Morena Afirma que Aplicación de la Reforma de Amparo a Juicios en Marcha Proviene de Claudia Sheinbaum
15 Oct. 2025
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En el largo debate sobre los tres cambios de último momento al dictamen, se informó que la última modificación a la regulación transitoria fue comentada por la presidenta de la República y consensuada por Ricardo Monreal Ávila
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Se aprobaron otros dos cambios, para eliminar de los requisitos para la suspensiones la valoración del interés público y para permitir que se otorguen suspensiones en casos de cancelación de permisos, autorizaciones o concesiones federales
Redacción / CAMBIO 22
CIUDAD DE MÉXICO, 15 de octubre.- Luego de la aprobación en lo general de la reforma a la Ley de Amparo, la Cámara de Diputados le realizó tres modificaciones en lo particular con la presunta intensión de suavizar puntos como las valoraciones para otorgar suspensiones y la retroactividad a en las etapas procesales del juicio de amparo.
Estas tres reservas, promovidas por diputados de Morena y el PT, fueron motivo de un largo debate, que prolongó aún más la sesión iniciada poco después del mediodía del martes y que concluyó hasta la madrugada de este miércoles, cuando fueron aprobadas las modificaciones particulares.

Las modificaciones tienen que ver con eliminar de los requisitos para otorgar suspensiones la valoración del interés públicos, para permitir las suspensiones contra cancelaciones de permisos, autorizaciones y concesiones federales, y para disponer la aplicación de la reforma a las nuevas etapas de los juicios de amparo en marcha al momento de que entre en vigor.
En este debate, Morena reconoció que la modificación a la regulación transitoria para aplicar la reforma a las nuevas etapas de los juicios que ya están en marcha fue comentada por la presidenta de la República, Claudia Sheinbaum Pardo, y consensuada el coordinador de su grupo parlamentario, Ricardo Monreal.
“Disposiciones de orden público” en lugar de “interés público”
El pleno aceptó la reserva del diputado Julio César Moreno Rivera, de Morena, para modificar la fracción III del artículo 128 de la Ley de Amparo, referente a los requisitos para otorgar las suspensiones, y cambiar el término de “interés público” por “disposiciones de orden público”.

Asimismo, propuso eliminar la fracción V de dicho artículo, el cual señalaba “que de ejecutarse el acto se puedan causar daños de difícil reparación”.
Moreno Rivera precisó que la reserva, a nombre propio y de la diputada del mismo grupo parlamentario, Mariana Benítez Tiburcio, es en atención a los argumentos de las y los ponentes que participaron en los ejercicios de audiencias públicas.

Explicó que se sustituye el término “interés público” por “disposiciones de orden público”, para “eliminar el concepto confuso de interés público, que resulta ajeno al espíritu y a la historia de la Ley de Amparo”.
Consideró que dicho término de podría abrir la puerta a interpretaciones amplias o discrecionales que permitan al juzgador negar una suspensión bajo cualquier argumento, alegando que la petición del quejoso atenta contra el interés público.

