Publican en el Diario Oficial Reformas que Prohíben Terapias de Conversión
8 Jun. 2024
-
Sanciones de hasta seis años de prisión y multas de 217 mil pesos para quienes practiquen estas terapias.
Redacción / CAMBIO 22
Las reformas legales que prohíben las terapias de conversión en el país han entrado en vigor, estableciendo penas severas para quienes practiquen o promuevan estos métodos. Las sanciones contemplan penas de entre dos y seis años de prisión, así como multas que pueden alcanzar los 217 mil pesos.
Estas terapias, que buscan cambiar la orientación sexual o identidad de género de una persona, han sido ampliamente condenadas por organizaciones de derechos humanos y profesionales de la salud. Se consideran prácticas pseudocientíficas y dañinas, con efectos psicológicos negativos para las personas sometidas a ellas.

Con esta nueva legislación, el país da un paso significativo en la protección de los derechos de la comunidad LGBTQ+, asegurando que ninguna persona sea sometida a estas prácticas abusivas. Las autoridades han instado a la ciudadanía a denunciar cualquier actividad relacionada con las terapias de conversión para garantizar el cumplimiento de la ley.
Fuente: Diario De Xalapa
redaccion@diariocambio22.mx
EMP




















