Luis Gamero Puede Ser Candidato en el 2024, Sentencia el Teqroo
12 Jul. 2023Francisco Hernández/CAMBIO 22
CHETUMAL, 12 de julio.- El Tribunal Electoral de Quintana Roo (Teqroo) revocó lisa y llanamente el acuerdo por el que el Instituto Electoral de Quintana Roo (Ieqroo) indicó a Luis Gamero Barranco no podría ser candidato en la elección del 2024, por haber sido sancionado por violencia política contra la mujer en razón de género.
Como consecuencia, Luis Gamero Barranco podrá aspirar a una candidatura, porque a decir de la mayoría de los magistrados electorales que aprobaron la sentencia de hoy, el estar inscrito en el registro de personas sancionadas por violencia política contra la mujer en razón de género no es una sanción, sino sólo tiene fines de declarativos y de publicidad.
En este sentido, según el Teqroo esa condición no le será aplicable en el próximo proceso electoral para juzgar si cumple el requisito de elegibilidad establecido en el inciso V del artículo 17 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del estado, que indica el de “no encontrarse sancionada o sancionado administrativamente mediante sentencia firme o, en su caso, sentenciada o sentenciado penalmente mediante sentencia firme, por violencia política contra las mujeres en razón de género”.
La sentencia fue propuesta por el magistrado presidente, Sergio Avilés Demeneghi, quien presidió su primera sesión posterior a que padeciera un “levantón”, y contó con el voto a favor de la secretaria de acuerdos en función de magistrada Maogany Crystel Acopa Contreras, mientras que en contra se pronunció la magistrada Claudia Carrillo Gasca.
Según los argumentos de Avilés Demeneghi, las listas donde se inscribe a los sancionados sólo sirven para que las autoridades puedan saber quiénes han atentado contra los derechos de las mujeres, pero de ninguna manera merma en los derechos político-electorales.
Como se recordará, en el proceso electoral del 2021, Luis Gamero Barranco fue sentenciado a permanecer por 5 años y 4 meses en el registro nacional de personas que violentaron los derechos político-electorales de las mujeres, a denuncia interpuesta por la alcaldesa de Othón P. Blanco, Yensunni Martínez.
Como consecuencia, entonces el Ieqroo declaró que dejó de cumplir el requisito establecido en el inciso V del artículo 17 de la Ley electoral, y le canceló la candidatura que entonces Gamero ostentaba a la presidencia municipal de Othón P. Blanco, misma que Morena posteriormente pidió que se le asignara a Yensunni Martínez.
El mes pasado, en respuesta a una consulta del hoy funcionario de la Secretaría de Gobierno, el Ieqroo respondió a Luis Gamero Barranco que no podría ser candidato en el proceso electoral del 2024, porque sigue sancionado por violencia política de género, ya que permanecerá en la lista de sancionados hasta el 2026.
Contra este acuerdo se inconformó Gamero, y es el que hoy fue revocado por el Teqroo, para el cual Gamero Barranco no se puede considerar sancionado sólo por estar publicado en la mencionada lista.
En su argumentación Avilés Demeneghi calificó que la respuesta del Ieqroo es extralimitado y que su deber como juzgador es garantizar la tutela del derecho a ser votado y estudiar lo restrictivo.
“Lo medular de los agravios radica en la indebida interpretación de la temporalidad en el registro de personas sancionadas”, dijo, y agregó que al confirmar el castigo de Gamero Barranco en su momento, la Sala Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) no individualizó una suspensión de derechos políticos.
Por su parte, la magistrada Claudia Carrillo Gasca argumento en contra que simplemente la Ley Electoral indica “estar sancionado o no estarlo”, y que en las resoluciones se debe velar por garantizar los derechos de quienes tienen la calidad de víctima, no de los victimarios.
Cabe mencionar que como efectos de la resolución sólo se ordenó la revocación del acuerdo del Ieqroo lisa y llanamente, por lo que no se pidió al órgano electoral que emita uno nuevo.
JFCB