► La Fiscalía General de la República determinó el no ejercicio de acción penal contra Paul Andrew Rangel

► El gobierno del estado había demandado fraude procesal en la presentación del amparo que detuvo la cancelación de la concesión de la empresa en Cancún, Isla Mujeres, Puerto Morelos y Playa del Carmen

Redacción/CAMBIO 22

CANCÚN, 26 de septiembre.- La Fiscalía General de la República (FGR) resolvió el no ejercicio de la acción penal contra el apoderado legal y director general de Aguakan, Paul Andrew Rangel, por lo que la denuncia presentada en su contra por el gobierno del estado de Quintana Roo resultó improcedente.

La determinación ministerial fue confirmada mediante el oficio número FGRFECOC-FEIDA-1061-2024 del 25 de junio pasado, el cual fue entregado al Juzgado Octavo de Distrito de Cancún como parte de un amparo que tramitó el ejecutivo de Aguakan el 6 de marzo del presente año.

Como se recordará, luego de que en diciembre de 2023 Aguakan frenó mediante una demanda de amparo la cancelación de la ampliación de su concesión para operar el servicio de agua potable y alcantarillado en los municipios del norte de Quintana Roo Benito Juárez, Isla Mujeres, Solidaridad y Puerto Morelos, el gobierno del estado demandó penalmente ante la FGR al apoderado legal de la empresa.

Entonces, el gobierno de Quintana Roo lo acusó de incurrir en un fraude procesal, con actos engañosos que aparentemente buscaban impedir la administración de justicia de una manera eficaz, omitiendo además información en su demanda de amparo para obtener la suspensión del decreto por el que el Congreso del Estado abrogó la ampliación de la concesión de la empresa.

Ante esto, Paul Andrew Rangel promovió el juicio de amparo 206/2024, en su calidad de director general y apoderado legal de Desarrollos Hidráulicos de Cancún, que opera comercialmente con el nombre de Aguakan, para protegerse contra una eventual orden de aprehensión en su contra.

En el juicio de garantías se señalaron como autoridades responsables al Juez de Distrito Especializado del Centro de Justicia Penal Federal en Cancún, al fiscal de la FGR en Quintana Roo y al agente del Ministerio Público de la Federación titular de la Cédula II-4, y a la Policía Federal Ministerial.

En el amparo relató el directivo que agentes de la Policía Federal Ministerial acudieron a su domicilio el 13 de febrero del presente año, supuestamente para recabar información relacionada con él y la concesionaria, como parte de una indagatoria o carpeta de investigación en etapa de investigación.

En los primeros informes rendidos por el agente del Ministerio Público de la Federación en Cancún se informó la existencia de la carpeta de investigación, que fue turnada a la Fiscalía Especializada en Investigación de Delitos contra el Ambiente y Previstos en las Leyes Especiales de la FGR en la Ciudad de México.

En junio, el juzgado pidió a esa fiscalía que le remita copia certificada de las constancias que integran la carpeta de investigación, contra la cual la autoridad interpuso un recurso de queja.

Sin embargo, finalmente el fiscal especializado notificó al juez federal radicado en Cancún, que mediante oficio FGRFECOC-FEIDA-1061-2024 del 25 de junio pasado, “se autorizó decretar el no ejercicio de la acción penal en la carpeta de investigación”.

Para acreditar sus manifestaciones, remitió copia certificada de las constancias antes mencionadas, y se le dio como prueba de la responsable ofrecida en el juicio.

El juez emitió el acuerdo de la recepción de esta notificación el pasado 19 de agosto del presente año, pero se publicó el pasado lunes  mismo que se publicó en los acuerdos del juzgado, el lunes 23 de septiembre, al parecer debido a los retrasos causados por el paro de trabajadores del Poder Judicial Federal en protesta por la reforma constitucional recientemente promulgada.

 

redaccionqroo@diariocambio22.mx

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