Morena, PVEM y PT Imponen Aplicar la Reforma de la Ley de Amparo a las Nuevas Etapas de los Juicios en Curso
15 Oct. 2025
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Tras 14 horas de debate, la mayoría oficialista de la Cámara de Diputados avaló en la madrugada otra polémica modificación sobre “retroactividad acotada”, que la presidenta de México pidió incluir
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La oposición acusa “trampa legal” para introducir retroactividad simple y llana en los procesos judiciales, en burla hacia los mexicanos
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El dictamen regresa al Senado para una nueva revisión
Redacción / CAMBIO 22
CIUDAD DE MÉXICO, 15 de octubre.- Tras 14 horas de debate, los diputados de la alianza Morena-PVEM-PT aprobaron la reforma a la Ley de Amparo en lo general y particular, incluyendo el aval a una modificación por reserva propuesta por el diputado Hugo Eric Flores Cervantes, que reenciende la polémica sobre el carácter retroactivo de la reforma, pues permite aplicar la reforma a las nuevas etapas de los juicios que están en curso.
Como la aprobación hecha por la Cámara de Diputados modificó el dictamen original, ahora se devuelve al Senado para que este realice una nueva discusión.
A las dos de la mañana de este miércoles, el diputado morenista Flores Cervantes presentó una reserva a la Ley de Amparo para que ésta se aplique a las etapas pendientes de resolverse de los juicios que actualmente están en curso.

La reserva fue aprobada por 322 votos a favor, 128 en contra y tres abstenciones, incluyendo otra vez en estas últimas a la diputada morenista Olga Sánchez Cordero, exministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), quien no está de acuerdo con la reforma.
Nuevamente los diputados de Quintana Roo Mildred Ávila Vera, Humberto Aldana Navarro, Santy Montemayor Castillo, Marybel Villegas Canché, Enrique Vázquez Navarro, por Morena, y Juan Luis Carrillo Soberanis, del PVEM, suminsamente aprobaron esta regresiva legislación, que restringe el interés legítímo de los colectivos para ampararse y las suspensiones para protegerse de las arbitrariedades de las autoridades.
La nueva modificación “perfecciona” el artículo transitorio que había introducido el Senado, pero que todo indica redactaron mal y le dio un mayor alcance a la retroactividad de la reforma.
En cambio, la nueva redacción, sugerida por la presidencia de la República, acota la retroactividad a las nuevas etapas de los juicios actualmenten en proceso, pero ya no permite que se finalicen con las reglas que estaban vigentes cuando iniciaron.
“Al tratarse de una ley procesal, las etapas procesales concluidas que generen derechos adquiridos a las partes se regirán por las disposiciones legales vigentes al inicio de los procesos respectivos”.
“Por lo que hace a las actuaciones procesales posteriores a la entrada en vigor del presente Decreto, de conformidad con la doctrina y la jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, se regirán por las disposiciones de este Decreto, sin que implique aplicación retroactiva ni afectación a derechos adquiridos, pues se trata de actuaciones futuras”, detalla la reserva.
El diputado morenista enfatizó que la nueva redacción del artículo es un tema de derecho procesal que deriva de una disposición constitucional y reiteró que no es violar un derecho constitucional aprobando la irretroactividad de la ley como “maliciosamente” sostuvo la oposición, sino es un tema de materia y trascendencia procesal, “es derecho procesal puro”, sostuvo.
Cambio de redacción
Con esta reserva aprobada por los legisladores oficialistas retoman la controversial reserva aprobada en el Senado sobre retroactividad de la Ley de Amparo, pero ahora se cambia la redacción para que la reforma sí se aplique a los juicios que ya están en curso, pero solo a las etapas que están pendientes de resolverse.
La reserva propuesta por Hugo Eric Flores retomó las recomendaciones que el 3 de octubre hizo el ministro en retiro Arturo Zaldívar, que ahora como coordinador general de Política y Gobierno sugirió de manera ‘respetuosa’ para clarificar el Artículo Primero Transitorio a la Ley de Amparo, en la conferencia matutina de la presidenta Claudia Sheinbaum.

