► Además, no analizó el caso del consejero y el vocal electorales de José María Morelos que son funcionarios municipales, porque el partido Movimiento Ciudadano presentó su impugnación fuera de tiempo

 

Redacción/CAMBIO 22

CHETUMAL, 21 de febrero.- El Tribunal Electoral de Quintana Roo (Teqroo) reencausó hacia el órgano interno de resolución de conflictos del Partido del Trabajo (PT) tres impugnaciones de militantes inconformes con los congresos en los que se eligieron las dirigencias municipales de Lázaro Cárdenas, Benito Juárez e Isla Mujeres.

Militantes allegados al exdiputado local José Luis Guillén López y al diputado local Hugo Alday Nieto presentaron impugnaciones ante el Teqroo para echar abajo esos congresos, en los que fueron elegidos Carlos Betancourt, Lorena Martínez Bellos y Luis Celis como dirigentes en Benito Juárez, Lázaro Cárdenas e Isla Mujeres, respectivamente.

Se acusó en las impugnaciones que el PT no emitió la convocatoria respectiva como marcan los estatutos.

Se trató de los Juicios para la Protección de los Derechos Político Electorales de la Ciudadanía Quintanarroense identificados con las claves JDC/015/2024,  JDC/016/2024 y JDC/017/2024, mismos que fueron declarados improcedentes porque los inconformes no agotaron primero las instancias internas del partido para resolver las controversias.

Por lo mismo, el tribunal ordenó reencauzar las impugnaciones para que la Comisión Nacional de Conciliación, Garantías, Justicia y Controversias del Partido del Trabajo, para que los resuelva en un término de 5 días contados a partir de la notificación de la sentencia y garantice el derechos de las partes actoras.

Por otra parte, el Teqroo desechó el Recurso de Apelación -RAP/027/2024, que promovió el Partido Movimiento Ciudadano en contra del Consejo General del Instituto Electoral de Quintana Roo (Ieqroo) para controvertir los nombramientos de los ciudadanos Edwin Sabido Moo y Alexis Javier Castañeda Tilán, como vocal secretario y consejero electoral, respectivamente, del Consejo Municipal de José María Morelos, mediante el acuerdo IEQROO/CG/A-035-2024, dado que el medio de impugnación lo presentó de manera extemporánea, es decir, 14 días después del plazo legalmente establecido.

Movimiento Ciudadano denunció que ambos son funcionarios del gobierno municipal encabezado por el morenista Erik Borges Yam y a pesar de eso el Ieqroo los nombró como consejero y vocal del consejo municipal electoral, pero no se les pudo mover porque el partido presentó la denuncia fuera de tiempo.

Además, el Teqroo revocó el Acuerdo IEQROO/CQyD/A-008/2024 de la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Electoral de Quintana Roo (Ieqroo), que había determinado el sobreseimiento del expediente IEQROO/POS/019/2024, debido a que la autoridad debió tramitar dicha queja a través de un Procedimiento Especial Sancionador y no del Procedimiento Ordinario Sancionador.

El Recurso de Apelación RAP/024/2024 fue presentado por el Partido de la Revolución Democrática (PRD), con el argumento de que la autoridad responsable tramitó la queja por la vía equivocada.

Para el Teqroo este agravio resultó fundado, por lo que revocó dicho acuerdo y ordenó vincular a la Dirección Jurídica del Ieqroo para que las actuaciones que lleve a cabo en la instrucción del escrito de queja primigenia, radicado inicialmente bajo el número de expediente IEQROO/POS/019/2024, las realice en términos de lo establecido en la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales y el Reglamento de Quejas, que regulan la sustanciación del PES.

 

cambio22chetumal@gmail.com

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