• Son propiedades privadas que fueron afectadas y ocupadas por el gobierno federal para el proyecto del Tren Maya

 

 

  • Forman parte de un conjunto de 56 terrenos que suman un total de más de 32.78 hectáreas en Quintana Roo, Yucatán, Campeche, Tabasco y Chiapas

 

 

 

Redacción/CAMBIO 22

CHETUMAL, 25 de marzo.- La presidenta de la República, Claudia Sheinbaum Pardo, decretó la expropiación de 56 predios del régimen de propiedad privada en los estados de Chiapas, Tabasco, Campeche, Yucatán y Quintana Roo, que suman en total la cantidad de 327 mil 898.509 metros cuadrados, equivalentes a poco más de 32.78 hectáreas de tierras afectadas.

Entre estos predios se encuentran 23 predios ubicados en los municipios de Lázaro Cárdenas, Playa del Carmen, Felipe Carrillo Puerto y Othón P. Blanco, del estado de Quintana Roo, y todas las tierras fueron afectadas y ocupadas para las obras de los 7 tramos del Tren Maya.

El decreto fue publicado en el Diario Oficial de la Federación, e indica que un predio se ubica en el municipio de Lázaro Cárdenas; 12 en el municipio de Playa del Carmen, denominado Solidaridad cuando se inició el trámite; 3 se ubican en Felipe Carrillo Puerto; y 7 están en el municipio de Othón P. Blanco, en el sur de Quintana Roo.

Otros 33 predios que son objeto del decreto presidencial der expropiación están en los municipios de Palenque, Chiapas; Tenosique y Balancán, Tabasco; Candelaria, Campeche, Hecelchakán, Dzitbalché, Champotón, Escárcega y Calakmul, Campeche; y Tixpéhual, Chemax, Umán, Sudzal, Kantunil, Uayma y Valladolid, Yucatán.

El decreto indica que el procedimiento inició hace un año, pues desde el 13 de marzo de 2024 y hasta el 9 de octubre del mismo año, cuando Fonatur Tren Maya S. A. de C. V. y Tren Maya S. A. de C. V. solicitaron mediante oficios la expropiación de estos predios a la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (Sedatu).

La declaratoria de utilidad propia que inició el procedimiento fue emitido por la Sedatu el pasado 14 de febrero, y a partir de eso el Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales (Indaabin) emitió los respectivos avalúos para las indemnizaciones, cuyos montos no se dan a conocer en el decreto.

La expropiación incluye las construcciones e instalaciones que se encuentren en los bienes inmuebles y que formen parte de ellos, y a partir de su emisión, procede a la ocupación inmediata de los bienes, sin suspenderse por la interposición de cualquier medio de defensa.

Se indica, además, al entrar en vigor el decreto, Tren Maya S. A. de C. V. debe cubrir con su presupuesto autorizado el monto de la indemnización, y los interesados tendrán todavía 10 dís hábiles para acudir al procedimiento judicial a que se refiere el artículo 11 de la Ley de Expropiación, con el único objeto de controvertir el monto esa indemnización.

También se contempla que, si los bienes a que se refiere el decreto no son destinados a la realización de las acciones que dieron causa a la expropiación dentro del término de cinco años, el afectado podrá ejercer las acciones correspondientes, dentro del plazo de dos años contados a partir del cumplimiento de esos cinco años.

 

 

 

cambio22chetumal@gmail.com

LRE

 

 

WhatsApp Telegram
Telegram


WhatsApp Image 2025 11 30 at 12.28.27 AM
WhatsApp Image 2025 11 30 at 12.28.27 AM