• El proyecto de la ministra Yasmín Esquivel Mossa, que propone limitar el interés legítimo para presentar demandas en materia ambiental, plantea una amenaza directa contra los derechos fundamentales de los mexicanos, advierten

 

Redacción / CAMBIO 22

CHETUMAL, 10 de octubre.- Organizaciones no gubernamentales (ONG) defensoras del medio ambiente en Quintana Roo se pronunciaron en contra de la intención de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) de restringir mediante una tesis de jurisprudencia el interés legítimo para presentar amparos colectivos.

Sélvame del Tren, con respaldo de Defendiendo el Derecho a un Medio Ambiente Sano (DMAS), emitió un posicionamiento sobre el proyecto que presentó la ministra Yasmín Esquivel Mossa, sobre el cual alertaron ayer más de 30 asociaciones civiles y ONG defensoras de los derechos humanos y ambientales en México.

En el posicionamiento sobre la Restricción de Amparos Ambientalistas Colectivos, explican la gravedad de la situación en los siguientes términos:

“La discusión sobre el proyecto de la ministra Yasmín Esquivel, que busca limitar el interés legítimo colectivo para la defensa del medio ambiente, plantea una amenaza directa contra los derechos fundamentales de los ciudadanos en México, particularmente en lo relacionado con la defensa de un medio ambiente sano y el acceso al agua”.

Este proyecto se alinea a la iniciativa de reformas a la Ley de Amparo, no sólo pone en riesgo la capacidad de las organizaciones civiles para actuar en defensa del medio ambiente, sino que también socava el principio democrático que permite la participación ciudadana en asuntos críticos que afectan a la comunidad.

Impacto en la Vida de los Habitantes:

  1. Amenaza a la Salud y Calidad de Vida: La restricción en la promoción de amparos por parte de organizaciones civiles limitaría la posibilidad de proteger los recursos naturales y garantizar un medio ambiente sano.

Esto podría traducirse en un aumento de la contaminación del aire y el agua, afectando directamente la salud de los habitantes.

  1. Derecho al Agua: El acceso al agua potable es un derecho humano funda-mental. Cualquier intento de restringir la defensa colectiva de este derecho amenaza la seguridad hídrica de las comunidades, especialmente en regiones ya vulnerables.

  2. Derecho a un Medio Ambiente Sano: La protección al medio ambiente es un derecho integral que debe garantizarse para las presentes y futuras generaciones.

“Al limitar el acceso a la justicia ambiental, se abre la puerta a prácticas depredadoras que podrían llevar a la contaminación y degradación de los ecosistemas”.

El posicionamiento realiza, además, un llamado a la acción a la sociedad civil:

“Es imperativo que la sociedad civil y todos los interesados en proteger el medio ambiente nos unamos para rechazar la propuesta”.

La defensa de los amparos colectivos es fundamental para asegurar que todo ciudadano tenga voz y voto en la defensa de su entorno.

“Un sistema que silencia a organizaciones civiles limita posibilidades de un desarrollo sostenible y perpetúa un modelo que prioriza el interés privado y/o gubernamental, sobre el bien común”.

A manera de conclusión, señala que “la discusión sobre el proyecto de proyecto de sentencia en la contradicción de criterios 217/2021 y las reformas a la Ley de Amparo, debe ser un llamado a la reflexión sobre derechos ambientales en México”.

Sí les quitan a los ciudadanos el Amparo para la defensa de sus derechos humanos, ¿a qué recurso legal tendrían que acudir para proteger su derecho a un medio ambiente sano? ¿De qué forma la defensa de la selva hubiese recorrido a la ley?

La sola idea de hacer modificaciones al único recurso ciudadano que permite señalar la violación a nuestros derechos como personas albergados en la Constitución es una aberración, por lo que desde SelvameMX exigimos respetar la obligación del Estado en proteger la capacidad de ciudadanos y organizaciones para actuar en defensa de su entorno.

La salud de la población, el derecho al agua y la necesidad de un medio ambiente sano son elementos fundamentales que deben estar en el centro de las políticas públicas, no sólo como derechos constitucionales, sino como pilares de una sociedad justa y equitativa. “La lucha por este derecho es, por tanto, la lucha por la vida misma”, finaliza.

Cabe mencionar que el proyecto para resolver una contradicción de criterios que data del 2021 contiene la propuesta de la ministra Esquivel Mossa de limitar la legitimación activa de asociaciones civiles y organizaciones defensoras del medio ambiente para promover juicios de amparo por violaciones al derecho al medio ambiente sano.

Para eso, pide declarar que es insuficiente el objeto social contenido en el acta constitutiva de la asociación u ONG para acreditar el interés legítimo y acudir al amparo, dejando de lado su jurisprudencia anterior respecto de la legitimación con la que cuentan organizaciones en materia de derechos humanos, educación, migración o cultura, cerrando así la puerta a la defensa de derechos colectivos y difusos.

En cambio, para tener interés legítimo propone que se exija a las organizaciones civiles y colectivos comunitarios demostrar y acreditar afectaciones directas.

 

 

 

redacciónqroo@diariocambio22.mx

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