sencilla. Esta herramienta está disponible en el siguiente enlace: Cédula de Datos Fiscales.

Régimen Simplificado de Confianza (RESICO)

Los contribuyentes que operan bajo el RESICO estarán exentos de presentar declaración anual y únicamente deberán realizar pagos mensuales. Además, aquellos dedicados a la agricultura, ganadería, pesca y actividades silvícolas que sean socios o accionistas de uniones de crédito ahora podrán tributar en este régimen.

Los contribuyentes que anteriormente salieron del RESICO pueden regresar al mismo presentando un caso de aclaración o un aviso de actualización de actividades ante el SAT.

Con estas iniciativas, el SAT reafirma su compromiso de agilizar los trámites y brindar la mejor atención a los contribuyentes, tanto de manera presencial como remota.

 

Fuente: SAT

redaccionqroo@diariocambio22.mx

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