“Que se diga también que, de acuerdo con la jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, las actuaciones procesales posteriores a la entrada en vigor de este Decreto de Reformas se regirán por las nuevas disposiciones, sin que implique aplicación retroactiva ni afectación a derechos adquiridos, pues se trata de actuaciones futuras”, dijo.
El coordinador del PRI en la Cámara de Diputados, Rubén Moreira, afirmó que con una “trampa” regresa la retroactividad de la reforma, ya que, resaltó, la ley se aplicará a juicios en proceso.
“Dicen que no es retroactiva, pero al darle la naturaleza de ley procesal, es una trampa para hacer las leyes retroactivas… Quieren pasar la trampa a las cuatro de la mañana, cuando nadie los ve. Están engañando a los mexicanos y a la comunidad jurídica”, explicó en entrevista en sala de prensa.
La diputada del PAN, Paulina Rubio Fernández, resaltó que el transitorio está “más manoseado que una moneda en un camión”. Como si todo el contenido de la reforma no fuera lo suficientemente grave “quieren venir hoy a distraernos, otra vez, con este transitorio”, reclamó.
“Lo primero que hay que dejarle bien claro a la gente es que este transitorio, tal cual como está puesto, es de la autoría de la presidenta Claudia Sheinbaum. Hoy, la presidenta no va a poder negar que es la autora y artífice absoluta de la idea de perjudicar en retroactivo a todos los mexicanos y mexicanas. Es ella, es ella y nadie más”, denunció.
Cabe recordar que la propuesta original de la iniciativa de la presidenta indicaba que los juicios en marcha se iban a regir hasta su final con las reglas vigentes cuando iniciaron, pero, con los cambios realizados, la intención final de la mandataria se reveló en aplicar de manera inmediata la reforma inclusive a los juicios que están actualmente en los juzgados y tribunales.
El propio Zaldívar salió este miércoles a medios de comunicación a explicar el nuevo transitorio, afirmando que todos los procesos concluidos de un juicio de amparo —ya sea la admisión de la demanda, las suspensiones otorgadas o las resoluciones en los recursos—, quedan firmes y no sufrirán modificación alguna.
Pero igualmente precisó que, en cambio, si alguna fase del juicio permanece abierta, por ejemplo, cuando aún no se resuelve una solicitud de suspensión y la nueva Ley de Amparo entra en vigor, entonces se aplicará el nuevo marco legal, lo cual abre la posibilidad de negar suspensiones que están ahora prohibidas con las nuevas reglas y que con las vigentes al inicio del juicio si podrían haber sido otorgadas.
No obstante, Zaldívar insistió en decir, “no hay ninguna retroactividad. En materia procesal, es decir, en las leyes que regulan procedimientos o juicios, la retroactividad no opera hacia las etapas futuras o posteriores a la entrada en vigor de una ley. El legislador puede establecer, como en este caso, que la ley no se aplicará a etapas ya concluidas en un juicio, pero sí hacia futuro, en las fases pendientes. No hay ninguna retroactividad”, explicó Arturo Zaldívar en entrevista con Ciro Gómez Leyva.


“A partir de su publicación, todas las etapas previas a la entrada en vigor de la ley —las suspensiones otorgadas, las resoluciones en los recursos, la admisión de la demanda— quedan firmes. Pero una vez que entre en vigor, los plazos y la forma de interponer los recursos se regirán por la nueva norma. Es decir, se aplica hacia el futuro, únicamente en la parte procesal. Todo lo previo ya son derechos adquiridos, inalterables”, añadió el ministro en retiro.
En cambio, Rubén Moreira, coordinador de diputados del PRI, insistió en que, como está el transitorio, se regresó a la propuesta del Senado para aplicarse la retroactividad, pero ahora se escribió de manera “tramposa”.
“En la madrugada, regresan a algo parecido a lo que cambiaron en el Senado, con un argumento que ‘escuchamos nosotros del ministro Zaldívar, cuando la presidenta le pidió que explicara la retroactividad’ (…) Es una redacción muy tramposa porque primero”, comentó en entrevista con Azucena Uresti.
Criticó que con el transitorio se mantiene la retroactividad, pues a su parecer el texto que envió la Presidencia, que señalaba que todos los juicios en proceso seguirían su curso con la ley anterior, mientras que los nuevos juicios se regirían con la normatividad promulgada.
“Es una burla para los mexicanos, para los académicos, para la oposición, porque lo que estábamos votando originalmente era el texto que mando la presidenta, donde dice que los juicios que estén vivos serán con la ley anterior, los nuevos con las nuevas formas”, aclaró el priista.
Otras modificaciones particulares
En la votación en lo particular, se aprobaron otras dos reservas de Morena, a los artículos 128, 129 y al primer artículo transitorio, que es relativo a la vigencia de la reforma.
La primera de ellas se refiere a los aspectos que deberá valorar un juzgador para otorgar una suspensión de amparo, eliminando el concepto de interés público.
La segunda, se refiere a los casos en los que no se deberá conceder suspensión de actos reclamados, precisando que no se otorgue para que “se continúe con la realización de actividades o prestación de servicios que requieran de permiso, autorización o concesión emitida por autoridad federal competente, cuando no se cuente con la misma”.
De ese artículo se eliminó la mención a los casos en que el permiso, la autorizacion o la concesión hayan sido revocados o dejados sin efectos, ya sea de manera provisional o definitiva, por lo que contra estas medidas si procederá la suspensión en los juicios de amparo.

Morena dice que tiene enfoque fiscal y anticorrupción
Por su parte, el coordinador de Morena, Ricardo Monreal Ávila, afirmó que la reforma busca evitar que los grandes contribuyentes evadan el pago de impuestos mediante amparos prolongados.
Dijo que actualmente existen más de dos mil créditos fiscales impugnados por empresarios y despachos que han logrado aplazar sus pagos durante más de una década.
Monreal Ávila precisó que el promedio para hacer pagar estos recursos que son del pueblo tarda “entre 16 y 22 años, para ser exigible un deber ciudadano, una responsabilidad como contribuyente y un pago al erario por sus ganancias y sus utilidades”.
Destacó que, con las nuevas reglas, los amparos relacionados con créditos fiscales firmes sólo surtirán efecto si el interés fiscal está garantizado mediante un billete de depósito o una carta de crédito emitida por una institución autorizada.
También explicó que la reforma busca impedir que personas con cuentas bloqueadas por presunto lavado de dinero liberen los fondos y los transfieran al extranjero mediante recursos judiciales: “Ahora tendrán que garantizar los montos para que el dinero no desaparezca”.
(Con información de Proceso, El Financiero y Cámara de Diputados)
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