► También exonera a Pedro Joaquín Delbois y Blanca Merati Tziu al resolver quejas electorales

 

Redacción/CAMBIO 22

CHETUMAL, 8 de agosto.- El Tribunal Electoral de Quintana Roo (Teqroo) declaró inexistentes las conductas denunciadas por el Partido de la Revolución Democrática (PRD) en contra de la gobernadora del estado, Mara Lezama Espinosa, por publicaciones en su perfil de Facebook y distintos medios de comunicación.

A través del Procedimiento Especial Sancionador PES/143/2024, el partido acusó a la mandataria y los medios de comunicación de supuestas transgresiones a la normatividad electoral, consistentes en la difusión de propaganda gubernamental durante las campañas electorales, uso indebido de recursos públicos, así como la vulneración de los principios de imparcialidad y equidad en la contienda.

El Teqroo declaró la inexistencia de las conductas denunciadas, dado que, de las investigaciones realizadas por el Instituto Electoral de Quintana Roo (Ieqroo) y el análisis de las probanzas que obran en autos, no se desprende elemento alguno, material o jurídico, que permitieran determinar que la y los denunciados incurrieran en la transgresión a la normatividad electoral en los términos planteados por el PRD.

EN otros temas, en el caso de los Procedimientos Especiales Sancionadores PES/146/2024 y PES/149/2024, el Teqroo determinó que son inexistentes las conductas denunciadas por Morena y el Partido Revolucionario Institucional (PRI), respectivamente, en contra de Pedro Joaquín Delbouis, en su calidad de candidato a la presidencia municipal de Cozumel, y Blanca Merari Tziu Muñoz, en su calidad de entonces candidata a la presidencia municipal de Puerto Morelos.

En el caso del candidato de Cozumel, lo acusaron de la supuesta comisión de la infracción de calumnia, derivado de manifestaciones realizadas durante la transmisión de un debate político, pero las pruebas ofrecidas por el quejoso resultan insuficientes para acreditar la existencia de los hechos denunciados.

Mientras que a la entonces candidata de Puerto Morelos la acusaron de presuntos actos que contravienen las reglas sobre propaganda político electoral, por la supuesta aparición de menores de edad en una publicación en la red social de la denunciada.

Al respecto, el tribunal declaró la inexistencia de las conductas denunciadas porque, de las investigaciones realizadas por el Ieqroo y el análisis de las probanzas que obran en el expediente, no se desprende elemento alguno, material o jurídico que permitieran determinar que la entonces candidata haya publicado la imagen de menores de edad en contravención a los Lineamientos para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes en Materia Político-Electoral del Instituto Nacional Electoral (INE).

 

cambio22chetumal@gmail.com

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