• Con chicana jurídica de los magistrados electorales allegados a las autoridades morenistas, el gobierno de Quintana Roo obtiene que las boletas de la elección del Poder Judicial del Estado se queden con el formato para que la ciudadanía vote por listas completas y no por personas, aunque sea ilegal

 

  • El proyecto de sentencia pedía revocar las sentencias del Teqroo y volver al diseño original del Ieqroo, pero alegando que hoy debían comenzar a imprimirse, con el voto de calidad de la magistrada presidenta declaran que las boletas ya no se pueden cambiar y el acto es irreparable

 

Francisco Hernández / CAMBIO 22

CHETUMAL, 23 de abril.- Los ciudadanos de Quintana Roo quedaron limitados a votar por listas completas en la elección del Poder Judicial del Estado, luego de que la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) decidió que ya no puede hacer nada para ordenar la vuelta al modelo original de boletas a fin de que se vote por personas, debido a que hoy comenzaron a imprimirse.

Así fue como los magistrados alineados al gobierno de la 4T en la Sala Superior bloquearon la aprobación de un proyecto de resolución que pedía volver al modelo original de boletas para la elección del Poder Judicial del Estado, arguyendo que estos documentos ya no se pueden modificar porque este mismo día, 23 de abril, debe haber iniciado su impresión por parte de la empresa contratada por el Instituto Electoral de Quintana Roo (Ieqroo), por lo que se trata de un acto “irreparable”.

La votación se decidió con el voto de calidad de la presidenta del tribunal, Mónica Soto, tras un empate dos a dos entre los magistrados asistentes, generada por la exclusión de la resolución de este punto del magistrado Felipe Alfredo Fuentes Barrera, por ser padre del Consejero Jurídico de la Gobernadora del Estado, Carlos Felipe Fuentes del Río, parte interesada en el juicio.

Allí, la presidenta Mónica Soto y el magistrado Felipe de la Mata Pizaña, que junto con Fuentes Barrera forman el grupo alineado con el gobierno de Morena, plantearon que el diseño de las boletas ya no se podía reparar para que volvieran a su modelo original, como pidió el proyecto de resolución, por estar en la fecha del inicio de su impresión.

En el proyecto, la magistrada Janine M. Otárola Malassis propuso al pleno la revocación de las sentencias del Tribunal Electoral de Quintana Roo (Teqroo) que ordenaron la modificación de las boletas para que se vote por listas completas y no por personas, y se ordenara la reintegración del modelo de boletas original aprobado por el Ieqroo.

Lo anterior al considerar que el Teqroo debió desechar la demanda de impugnación presentada por el Comité de Evaluación del Poder Ejecutivo a través del Consejero Jurídico de la Gobernadora, Carlos Felipe Fuentes del Río, porque carecía de legitimación para impugnar las boletas, ya que ese órgano era de carácter temporal y sus atribuciones habían fenecido al terminar la etapa de selección de las candidaturas en cada poder del estado, por lo que ya no puede intervenir ni impugnar en las etapas siguientes del proceso electoral.

Por lo anterior, el proyecto consideró que, al admitir y resolver a su favor la impugnación, el Teqroo realizó una interpretación incorrecta de las atribuciones del Comité de Evaluación y de los hechos que planteó en su demanda.

Por su parte, el magistrado Reyes Mondragón, que votó por revocar las sentencias del Teqroo, expuso que fue correcto el diseño original de las boletas del Ieqroo, pues además de ser idénticas a las del Instituto Nacional Electoral (INE), respetó las características establecidas por la ley, y aunque los nombres de los candidatos aparecieran una sola ocasión, se tenía la precisión de qué poder del estado los postuló

Asimismo, consideró que el Ieqroo no se excedió en sus funciones al agrupar los nombres repetidos, pues la ley le da amplio margen para aprobar el modelo de boletas, y el diseño original transparentaba la información para que la ciudadanía pueda elegir a la persona de su preferencia, independientemente de qué poder lo postule.

En cambio, afirmó que la disposición del Teqroo de que se vote por lista completa o en bloque, para que el ciudadano marque solo un listado entre los tres disponibles y no pueda elegir distintas personas postuladas por distintos poderes, no está contemplada en la ley electoral, y es contraria al espíritu de la reforma judicial y al modelo que ya fue validado por el TEPJF en dos sentencias previas.

Sin embargo, los magistrados del bloque alineado a la 4T, Felipe de la Mata Pizaña y Mónica Soto, votaron en contra, sin defender la legalidad de las boleta, sino diciendo que simplemente se estaba en la imposibilidad material de reparar la afectación, ya que las boletas debieron iniciar su impresión este mismo miércoles 23 de abril.

Se basaron para eso en un acuerdo que aprobó el Ieqroo el pasado 17 de abril, en donde dice que más tardar el 23 de abril debe iniciar impresión de boletas, luego de que el 14 de abril adjudicaron los trabajos a la empresa Litho Formas, a la que siempre contratan en cada elección.

Según los magistrados, debido a lo anterior ya no era viable ordenar la modificación del diseño de las boletas una vez iniciada la impresión, sin importar si la boleta es adecuada o no, y por lo tanto el acto es irreparable.

Al momento de la votación, por la excusa del magistrado Felipe Fuentes Barrera, ambos bandos quedaron empatados a dos votos, pero la presidenta del tribunal, Mónica Soto, inclinó la balanza finalmente a favor del modelo de boletas que quiere el gobierno del estado de Quintana Roo, y se rechazaron las impugnaciones de los candidatos a jueces que se inconformaron.

Cabe recordar que las impugnaciones las presentaron Carlos Vega Martínez, Pedro Javier López Castro y José Gabriel Marín Yacamán, candidatos a jueces postulados únicamente por el Poder Legislativo.

Posteriormente se sumó una cuarta impugnación, de Silvia Verónica Solís Lizama, quien es juez de control penal en funciones y está registrada como candidata al mismo cargo nada más en la lista del Poder Judicial del Estado, por lo que también se encuentra en desventaja contra los que están inscritos en la lista del Ejecutivo o de la de este y el Poder Legislativo.

Destacó que el candidato Pedro Javier López Castro demandó también que el magistrado Felipe Alfredo Fuentes Barrera se excluyera de participar en la resolución de las impugnaciones, debido a que es padre del Consejo Jurídico de la Gobernadora del Estado, Carlos Felipe Fuentes del Río, cuya impugnación como representante del Comité de Evaluación del Poder Ejecutivo dio pie a la sentencia del Teqroo que ordenó modificar las boletas y la forma de votación en la elección del Poder Judicial del Estado.

“Ante la recusación promovida por el impugnante, el magistrado Fuentes Barrera se excusó de participar en la votación de ese punto de la sesión, planteando precisamente el impedimento establecido en la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación sobre tener parentesco en línea recta sin limitación de grado, en la colateral por consanguinidad hasta el cuarto grado y en la colateral por afinidad hasta el segundo, con alguna o alguno de las y los interesados”.

Sin embargo, el retiro de Fuentes Barrera no impidió que sus compañeros del bloque afín a la 4T sentenciaran que ya no se pueden cambiar las boletas porque inició su impresión, privando a los quintanarroenses del derecho a elegir en lo individual a los mejores candidatos para magistrados y jueces del Poder Judicial del Estado.

 

 

 

franciscohcambio22@gmail.com

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