► Determinó que no existieron elementos para acreditar las faltas denuncias por el PRD

 

► Reenvía al Ieqroo tres expedientes para que concluya debidamente su instrucción

 

Francisco Hernández/CAMBIO 22

CHETUMAL, 13 de agosto.- El Tribunal Electoral de Quintana Roo (Teqroo)  declaró la inexistencia de faltas electorales atribuidas por el PRD a la gobernadora del estado, Mara Lezama Espinosa, por información publicada en su página de Facebook y en el medio de comunicación El Momento Quintana Roo.

El PRD acusó la violación de la restricción a la difusión en medios de comunicación social de toda propaganda gubernamental durante las campañas electorales, y por ende, la vulneración de los principios de imparcialidad y equidad en la contienda, por la difusión de la información sobre el decreto presidencial de estímulos fiscales para la zona libre de Chetumal.

En este caso, el Teqroo sentenció que no existieron pruebas fehacientes que hagan atribuibles a los denunciados las supuestos infracciones, pues de las probanzas aportadas y las realizadas por la autoridad instructora, no generaron la convicción respecto de la realización de actos transgresores a la normatividad electoral.

En otros asuntos, el tribunal determinó reenviar tres expedientes de Procedimiento Especial Sancionador al Instituto Electoral de Quintana Roo (Ieqroo), en los que se denuncian faltas atribuidas a las alcaldesas de Benito Juárez y Othón P. Blanco en su calidad de candidatas a la reelección.

Del Procedimiento Especial Sancionador PES/150/2024, presentado por Lidia Rojas Fabro, excandidata de Movimiento Ciudadano (MC) a presidenta municipal de Othón P. Blanco, determinó que faltaron elementos para resolver sobre la queja presentada contra Yensunni Martínez Hernández en su calidad de candidata y del Sindicato Único de Choferes de Automóviles de Alquiler(SUCHAA) por presunta coacción del voto.

El reenvío fue para requerir que el Ieqroo emplace al secretario general del SUCHAA, Julio César Castilla Zapata, a que comparezca a aportar información sobre el evento realizado con la entonces candidata de la alianza Morena-PVEM-PT, a fin de que el tribunal tenga elementos suficientes para dar un veredicto.

En el caso del PES/151/2024, el Teqroo también devolvió el expediente a la autoridad instructora, a fin de que cuente a la brevedad con los elementos necesarios y suficientes para emitir una resolución con apego a derecho.

Dicho procedimiento fue presentado por el Partido de la Revolución Democrática (PRD), en contra de Ana Patricia Peralta de la Peña, en su calidad de Presidenta Municipal de Benito Juárez, del propio Ayuntamiento, de la Coordinación de Comunicación del referido Municipio, a diversos medios de comunicación, al partido Morena bajo la figura de culpa in vigilando, y a quien resulte responsable, por la supuesta realización de propaganda gubernamental personalizada, uso indebido de recursos públicos, violación a los principios de imparcialidad y neutralidad, entre otras infracciones.

También se devolvió al Ieqroo el expediente PES/155/2024, presentado igualmente por el PRD contra Ana Patricia Peralta, solo que en esta ocasión la diligencia a cumplir es requerir la firma del expediente al dirigente estatal del partido, Leobardo Rojas López, pues aunque aparece como promovente, no firmó el documento.

 

franciscohcambio22@gmail.com

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