Sala Superior del TEPJF Resolverá Impugnación Sobre Denuncia Penal Contra el Presidente del Teqroo
7 Jul. 2025
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Quedó admitida la impugnación sobre dar vista al Ministerio Público por los posibles delitos cometidos por Sergio Avilés Demeneghi, por la resolución de la orden de cambiar las boletas de la elección del Poder Judicial del Estado a pesar de estar impedido legalmente porque su hermana y su esposa eran candidatas a juezas
Francisco Hernández/CAMBIO 22
CHETUMAL, 7 de julio.- La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) admitió a trámite y turnó a instrucción la impugnación del excandidato a magistrado numerario Adrián Armando Pacheco Salazar, en la que pide incluir una vista al Ministerio Público contra el presidente del Tribunal Electoral de Quintana Roo (Teqroo), Sergio Avilés Demeneghi, en el acuerdo que lo declaró impedido para resolver los juicios de nulidad sobre la elección del Poder Judicial del Estado porque su esposa y su hermana son juezas electas.
Será la Sala Superior, el órgano máximo del TEPJF, y no la Sala Regional Xalapa la que resuelva este caso, pues así lo determinó el propio órgano en un acuerdo que emitió en febrero pasado para suplir la omisión de la regulación sobre las competencias para resolver impugnaciones contra las elecciones de los poderes judiciales de las entidades federativas, otro defecto de la apurada y caprichosa reforma del Poder Judicial.
Pero además, ocurre la coincidencia de que meses atrás la Sala Superior ya resolvió un tema prevaleciente relacionado con la petición de dar vista al Ministerio Público sobre probables hechos constitutivos de delito cometidos por Sergio Avilés Demeneghi, que fue la impugnación contra el modelo de boletas que ordenó votar por listas o bloques completos de candidaturas en lugar de por personas en lo individual.
Esa resolución sobre las boletas la preparó y la votó el presidente del Teqroo cuando se encontraba en la misma condición de impedimento legal que ahora reconoce en el caso de las impugnaciones contra el resultado de la elección, pues su esposa, Rosalba Maribel Guevara Romero, y su hermana, Deyliana Avilés Demeneghi, ya eran candidatas a juezas en materia civil y familiar en las listas de los tres poderes del estado (Ejecutivo, Legislativo y Judicial), por lo que el sistema de votación por lista o bloque las favoreció directamente al quedar con el triunfo asegurado con cualquier lista ganadora.

Es precisamente la ilegalidad de la participación de Avilés Demengui en esa resolución previa sobre las boletas la que el impugnante Adrián Armando Pacheco Salazar considera que las magistradas Thalía Hernández Robledo y Claudia Ávila Graham, así como la magistrada en funciones Maogany Acopa Contreras, omitieron tomar en cuenta como una consecuencia lógica de su resolución que declaró el impedimento por razones da parentesco.
Así que, con base en esa ilegalidad confirmada, se pide en la impugnación del acuerdo de impedimento que se le agregue la orden de dar vista al Ministerio Público para que investigue los posibles delitos cometidos por el presidente del Teqroo, que según el inconforme encuadran dentro de los tipos penales de ejercicio abusivo de funciones y tráfico de influencias contemplados en el Código Penal del Estado, en sus artículos 208 y 209.
Hay una segunda coincidencia en este caso, y es que el proyecto de resolución de la impugnación sobre los presuntos delitos de Avilés Demeneghi fue encargado a la magistrada electoral Janine Otárola Malasis, quien igualmente se encargó del proyecto de resolución sobre las boletas de la elección judicial de Quintana Roo, el cual presentó con la propuesta de revocar el voto por lista y volver al modelo original de voto por candidaturas en lo individual, debido a su clara ilegalidad.
Sin embargo, en la Sala Superior Otárola Malasis forma parte de la minoría, y la mayoría integrada por la presidenta Mónica Soto Fregoso, Felipe de la Mata Pizaña y Felipe Alfredo Fuentes Barrera está claramente a favor de las determinaciones del gobierno de Morena, tanto que ellos fueron quienes decidieron que se mantuviera la votación en lista en Quintana Roo con el argumento de que en la fecha de la sesión de resolución debía iniciar la impresión de las boletas y ya no se podían cambiar.

Esa resolución, dada en el mes de abril, se tuvo de una votación dividida que fue desempatada con el voto de calidad de la presidenta de la Sala Superior del TEPJ, pues no participó directamente el magistrado Felipe Alfredo Fuentes Barrera, por ser padre del consejero Jurídico de la gobernadora del estado, Carlos Felipe Fuentes del Río, quien impulsó el expediente legal para cambiar el modelo de boletas aprobado por el Instituto Electoral de Quintana Roo (Ieqroo).
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