Observatorio Legislativo Afirma que Construcción de Cafetería Está Fuera de las Facultades del Congreso de Quintana Roo
8 Jul. 2024
► El organismo civil inclusive afirma que debe promoverse juicio político y responsabilidad administrativa a los diputados y funcionarios del Poder Legislativo que lo autorizaron y ejecutan
► Violaron el principio de legalidad, asegura
Redacción/CAMBIO 22
CHETUMAL, 8 de julio.- El Observatorio Legislativo de Quintana Roo denunció nuevas irregularidades en la decisión de construir una cafetería en el edificio del Congreso del Estado afectando el patrimonio cultural de la entidad, y se pronunció por la presentación de demandas de juicio político y de responsabilidades administrativas que tengan lugar, por las decisiones tomadas por los diputados.
La asociación consideró que la acción viola el principio de legalidad constitucional, que establece que el servidor público está obligado a cumplir únicamente lo que le mandata la ley, por lo que implicaría responsabilidad administrativa y penal de los servidores públicos de la XVII Legislatura que permitieron el proyecto y autorizaron las acciones.
Según la postura del Observatorio Legislativo, las acciones ilegales emprendidas por la XVII Legislatura son las siguientes:
1.- El proyecto y sus implicaciones están fuera de las atribuciones que tiene el Congreso del Estado, mismas que se encuentran señaladas en la Constitución Política del Estado de Quintana Roo, en la cual no les otorga facultades para desarrollar actividades de este tipo y generar ingresos propios, por lo que esa autoridad está realizando acciones fuera de su marco normativo.
2.- No tiene facultades para otorgar una concesión a un particular en un bien de dominio público, como lo es la Plaza Cívica.
3.- El proyecto no está dentro del presupuesto aprobado para el ejercicio fiscal del 2024, por lo que se puede considerar que de manera indebida se autorizaron recursos públicos para fines distintos a los autorizados.
4.- El proyecto debió de aprobarse por la Junta de Gobierno y Coordinación Política, el cual es el órgano de Gobierno y administrativo facultado para hacerlo. Así lo establece su propia Ley Orgánica:
“Artículo 57. Son atribuciones de la Junta de Gobierno y Coordinación Política: XVII. Ejercer, vigilar y controlar el Presupuesto Anual de Egresos y administrar y ejercer actos de dominio sobre el patrimonio del Poder Legislativo;”
5.- Ante estos hechos la Constitución Política del Estado de Quintana Roo establece la responsabilidad de los servidores públicos ante hechos graves:
“Artículo 160.- Para los efectos de las responsabilidades a que alude este Título, se reputarán como servidores públicos a los representantes de elección popular, a los miembros del Poder Judicial del Estado, y en general, a toda persona que desempeñe un empleo, cargo o comisión de cualquier naturaleza en el Poder Legislativo del Estado, el Poder Judicial o en la Administración Pública Estatal o Municipal, entidades paraestatales y paramunicipales y órganos públicos autónomos a los que esta Constitución les otorga dicha calidad, quienes serán responsables por los actos u omisiones en que incurran en el desempeño de sus respectivas funciones, y por el manejo indebido de recursos públicos y la deuda pública.
6.- En su propio Código de Ética, el Congreso se establece normas que están incumpliendo:
“Artículo 10.- Las reglas de Integridad que rigen las personas servidoras del Poder legislativo son: f) Utilizar recursos humanos, materiales o financieros institucionales para fines distintos a los asignados; h) Utilizar los bienes inmuebles para uso ajeno a la normatividad aplicable, y i) Disponer de los bienes y demás recursos públicos sin observar las normas a las que se encuentran afectos y destinarlos a fines distintos al servicio público”.
Por estos motivos, el Observatorio Legislativo dijo que propondrá la integración de un recurso jurídico para establecer las responsabilidades políticas y administrativas que tengan lugar por las decisiones tomadas en esta situación que es rechazada por la ciudadanía.
JFCB