► La alcaldesa solicitó reformas a la Ley de Hacienda Municipal para que se cobre por ese derecho el 5 % del importe que los hogares o negocios paguen en su factura de consumo eléctrico, y a los propietarios de predios sin contrato con las CFE les cobrará lo que la tesorería quiera

 

Francisco Hernández/CAMBIO 22

CHETUMAL, 18 de febrero.- La XVIII Legislatura de Quintana Roo avaló una reforma que promovió el gobierno de Atenea Gómez Ricalde a la Ley de Hacienda del Municipio de Isla Mujeres, por el cual se ratifica la forma de cobrar el decreto de alumbrado público como un porcentaje de la facturación de consumo eléctrico de hogares y negocios, a pesar de que sistemáticamente se ha declarado inconstitucional en varios juicios de amparo.

Con la reforma aprobada por el Congreso del Estado a petición del ayuntamiento, se establece en la Ley de Hacienda de la isla que el derecho de alumbrado público será cobrado d aportaciones correspondientes al 5 % del importe de consumo de energía eléctrica que conste en el recibo o factura de pago que expida la Comisión Federal de Electricidad (CFE) a sus usuarios finales, sean mensuales o bimestrales.

También establece que a los propietarios o poseedores de predios rústicos, suburbanos o urbanos que no estén registrados ante la CFE y cuenten con el beneficio del servicio de alumbrado público, se les cobrará una tarifa que establezca la Tesorería Municipal, y se comprobará mediante el recibo que para tal efecto expida ésta última, pero sin establecer con precisión la propia tarifa en la ley, lo cual deja abierto su establecimiento de manera arbitraria por parte de la autoridad, lo cual también es va en contra de la Constitución.

La iniciativa de la alcaldesa Atenea Gómez Ricalde indicó a los diputados y las diputadas que buscaba dar certeza jurídica al cobro, antes de firmar el convenio de colaboración con la CFE para que la paraestatal cobre el derecho en sus recibos y luego lo traslade a la tesorería municipal.

Lo anterior fue porque la redacción anterior de la ley era todavía más inconstitucional, puesto que establecía que el derecho sería una cantidad de hasta 5 % del importe de la facturación del consumo eléctrico, imprecisión que permitía la arbitrariedad en la aplicación de los cobros.

Sin embargo, el remedio dejado todavía es inconstitucional, y eso ha permitido a una gran cantidad de empresas, principalmente grandes corporativos, no pague derechos de alumbrado público presentando juicios de amparo.

Lo anterior se debe a que, al tratase de un derecho el que se cobra por el servicio de alumbrado público y no de un impuesto, debería fijarse como una tarifa tasada en Unidades de Medida y Actualización (UMAs) o en pesos, y no como un porcentaje de la facturación del consumo de energía eléctrica, además porque el alumbrado público no tiene relación alguna con la electricidad que consuma una casa o empresa.

Sin embargo, ninguna de estas cuestiones importó en la revisión de la propuesta de Atenea Gómez Ricalde, por lo que la XVIII Legislatura la aprobó tal cual como la recibió, y los isleños verán que les cobrarán en sus facturas de la CFE un 5 % más sobre el importe de su consumo eléctrico bimestral o mensual.

 

franciscohcambio22@gmail.com

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