Redacción/CAMBIO 22

CHETUMAL, 21 de diciembre.- El Tribunal Electoral de Quintana Roo (Teqroo), en sesión pública determinó por unanimidad de votos la existencia de Violencia Política de Género en agravio de la diputada local Angy Estefanía Mercado Ascencio en su calidad de candidata y atribuidas a las personas administradoras de los perfiles de Facebook Mujeres contra la violencia, Playa virtual y Traidores Playa.

Lo anterior al resolver el Procedimiento Especial Sancionador PES/062/2022, que fuera promovido por Estefanía Mercado en su calidad de entonces candidata a diputada local, en contra de Kira Iris San, otrora candidata por la vía de reelección, ambas del Distrito Electoral 10, por la presunta realización de actos que actualizan violencia política contra la mujer en razón de género.

La revisión se hizo por segunda ocasión y en cumplimiento a lo ordenado en la sentencia SX-JDC-6770/2022 de la Sala Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

Una vez realizado el análisis de las constancias que obran en el expediente, el Teqroo determinó la existencia de la conducta denunciada consistente en violencia política contra la mujer en razón de género, en perjuicio de la ahora diputada del PVEM, pero sólo las atribuidas a las personas administradoras de los perfiles de Facebook Mujeres contra la violencia, Playa virtual y Traidores Playa, mientras que deslindó de ellas a la exdiputada del PAN Kira Iris San.

En consecuencia ordenó dar vista al Instituto Electoral de Quintana Roo (Ieqroo) para que inscriba en el Registro Estatal de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género de Quintana Roo a las personas administradoras de los perfiles de Facebook mencionados, y realice la comunicación respectiva al Instituto Nacional Electoral (INE) para su inscripción en el Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género.

También se ordenó dar vista a la Fiscalía General del Estado (FGE), para que en términos de sus atribuciones investigue lo que en derecho corresponda.

Asimismo, se aprobó dar vista al Instituto Quintanarroense de la Mujer para que se le otorgue atención psicológica a la diputada Estefanía Mercado.

En esta sesión, también se atendió el Recurso de Apelación RAP/035/2022, que fuera presentado por el Partido Político Fuerza por México Quintana Roo, en contra de la resolución IEQROO/CG/R-022-2022 del presente año, emitida por el Consejo General del Instituto Electoral de Quintana Roo, por medio del cual se determina la pérdida de su registro como partido político estatal, en virtud de no cumplir con el porcentaje mínimo de votación válida emitida en las elecciones de gubernatura y diputaciones locales en el proceso electoral pasado ,y en cumplimiento a lo ordenado en la sentencia SX-JRC-92/2022 de la Sala Xalapa del TEPJF.

En este asunto, el Teqroo por unanimidad de votos determinó confirma la resolución del Consejo General del Ieqroo, es, decir, dando por válida la pérdida del registro del partido local.

Lo anterior fue porque el demandante no aportó algún medio de convicción en el que demuestre, así fuera indiciariamente, un nexo causal entre el retraso en el otorgamiento de financiamiento público y el hecho de no haber alcanzado el 3 % de la votación válida emitida para que un partido político conserve su registro.

cambio22chetumal@gmail.com

 

JFCB

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