Graciela Machuca Martínez

Este 25 de abril se publicaron en el Diario Oficial de la Federación (DOF) diversas reformas legales en materia de derechos de las mujeres y que fueron el resultado de meses de negociaciones en las cámaras de Diputados y Senadores para romper las ataduras que la clase política dominante mantiene para evitar que los derechos humanos sean progresivos, quizás estas reformas legislativas no son las esperadas o las que México requiere, pero con esta clase política que tiene dominado al Congreso de la Unión muy poco se puede hacer, a pesar que varias legisladoras dieron la batalla hasta el último momento.

A pesar que las minutas de la Cámara de Diputados ya tenían meses en el Senado esperaron hasta 8 de Marzo, Día Internacional de la Mujer para hacer política y aprobar a cuenta gotas las reformas referidas. Fue el 15 de marzo, cuando el diputado Santiago Creel Miranda, así como el senador Alejandro Armenta Mier, en su calidad de presidentes de las respetivas cámaras, así como la diputada Brenda Espinoza Lopez (secretaria) y la senadora Verónica Noemí Camino Farjat (secretaria), firmaron el respectivo decreto y lo remitieron al Poder Ejecutivo para su publicación.

El presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador y el secretario de Gobernación, Adán Augusto López Hernández, lo firmaron el día 20 de abril y este martes fue publicado en el DOF.

Con la publicación del referido decreto se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Código Penal Federal, del Código Nacional de Procedimientos Penales, de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, de la Ley General de Víctimas y de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en materia de Investigación, Sanción y Reparación Integral del Delito de Feminicidio.

Cuando se aprobaron estas reformas, hace más de un mes, organizaciones de la sociedad civil y personas expertas en el tema cuestionaron las limitaciones de las mismas, tomando en cuenta la gran cantidad de iniciativas que se encuentran tanto en la Cámara de Diputados como en la de Senadores y que en su mayoría fueron ignoradas.

Ahora que estos nuevos ordenamientos ya entraron en vigor y que por el momento no se puede hacer nada por mejorarlos en un corto plazo, corresponde a las personas operadoras de justicia analizarlos y llevarlos a la práctica, mientras que desde el activismo se debe actualizar la agenda legislativa para seguir trabajando en busca que México tenga una legislación de avanzada y un acceso pleno de las mujeres a la justicia.

Por ejemplo, las reformas, adiciones y derogaciones que se le hicieron al Artículo 325 del Código Penal Federal dieron como resultado lo siguiente, luego de establecer que “Comete el delito de feminicidio quien prive de la vida a una mujer por una razón de género”.

Se considera que existe una razón de género cuando concurra cualquiera de las siguientes circunstancias:

I y II. …

III. Existan antecedentes o datos de cualquier tipo de violencia en el ámbito familiar, laboral, comunitario, político o escolar, del sujeto activo en contra de la víctima;

IV. Haya existido entre el sujeto activo y la víctima parentesco por consanguinidad o afinidad o una relación sentimental, afectiva, laboral, docente, de confianza o alguna relación de hecho entre las partes;

V. Existan datos que establezcan que hubo amenazas directas o indirectas relacionadas con el hecho delictuoso, acoso o lesiones del sujeto activo en contra de la víctima;

VI.

VII. El cuerpo de la víctima sea expuesto, arrojado, depositado o exhibido en un lugar público, o

VIII. El sujeto activo haya obligado a la víctima a realizar una actividad o trabajo o haya ejercido sobre ella cualquier forma de explotación.

El Decreto completo se puede consultar en:

https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5686526&fecha=25%2F04%2F2023&print=true&fbclid=IwAR3WOiSerQ3U–nB3Z2VIAqfvz8p-8fbDJPi7IqjC4RCQysEZEt3n99lfOk

Este mismo 25 de abril, la titular del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, clara Luz Flores, al participar durante la presentación del Informe Mensual del Grupo Interinstitucional de Estrategia Nacional de Protección Integral a Mujeres y Niñas que viven violencias basadas en el género, dio a conocer que durante el primer trimestre de 2023 se registró una disminución del 8 por ciento en feminicidios en comparación del mismo periodo del año 2022.

Aclaró, que esta disminución del delito de feminicidio no se tiene que ver “con un ánimo triunfalista”, por lo que reiteró que la denuncia es fundamental para atender el problema de las agresiones contra las mujeres”.

“Vemos con una actitud no triunfante que 220 feminicidios se cometieron de enero a marzo de 2023, o sea un 8 por ciento menos de los mismos meses que se contaran en el 2022”.

 

 

redaccionqroo@diariocambio22.mx

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