• Mientras el gobierno de México se niega a calificar de terroristas a los crímenes de los narcotraficantes, la fiscalía de la morenista Rocío Nahle criminaliza al reportero Rafael León Segovia, acusándolo de cometer actos terroristas por publicar noticias sobre accidentes y delitos en Coatzacoalcos

 

  • Bajo esos graves cargos, y también los de encubrimiento por favorecimiento y delitos contra las instituciones de seguridad pública, es decir, halconeo, lo detuvo antes de la Navidad y lo colocó en prisión preventiva oficiosa, en lo que apunta al intento de abrir un nuevo camino a la represión autoritaria de los gobiernos de Morena a la actividad periodística

 

Redacción / CAMBIO 22

VERACRUZ, 26 de diciembre.- El reportero de nota roja Rafael León Segovia, conocido como “Lafita León”, fue detenido el miércoles 24 de diciembre en Coatzacoalcos, Veracruz, tras ser acusado por la Fiscalía General del Estado de terrorismo, encubrimiento por favorecimiento y delitos contra las instituciones de seguridad pública, este último conocido como “halconeo”.

A pesar de la gravedad de los hechos imputados, y de que la acción abre un nuevo peligroso camino a la represión autoritaria de la actividad periodística de parte de los gobiernos surgidos de Morena, la Fiscalía General de Veracruz aún no ha dado a conocer los hechos específicos que sustentan sus acusaciones, contenidos en el expediente 718/2025.

La detención se llevó a cabo con base en una orden judicial, y el juez de control de inmediato declaró la legal la detención y le dictó prisión preventiva oficiosa, debido a que el delito de terrorismo es de los que ameritan esta rigurosa medida cautelar.

Mientras tanto, organizaciones de periodistas han cuestionado la medida, porque señalan que está vinculada con el ejercicio profesional de León Segovia.

Lo anterior se debe a que en el expediente la fiscalía señala actividades que León Segovia realizaba como parte de su rutina: fotografiar escenas del crimen y entrevistar a testigos en escenas de crímenes.

Comunicadores cercanos indican que la acusación se basa en la forzada acusación de que trasmitió unos mensajes mediante su teléfono y la autoridad dice que debió denunciar en lugar de transmitir.

El comunicador es reconocido por su cobertura de hechos policiacos y colabora con distintos medios locales, donde documenta escenas de violencia y realiza entrevistas en el lugar de los hechos.

Reacciones

Tras darse a conocer su arresto, páginas informativas como Fenómenos Veracruz y colectivos de periodistas expresaron su rechazo ante la detención y consideraron que la detención representa un riesgo para la libertad de expresión en la región.

Asimismo, la organización Artículo 19 que defiende la libertad de expresión en México y América Latina condenó la detención y exigió a la Fiscalía de Veracruz no criminalizar la actividad periodística relacionada con la cobertura de hechos delictivos.

En un comunicado, la Asociación Mexicana de Comunicadores y Periodistas de Coatzacoalcos (AMECOPE) solicitó la intervención de la Comisión Estatal para la Atención y Protección de los Periodistas (CEAPP) y llamó a garantizar que el procedimiento se lleve a cabo “conforme al debido proceso”.

Pidió estricta observancia de sus garantías individuales y en pleno apego al Estado de Derecho e hizo un llamado a la unidad del gremio periodístico para proteger los derechos laborales de todos los comunicadores en Veracruz.

Así mismo, consideran que el acto de autoridad es una represalia a que días antes de esta detención, el periodista se vio envuelto en una controversia en redes sociales tras la publicación de una imagen de una mujer en la vía pública, casi sin ropa y en estado de ebriedad, lo que provocó reacciones divididas.

Lo más destacado es que este hecho también le generó el anuncio de una denuncia en su contra, pues la protagonista de su noticia era hija de la influyente abogada Leticia Zurita Dávila, a quien consideran “la abogada con más poder en Veracruz”, quien encaró al reportero en una transmisión y lo amenazó con “hacerle un desmadre”, por lo que el gremio periodístico considera que la detención fue impulsada por ella en venganza.