“Se propone –agregó– sustituirlo por una relación técnica y precisa que preserve el equilibrio entre el interés social y las disposiciones de orden público expresado, que al ponderar los efectos de la suspensión frente al interés social y a las disposiciones de orden público, el órgano jurisdiccional advierta que su concesión no cause un daño significativo a la colectividad”.
Además, dijo que se plantea eliminar la fracción V que señala “que de ejecutarse el acto se puedan causar daños de difícil reparación”, ya que dicho requisito, además de ambiguo, es incompatible con el texto constitucional y con los principios de progresividad en materia de derechos humanos.
Ante la propuesta, el diputado César Alejandro Domínguez Domínguez, del PRI, señaló que la modificación es un tema de carácter cosmético y no lleva a la solución de los grandes problemas que se tienen en materia de juicio de amparo, pues al final se deja vigente el alto grado de complejidad y el término ambiguo en esta disposición del “daño significativo a la colectividad”.
Lilia Aguilar Gil, diputada del PT, precisó que el interés público habla del conjunto de valores colectivos que el Estado protege, y las disposiciones de orden público son aquellas normas legales imperativas que no pueden ser derogadas por la voluntad de una de las partes porque protegen principios fundamentales.
Del PAN, el diputado César Israel Damián Retes indicó que el interés público atañe al interés de la administración y del Estado; “es decir, es todo lo que le convenga y diga el Estado”.
“Se propone modificar el dictamen, pero ello es totalmente insuficiente y no se está escuchando realmente lo que dijeron los abogados”, dijo.
A su vez, el diputado Hugo Eric Flores Cervantes, de Morena, destacó que la reserva hace eco a lo que se escuchó en las audiencias públicas y es del mayor interés cambiar la disposición y en lugar de “interés público” poner “orden público”, porque eso atiende la línea jurisprudencial.

Para la diputada Silvia Patricia Jiménez Delgado (PAN) se amplía el amparo al capricho de la autoridad y se destruye su esencia democrática, se limita el control ciudadano, no se respeta la progresividad de los derechos humanos; además, se consolida al Poder Judicial como garante de poder público en contra de los ciudadanos.

Suspensión ante cancelación de permisos, autorizaciones y concesiones
También se aceptó la reserva de los diputados Ricardo Monreal Ávila, de Morena, y Ricardo Sóstenes Mejía Berdeja, del PT, para modificar la fracción XVI del artículo 129 de la Ley de Amparo, sobre los casos en que está prohibido otorgar las suspensiones, para que diga: “Se continúe con la realización de actividades o prestación de servicios que requieran de permiso, autorización o concesión emitida por autoridad federal competente, cuando no se cuente con la misma”.

Mejía Berdeja destacó que el cambio es producto de las audiencias públicas que se generaron los últimos días en el tema de suspensión, pues se elimina de dicha fracción la parte que decía: “o ésta haya sido revocada o se deje sin efectos, ya sea de manera provisional o definitiva”.

