• Porque el artículo 75 de la Ley Federal del Trabajo establece los días festivos de 2024, que son de descanso obligatorio.

 

Redacción/CAMBIO 22

La Ley Federal del Trabajo considera ocho días festivos en 2024 . Estas fechas son de descanso obligatorio, es decir no laborables. Si los empleados trabajan, deberán recibir un salario triple.

¿Quieres saber cuáles son? Los enlistamos a continuación.

¿Cuáles son los días festivos en 2024?

Enero

El 1 de enero es considerado día no laborable por la celebración del Año Nuevo.

Febrero

El 5 de febrero es día de descanso obligatorio por la conmemoración de la promulgación de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en 1917.

Marzo

El 18 de marzo está marcado como día festivo para conmemorar el nacimiento de Benito Juárez, presidente número 26 de México.

Mayo

El 1 de mayo se celebra el Día del Trabajo, por ello es fecha de descanso obligatorio.

Septiembre

El lunes 16 de septiembre es feriado por la celebración del Día de la Independencia.

Octubre

El 1 de octubre es día de descanso obligatorio cada seis años, porque es cuando inicia el gobierno de un nuevo presidente.

Noviembre

El lunes 18 de noviembre es no laborable, esto para conmemorar el aniversario de la Revolución mexicana.

Diciembre

El 25 de diciembre es día feriado por la celebración de la Navidad.

Si un trabajador labora en fechas de descanso obligatorio, tendrá derecho a recibir el salario diario que le corresponde más un salario doble. En total recibirá un salario triple, establece el artículo 75 de la Ley Federal del Trabajo.

¿Cuáles son los días festivos no oficiales en 2024?

Aunque no son oficialmente días de descanso obligatorio, algunas empresas y organizaciones consideran las siguientes fechas como feriadas:

Marzo

El 28 y el 29 de marzo son jueves y viernes santos.

Mayo

El 10 de mayo es día de las madres.

Octubre

El 12 de octubre por el día de la resistencia indígena.

Noviembre

El 2 de noviembre por la celebración de día de muertos.

Diciembre

El 12 de diciembre por el día de la Virgen de Guadalupe.

Si no recibes el salario que te corresponde por trabajar en días de feriado obligatorio, la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) te puede brindar orientación y asistencia jurídica gratuita vía telefónica (800 911 7877 y 800 717 2942), por WhatsApp (55 14 84 87 37) o por correo electrónico (orientacionprofedet@stps.gob.mx).

 

Fuente: FD noticias

redaccionqroo@diariocambio22.mx

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