Por lo mismo, todo indica que la imputación de terrorismo a la publicación de noticias sobre accidentes, delitos o hechos de sangre también se muestra como un claro uso autoritario del aparato judicial para reprimir e intimidad a la prensa, que ha sido muy incómoda en un estado como Veracruz, donde el crimen tiene rebasado al gobierno de Rocío Nahle.

La gobernadora habló escuetamente sobre la detención, pero sólo dijo que “nadie se encuentra por encima de la ley”, porque se está ante hechos penales, y “cualquiera que sea la profesión se tiene que aplicar la ley”.

“Tengo que ser muy cuidadosa con el debido proceso y que sea la fiscalía y la defensa también del imputado los que actúen”, dijo, insistiendo en que respeta la libertad de expresión, “hasta con excesos”.

El caso llama más la atención cuando el gobierno federal no quiso imputar de terrorismo a narcotraficantes del estado de Michoacán por el estallido de un coche bomba frente a instalaciones policiales, pero se busca aplicar a la labor de publicar noticias sobre nota roja.

Asimismo, este es el primer acto que realiza la recién designada Fiscal General de Veracruz, Lisbeth Aurelia Jiménez Aguirre, quien fue presidenta del Poder Judicial de ese estado, donde su papel fue muy cuestionado y no logró reelegirse en el cargo en la elección judicial, pero si fue favorecida para continuar como magistrada, antes de su nuevo nombramiento por llamado directo de la gobernadora Rocío Nahle, que la impuso un rápido proceso que impidió el análisis de perfiles en el Congreso local.

Exceso autoritario

Considerando que las acusaciones derivan de la actividad periodística del detenido y los tipos penales establecidos en la ley, es claro que la imputación de terrorismo y de halconeo son abusivas, por lo que la actuación del juez que expidió  la orden de aprehensión también muestra una colusión autoritaria del Poder Judicial con el Ejecutivo para perseguir al periodista.

Según el Código Penal para el Estado de Veracruz, el delito de terrorismo lo comete “quien utilizando explosivos,  substancias  tóxicas,  armas  de  fuego  o  por  incendio, inundación  o  por  cualquier  otro  medio  realice  actos  en  contra de las  personas, las  cosas  o  servicios  al público,  que  produzcan  alarma,  temor,  terror  en  la  población  o  en  un  grupo  o  sector  de  ella,  para perturbar la paz pública o tratar de menoscabar la autoridad del Estado o presionar a ésta para que tome una  determinación”.

También se imputa de terrorismo a quien, “conociendo las actividades de un terrorista y su identidad, no lo haga saber a las autoridades”, o “administre dinero o bienes relacionados con terroristas”.

Finalmente, otra modalidad del terrorismo se vincula a la difusión de información falsa sobre estos actos, pues se imputa a “quien haga señales, dé voces de alarma o provoque estruendos por los medios idóneos, simulando la posible existencia de alguno de los actos considerados por el delito de terrorismo, con el fin de suscitar tumultos, desórdenes, alarma o zozobra aun cuando éstos no se produzcan”.

En el caso de los delitos contra las instituciones de seguridad pública, se trata del delito comúnmente conocido como halconeo y que desde la creación del tipo penal se ha considerado como un arma encubierta de los gobiernos para reprimir el ejercicio periodístico y ahora se aplica expresamente a un reportero.

Los actos considerados en este delito, según el artículo 371 del Código Penal veracruzano, son:

-Dañar o impedir el paso de vehículos de las instituciones de seguridad pública estatal o municipal, utilizando instrumentos punzocortantes, punzo contundentes, contuso cortantes, contuso contundentes o de cualquier material;

– Poseer, portar o utilizar equipos o artefactos que permitan la intervención, escucha o transmisión de canales de comunicaciones oficiales de las instituciones de Seguridad Pública estatal o municipales, sin la autorización de quien esté facultado para ello;

– Permitir la instalación de antenas o cualquier instrumento de comunicación en bienes de su propiedad o posesión, con las cuales, sin un fin lícito, se intercepte, transmita u obstruya parcial o totalmente la señal o las comunicaciones oficiales de las Instituciones de Seguridad Pública estatal o municipal, con la finalidad de obtener y brindar información a cualquier persona sobre las acciones, actividades o labores de los integrantes o elementos de las Instituciones de Seguridad Pública estatal o municipal;