Indicó que la finalidad de dicha enmienda es beneficiar a millones de mexicanos para que, cuando tengan el permiso, la concesión o autorización o ese derecho adquirido y venga una revocación o se deje sin efecto, “ahí sí se pueda hacer valer en el juicio de amparo la suspensión provisional, ya que es diferente no tener el permiso a tenerlo y que lo revoquen”.
Al respecto, el diputado José Guillermo Anaya Llamas, del PAN, comentó que con esta reserva “Morena y sus partidos aliados quieren lavarse la cara” de todo el desastre que significa la reforma a la Ley de Amparo, la cual restringe los derechos de los ciudadanos y da más poder al gobierno.
Gabriela Georgina Jiménez Godoy, diputada de Morena, resaltó que la reserva busca no afectar la realización de actividades o la prestación de servicios que ya cuentan con un permiso o autorización emitida por autoridad federal, al eliminar la parte que considera hubiese sido revocada la autorización.
Por el PRI, el diputado Emilio Suárez Licona resaltó que la reserva es el reconocimiento de que en su origen la reforma estaba mal planteada, pues el dictamen tenía una limitación adicional en donde se señalaba que no procedería la suspensión; “pero es insuficiente, no elimina la falta de certeza en el país para quienes deciden invertir en permisos o concesiones”.
A su vez, el diputado Adrián González Naveda, del PT, afirmó que con esta reserva se perfecciona algo que sí podría generar una presión indebida al ciudadano.
“Lo estamos corrigiendo y lo estamos haciendo de manera frontal, abierta al pueblo y en beneficio de la gente”, expresó.
El diputado Ernesto Sánchez Rodríguez, del PAN, mencionó que la suspensión no debe ser una concesión del Estado sino un derecho ciudadano y la reserva busca preservar y garantizar que el amparo sea un escudo para los ciudadanos, defendiéndose de millones de arbitrariedades que pasan todos los días en el Poder Judicial.
Mientras que la diputada Elena Edith Segura Trejo, de Morena, destacó que el impacto económico para los sectores productivos y los pequeños negocios con la reserva es fundamental, ya que propone que se pueda otorgar la suspensión en el caso de que se tenga este derecho adquirido; es decir, si se tiene la concesión, se puede continuar y tener la suspensión.
Aplicación de la reforma a nuevas etapas de los juicios en proceso
En esta sesión se aceptó la reserva del diputado Hugo Eric Flores Cervantes, de Morena, a fin de modificar el artículo Tercero Transitorio, para establecer que: “Al tratarse de una ley procesal, las etapas procesales concluidas que generen derechos adquiridos a las partes se regirán por las disposiciones legales vigentes al inicio de los procesos respectivos.
“Por lo que hace a las actuaciones procesales posteriores a la entrada en vigor del presente Decreto, de conformidad con la doctrina y jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, se regirán por las disposiciones de este Decreto, sin que implique aplicación retroactiva ni afectación a derechos adquiridos, pues se trata de actuaciones futuras”.
Flores Cervantes comentó que esta reserva la presenta a nombre de las y los diputados de su grupo parlamentario, y que la misma fue comentada por la presidenta de la República, Claudia Sheinbaum Pardo, y consensuada por su coordinador parlamentario, diputado Ricardo Monreal Ávila, por lo que la nueva redacción del transitorio es un tema de derecho procesal que deriva de una disposición constitucional, en el artículo 14.
Añadió que es poner las reglas claras ante la pregunta de ¿qué pasa con los asuntos de trámite cuando entra en vigencia una nueva ley?
Hizo mención que existe jurisprudencia desde hace tiempo a esa pregunta y se ha venido actualizando y sistematizando; y agregó que los procesos no se agotan en un solo acto, hay etapas y esas generan derechos adquiridos.
“Entonces, los asuntos presentados posteriormente –dijo– implican una distinción temporal: lo hecho queda bajo la ley antigua y lo que se haga después bajo la nueva. Esa es la redacción que estamos proponiendo en el Artículo Tercero Transitorio”.
El coordinador del grupo parlamentario de Morena, Ricardo Monreal Ávila, explicó que esta reserva es impecable y busca disminuir los miles de recursos de impugnación y de solicitudes de nulidad interpuestos por despachos grandes que defienden a empresarios o a gente poderosa.
En este sentido, explicó que “a la fecha existen dos mil 73 créditos fiscales que empresarios poderosos se resisten a pagar, así como dos mil 66 juicios de nulidad pendientes de resolución firme, con un monto superior a los 100 mil millones de pesos solo este año, 100 mil millones de pesos”.
Precisó que los promedios para hacer pagar estos recursos que son del pueblo, del erario, “son de entre 16 y 22 años, para ser exigible un deber ciudadano, una responsabilidad como contribuyente y un pago al erario por sus ganancias y sus utilidades”.
Apuntó que hacia ellos va orientada esta reforma “porque queremos que paguen lo justo para el erario, para la satisfacción de necesidades colectivas que la patria requiere y también para los lavadores de dinero, para los delincuentes de cuello blanco, para la delincuencia organizada”.
La diputada Paulina Rubio Fernández, del PAN, enfatizó que el transitorio es de la autoría de la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo y la idea es “perjudicar en retroactivo a todas y todos”.
“Lo único que se evidencia con la modificación es que otra vez se está abriendo la puerta grande para hacer negocio con la justicia; se está quitando la posibilidad del interés legítimo”, aseveró.
De Morena, el diputado Óscar Iván Brito Zapata aseguró que la reserva aborda el tema de retroactividad y se está haciendo una propuesta para que se respete el artículo 14 constitucional y quede claro que “ninguna ley va a aplicarse de manera retroactiva en perjuicio de persona alguna”.
Para el diputado Emilio Suárez Licona, del PRI, la reserva busca introducir una fórmula que abre la puerta a la aplicación inmediata del nuevo régimen procesal en etapas posteriores de los juicios en curso.
“El principio de retroactividad de la ley, consagrado a nivel constitucional, prohíbe que una ley nueva afecte directa o indirectamente situaciones jurídicas prexistentes”, advirtió.
El diputado Ricardo Sóstenes Mejía Berdeja, del PT, expuso que la adecuación armoniza miles de asuntos en trámite con el nuevo marco jurídico, evita contradicciones y resoluciones dispares.
“No es retroactiva, no toca lo ya decidido ni los derechos nacidos, solo rige actos futuros; el justiciable conserva su acción, su defensa y sus recursos, no suprime la suspensión”, aseguró.
A su vez, el diputado Juan Ignacio Zavala Gutiérrez, de Movimiento Ciudadano, pidió que se considere que el amparo es un juicio y un derecho, por lo que todas las personas pueden acceder a un recurso de amparo sencillo y efectivo en contra de las violaciones de la autoridad.

