“Rebajan” el Plan B para Lograr que Sheinbaum Haga Campaña en Proceso de Revocación de Mandato
17 Mar. 2026
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La iniciativa que entró al Senado pide que la reducción del presupuesto de los congresos estatales aplique hasta la siguiente legislatura, no el próximo año.
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Tampoco incluyen los topes de población anunciados para limitar los regidores, sino que lo deja a las constituciones de los estados.
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De esta forma, la XVIII Legislatura de Quintana Roo se salva de recortar drásticamente su presupuesto en el 2027 y se salvan del recorte de regidores los ayuntamientos del estado.
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Tampoco se meterán consultas populares sobre temas electorales, que rechazaron PVEM y PT.
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El Plan B terminó en pretexto para adelantar la consulta de revocación de mandato al 2027 y autorizar que la presidenta de la República pueda pedir el voto a su favor
Francisco Hernández/CAMBIO 22
CHETUMAL, 17 de marzo.- Finalmente ingreso en la tarde de este martes al Senado de la República la iniciativa del Plan B de la presidenta Claudia Sheinbaum, pero llegó rebajado para que los congresos estatales y los ayuntamientos actualmente en ejercicio no tengan que recortar presupuestos y regidores a partir del próximo año, sino que se apliquen hasta las legislaturas y ayuntamientos siguientes.
Esta concesión está encaminada a no encontrar obstáculos a la reforma constitucional entre los aliados PVEM y PT, para asegurar el principal propósito que ahora es autorizar el adelanto de la consulta popular de revocación de mandato de Claudia Sheinbaum al 2027 y que la presidenta pueda hacer campaña a su favor.
La reforma al artículo 116 constitucional establece que los congresos estales no podrán tener presupuestos que excedan el 0.70 % del presupuesto de la entidad federativa.
Pero en su artículo Quinto transitorio dice que las reducciones surtirán efectos “a partir del inicio de la legislatura subsecuente en la entidad federativa que corresponda”.
De esta manera, la XVIII Legislatura de Quintana Roo no estará obligada a reducir su presupuesto el próximo año hasta el tope constitucional, lo cual habría representado un drástico recorte de entre 140 y 149 millones de pesos en el 2027, equivalente a entre 26 y 27 por ciento de su gasto actual.
En cambio, la medida le abre la posibilidad de que el presupuesto del Congreso inclusive se ajuste gradualmente solamente con no aumentarlo al mismo tiempo que aumenta el presupuesto del estado los próximos dos años, lo cual evitará una medida de choque para recortar su gasto, el cual se destina en casi un 70 % al pago de nómina, igual que casi la totalidad de los congresos estatales del país.
Pero adems, la misma reforma les abre la posibilidad a las legislaturas actuales de aumentar su presupuesto el próximo año para ajustarlo a la inflación anual, pero no podrán aplicar aumentos reales conforme al aumento del presupuesto total del estado.
El artículo Octavo transitorio establece que las legislaturas actuales con un presupuesto en porcentaje igual o menor al límite previsto no podrán autorizar, aprobar o ejercer para sí mismas incrementos presupuestarios reales respecto del monto del ejercicio fiscal 2026, ni incrementar dicha proporción respecto del presupuesto de egresos de la entidad federativa en los ejercicios fiscales subsecuentes.
Sin embargo, también dice que “el monto del presupuesto anual de los Congresos de las entidades federativas únicamente podrá actualizarse conforme a la inflación anual”, lo cual implica que no se quedarán obligatoriamente con la misma cantidad del 2026 en el 2027.
Solamente que en el caso de los congresos de los estados no se estableció que “las reducciones de presupuesto no podrán afectar los derechos de las personas trabajadoras, conforme a las Condiciones Generales de Trabajo aplicables”, una prohibición que si se puso para la reducción del presupuesto del Senado de la República.
Se salvan municipios de Quintana Roo de recorte de regidores
En la reforma al artículo 115 constitucional se establece que cada ayuntamiento estará integrado por una sindicatura y de 7 hasta 15 regidurías.
Sin embargo, a pesar de que negociadores del PVEM anunciaron que se establecerían topes de 60 mil habitantes para tener hasta 7 regidores, 800 mil habitantes para tener hasta 12 regidurías; y más de 800 mil habitantes para tener hasta 15 regidores, en la reforma constitucional no se pusieron esos límites de población.
En cambio, en el artículo Sexto transitorio establece que: “La integración de los ayuntamientos establecido en lo dispuesto en el artículo 115 constitucional surtirá efectos a partir del inicio del periodo administrativo municipal subsecuente en la entidad federativa que corresponda.