– Poseer, portar o utilizar uniformes, prendas de vestir, insignias, distintivos o equipos correspondientes o similares a los utilizados por cualquiera de las instituciones de Seguridad Pública municipales o estatales, o que simulen la apariencia de los utilizados por éstas, con la finalidad de usurpar sus funciones;

– Poseer, portar o resguardar documentos o mensajes producidos o trasmitidos por cualquier medio tecnológico, que tengan relación con las actividades ilícitas de alguna pandilla, asociación delictuosa o miembros de la delincuencia organizada en los términos de la ley correspondiente;

– Poseer, portar o utilizar accesorios u objetos que se utilizan en los vehículos oficiales de Seguridad Pública municipal o estatal, para favorecer la actividad ilícita de cualquier persona;

– Detentar, poseer, conducir o custodiar un vehículo que simule ser de las Instituciones de Seguridad Pública municipal o estatal;

– Dañar, alterar o impedir el funcionamiento o monitoreo de cámaras de vigilancia en la vía pública, establecimientos o edificios públicos, instaladas para ser utilizadas por las instituciones de Seguridad Pública; o

– Poseer, portar o utilizar, una o más identificaciones falsas o alteradas, con datos propios o de un tercero, con el propósito de ostentarse como integrante o elemento de alguna institución de Seguridad.

En el caso del delito del halconeo, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) le suprimió al Código Penal de Veracruz el tipo que era más fácilmente aplicable a la represión de periodistas, el cual sancionada a quien “posea, porte o utilice equipos de comunicación de cualquier tipo para acechar, vigilar o realizar cualquier acto encaminado a obtener y comunicar, sin un fin lícito, información a cualquier persona sobre las acciones, actividades o labores de los integrantes o elementos de las Instituciones de Seguridad Pública estatal o municipal”, pero a pesar de eso a Rafael León Segovia le imputaron cualquiera otro de las modalidades anteriormente descritas, que siguen vigentes.

En el caso del encubrimiento por favorecimiento, este se imputa “a quien, después de la ejecución del delito y sin haber participado en éste, ayude en cualquier forma al inculpado a eludir las investigaciones de la autoridad o a sustraerse a la acción de ésta, u oculte, altere, destruya o haga desaparecer los rastros, pruebas o instrumentos del delito o asegure para el inculpado el producto o provecho del mismo”.

Esta sanción se aplicará, de igual forma, a aquellas personas que prestan un servicio de transporte

público concesionado, en cualquiera de sus modalidades, que no reporten la comisión de un delito a las autoridades competentes, cuando la unidad destinada a la prestación del servicio sea utilizada para la comisión del mismo o que éste se perpetre dentro de aquélla.

Por lo anterior, el doctor en Derecho Marco Antonio Madrazo aseguró que no existen elementos típicos del derecho penal que justifiquen la detención del reportero de la fuente policiaca Rafael León, conocido en el gremio periodístico como “Lafita León” ni para su prisión preventiva oficiosa.

“Estamos hablando de una acusación seria, de terrorista, y realmente, como abogado litigante de más de 40 años, no encuentro los elementos típicos del derecho, de tipo penal, para que sostengan esta acusación y seguramente el juez de control de justicia de esta ciudad tendrá que poner en inmediata libertad, por no encontrar los elementos o datos de pruebas, para poder retener en prisión preventiva al periodista Rafael León”, dijo.

“Hay un contexto a la violación de la libertad de expresión por parte de quien acusa, que seguramente la fiscalía se ha hallado al acusado, para los efectos de privar de la libertad, de la libre expresión a su compañero”, expresó.

“No se vale que estén utilizando a la instituciones de procuración de justicia, los políticos para saciar venganzas”, finalizó.

Hasta el momento no hay declaraciones directas públicas de Lafita León en su defensa, pues está bajo prisión preventiva oficial y su audiencia de continuación está programada para el lunes 29 de diciembre de 2025.

 

 

 

(Con información de Aristegui Noticias, Emeequis y Diario del Istmo)

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