► El tribunal declaró improcedente la petición del regidor electo de MC José Francisco Puc Cen, porque la medida cautelar es orden judicial, no de materia electoral, aunque le impidió asumir el cargo de regidor para el que fue votado

 

Redacción/CAMBIO 22

CHETUMAL, 31 de octubre.- El Tribunal Electoral de Quintana Roo (Teqroo) rechazó por improcedente el Juicio para la Protección de los Derechos Político Electorales de la Ciudadanía Quintanarroense JDC/054/2024, promovido por José Francisco Puc Cen, regidor electo de Movimiento Ciudadano (MC) en José María Morelos al que un juez de control inhabilitó e impidió ocupar su cargo de regidor, debido a que el acto que impugna no es competencia del órgano jurisdiccional electoral.

El promovido por Xiximac en contra de la medida cautelar emitida por un juez de control, acusa que la misma violenta su derecho político-electoral de ser votado en la vertiente del ejercicio del cargo, toda vez que se determinó su inhabilitación temporal para ocupar cargos públicos, lo que le ha impedido asumir como séptimo regidor del Ayuntamiento de José María Morelos para el periodo para el cual fue electo.

Sin embargo, el Teqroo advirtió de que la materia del juicio no es de índole electoral, dado que la medida cautelar impugnada por el actor fue emitida por un Juez de Control en materia penal.

Cabe recordar que esta suspensión de derechos políticos a los que ha sido sometido Xiximac se dictó sin que haya sentenciado, sino sólo al estar vinculado a proceso por una denuncia penal que le puso el alcalde Erik Borges Yam por supuesta negligencia en el servicio público cuando el emecista era alcalde de Sabán.

En otro punto, el Teqroo determinó por unanimidad de votos la inexistencia de las conductas denunciadas en el Procedimiento Especial Sancionador PES/202/2024, que fuera presentado por el partido Movimiento Ciudadano en contra del usuario de Facebook denominado Actívate, por presuntas infracciones a la normatividad electoral consistentes en supuestas actividades que no son de su competencia, con aportaciones ilícitas, uso de recursos públicos, actos de recreación no autorizados y utilización de símbolos, logos y colores del Partido Verde Ecologista de México (PVEM).

El Teqroo dijo que de las investigaciones realizadas por el Instituto Electoral de Quintana Roo (Ieqroo) y de las probanzas aportadas no se desprende elemento alguno, material o jurídico, que permitan determinar que el usuario de Facebook denunciado haya incurrido en alguna falta o cometido alguna violación en materia electoral y a la norma constitucional.

Por último, el Pleno ordenó el reenvío del Procedimiento Especial Sancionador PES/201/2024), a la autoridad sustanciadora para garantizar la debida integración del expediente y esta autoridad electoral, cuente con todos los elementos necesarios y suficientes para emitir una resolución con total apego a derecho.

 

cambio22chetumal@gmail.com

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