Los ayuntamientos que, a la entrada en vigor del presente decreto, cuenten con un número de regidurías menor a 15 conservarán su integración actual.
Dicho número sólo podrá modificarse en atención a criterios de población, mediante acuerdo aprobado por mayoría calificada de las legislaturas de las entidades federativas, conforme a su legislación aplicable”.
De esta forma, los ayuntamientos de Cozumel, Felipe Carrillo Puerto, Tulum, Bacalar, José María Morelos, Puerto Morelos, Lázaro Cárdenas e Isla Mujeres Cozumel y Felipe Carrillo Puerto, que actualmente tienen 9 regidores, es decir, menos de 15, podrán conservarlos sin cambios, librados de afectaciones por el transitorio.
En los casos de Benito Juárez, Othón P. Blanco y Playa del Carmen, que tienen 15 regidurías, la decisión de modificar o conservar el número de regidores dependerá del Congreso del Estado, pero el transitorio también abre la posibilidad de que los deje sin cambios.
A los partidos aliados PVEM y PT también les concedieron no modificar el alcance de las consultas populares para someter a ellas temas electorales, algo a lo que se opusieron en la mesa de negociación de la Secretaría de Gobernación.
Así pues, en el artículo 35 de la Constitución se mantiene sin cambios la prohibición que dice: “No podrán ser objeto de consulta popular la restricción de los derechos humanos reconocidos por esta Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, ni las garantías para su protección; los principios consagrados en el artículo 40 de la misma; la permanencia o continuidad en el cargo de los servidores públicos de elección popular; la materia electoral; el sistema financiero, ingresos, gastos y el Presupuesto de Egresos de la Federación; las obras de infraestructura en ejecución; la seguridad nacional y la organización, funcionamiento y disciplina de la Fuerza Armada permanente”.
Sheinbaum a las boletas en el 2027 y haciendo campaña
Con estas suavizaciones al impacto que el Plan B tendría en las entidades federativas, la reforma constitucional realmente se encamina a asegurar que la presidenta Claudia Sheinbaum pueda aparecer en las boletas en la elección del 2027 y, no sólo eso, sino hacer campaña para pedir el voto a su favor al mismo tiempo que lo hacen los partidos que la llevaron al poder, Morena, PVEM y PT.
La propuesta de reforma al artículo 35 constitucional dice que la consulta de revocación de mandato de la persona titular de la Presidencia de la República se podrá pedir a la conclusión del segundo o tercer año de gobierno, para que se pueda votar el primer domingo de junio del tercer o cuarto año del sexenio.
De esta forma, se busca que la consulta de revocación de mandato coincida con la una elección ordinaria, que sería el tercer año de gobierno, como es el caso del 2027, eliminando la prohibición que actualmente existe en la Constitución, que indica que la votación sobre revocación de mandato debe realizarse en fecha que no coincida con elecciones federales o locales.
Además, se propone añadir en el mismo artículo 35 la autorización de que “la persona sujeta a revocación podrá difundir el proceso y promover el voto a su favor en los términos que establezca la ley de la materia”.
No obstante, se establecerá que durante los 60 días anteriores a la jornada para la revocación de mandato se suspenda la difusión en los medios de comunicación de toda propaganda gubernamental de cualquier orden de gobierno, como se hace en proceso electoral ordinario.
Además, la presidenta no podrá usar tiempos oficiales en radio y televisión ni contratar propaganda con fines de promoción y difusión relacionados con los procesos de revocación de mandato, lo cual no es mayor problema contando con la plataforma de difusión diaria que le representan sus conferencias matutinas y sus mismos eventos públicos
La única promesa del anunciado Plan B que llegó intacta a la iniciativa fue la imposición de límites a las remuneraciones de los consejeros y magistrados electorales de la federación y los estados para que no ganen más que la presidenta, además de limitar sus prestaciones.
Para eso se propone reformar el artículo 134, a fin de establecer que “las remuneraciones de consejeros electorales, magistrados electorales, secretarios de órganos administrativos y titulares de áreas ejecutivas y técnicas u homólogos del Instituto Nacional Electoral, los organismos públicos locales electorales y los tribunales locales de las entidades federativas, no excederán el límite establecido en el artículo 127 de esta Constitución y no podrán adquirir o contratar con recursos públicos seguros de gastos médicos, de vida o de pensiones privadas, seguros de separación individualizados, cajas de ahorro especiales, regímenes especiales de retiro u otras prestaciones que no estén previstas por la ley, decreto, disposición general, contrato colectivo o condiciones generales de trabajo.”
RHM






















