• El fallo determina que la PGR no acreditó la responsabilidad penal de Daniel Arizmendi y ordena su liberación por ese proceso

 

 

  • Aunque la condena por delincuencia organizada se da por cumplida, el sentenciado seguirá preso por otros casos pendientes

 

 

 

Redacción/ CAMBIO 22

Una jueza federal absolvió a Daniel Arizmendi López, alias “El Mochaorejas”, del delito de privación ilegal de la libertad en la modalidad de secuestro, y ordenó su liberación inmediata por ese proceso penal, luego de determinar que los elementos de prueba presentados por la entonces Procuraduría General de la República (PGR) fueron insuficientes para atribuirle su responsabilidad en ese delito.

La sentencia fue emitida por Raquel Ivette Duarte Cedillo, jueza Segunda de Distrito en Materia Penal en el Estado de México, quien sostuvo que no existía una imputación directa ni datos relevantes que acreditaran la participación de Arizmendi en los hechos delictivos que se le atribuían, por lo que, en aplicación del principio de presunción de inocencia, procedió a absolverlo.

No obstante, la jueza constató que Arizmendi era responsable del delito contra la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, por el cual le impuso una pena de ocho años de prisión y una multa de 500 días, equivalentes a 13 225 pesos. Debido a que ha permanecido preso más de 27 años, se consideró que esta condena ya está compurgada, por lo que ordenó su libertad en cuanto a esta causa penal específica.

A pesar de esta resolución, Arizmendi López no podrá abandonar el centro de reclusión, ya que enfrenta otras causas penales y condenas pendientes por distintos delitos, por lo que seguirá bajo custodia de las autoridades correspondientes.

El fallo fue notificado al director del Centro Federal de Reinserción Social 14 “CPS-Durango”, donde se encuentra recluido. También se informó que, recientemente, un tribunal federal concedió un amparo a Dulce Paz Venegas Martínez, pareja sentimental de Arizmendi, dejando sin efecto un auto de formal prisión que se le dictó hace 26 años por delitos similares, tras determinar que debió ser procesada en el fuero común y no en el federal.

 

Fuente: ContraRéplica

GCH

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