Por lo anterior, consideró que la modificación es contraria a lo que tienen que dirimir las y los juzgadores diariamente.
José Alejandro Peña Villa, diputado de Morena, defendió la reserva diciendo que garantiza lo que establece el artículo 14 constitucional, donde dice que ninguna ley dará efectos retroactivos, y la nueva redacción establece los pasos a seguir de los ciudadanos, autoridades y juzgadores para hacer valer los derechos y obligaciones de unos y otros.
En opinión del diputado César Alejandro Domínguez Domínguez, del PRI, “se está pretendiendo meter por la puerta de atrás” la retroactividad de la norma jurídica bajo el pretexto de una ley procesal; se plantea la posibilidad de que la norma sea retroactiva y se están cambiando las reglas, lo cual es grave al “aplicar de manera retroactiva la legislación”.
La diputada Mariana Benítez Tiburcio, de Morena, subrayó que el Congreso no viola principios constitucionales; no hay retroactividad en perjuicio de nadie, sino es una construcción jurídica responsable que se sostiene en la doctrina, la técnica legislativa y en la jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
“Esta reforma no le quita derechos a nadie, le devuelve el equilibrio al Estado de derecho”, reiteró.
En cambio, el diputado Erubiel Lorenzo Alonso Que, del PRI, consideró que la reforma sí es retroactiva y no todos podrán defenderse de las autoridades con las nuevas reglas propuestas.
Lamentó que lo más graves es que no habrá forma de procurar el derecho colectivo, en donde muchas y muchos se han dedicado a defender el medio ambiente, derechos de niñas y niños, salud, pueblos originarios y demás comunidades.
Vanessa López Carrillo, diputada del PT, recalcó que no hay retroactividad, sino una actualización procesal, ya que el transitorio reconoce que las etapas ya concluidas y los derechos adquiridos se mantienen intactos bajo la ley anterior y las actuaciones futuras se regirán bajo la nueva ley, conforme a la doctrina procesal universal.
“Lo que aprobamos hoy no afecta derechos, los protege”, manifestó.
Del PAN, el diputado Federico Döring Casar argumentó que la reserva es un cheque en blanco para volver a traficar influencias.
“El transitorio, lo que quiere decir es: si no les pueden ganar a la buena un juicio, lo van a hacer a la mala; se está haciendo por la puerta trasera del artículo 14 constitucional, en este transitorio, el vehículo de tráfico de influencias y la banda de elasticidad judicial”.
Estos artículos fueron aprobados por 322 votos a favor, 128 en contra y 3 abstenciones, después de lo cual se ordenó devolver el dictamen al Senado de la República, para una nueva revisión y, en su caso, aprobación definitiva.
(Con información de la Cámara de Diputados)
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