Congreso de Quintana Roo aprueba Reforma para perseguir el lavado de Activos en el Fuero Común
1 Nov. 2023- El lavado de activos se castigará con hasta 15 años de prisión, que aumentarían a 30 años en el caso de que los responsables sean servidores públicos ligados a la procuración y administración de justicia o la prevención de estos delitos
Francisco Hernández/CAMBIO22
CHETUMAL, 1 de noviembre.- El Congreso del Estado aprobó la reforma propuesta por la gobernadora Mara Lezama Espinosa para que en Quintana Roo se persiga dentro del fuero común el delito de lavado de activos, incluyendo la creación de una Unidad de Inteligencia Financiera para ejercer, a través de ella, una nueva facultad de la Secretaría de Finanzas y Planeación (Sefiplan) y el Servicio de Administración Tributaria de Quintana Roo (SATQ) para investigar el origen de la riqueza y bienes de los residentes de la entidad.
El decreto reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Quintana Roo, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Quintana Roo, de la Ley del Servicio de Administración Tributaria del Estado de Quintana Roo y del Código Fiscal del Estado de Quintana Roo; en materia de Investigación y Persecución de Delitos de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (Lavado de Activos).
Con este, se incluye en el Código Penal del Estado los Delitos de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, para permitir la investigación amplia de riquezas o bienes, sin importar su naturaleza, para determinar si su procedencia es lícita o no, y que se castigarán con de 5 a 15 años de prisión.
En estas acciones de investigación del origen lícito o ilícito de la riqueza y bienes de las personas participarán una Fiscalía Especializada, pero también la Sefiplan y el SATQ, que operará una Unidad de Inteligencia Financiera (UIF).
Con este tipo penal, toda persona que adquiera, enajene, administre, custodie, posea, cambie, convierta, deposite, retire, dé o reciba por cualquier motivo, invierta, traspase, transporte o transfiera, dentro del territorio del estado de Quintana Roo, y de éste hacía otras entidades federativas, cualquier tipo de recursos, derechos o bienes que procedan o representan el producto de una actividad ilícita, a sabiendas de que representan el producto de una actividad ilícita, serán sujetos al proceso de investigación judicial.
Del mismo modo, este precepto también abarca el ocultamiento o encubrimiento de la situación de los bienes, tanto su origen, ubicación y destino, como a quien pretenda esconder la verdadera titularidad o el beneficiario final de los recursos motivo de la investigación, para desalentar que existan entre las personas asociaciones que pretendan disfrazar la ilegalidad de la procedencia de tales activos.
A las y los servidores públicos que incurran en cualquiera de los supuestos de los delitos de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, se les podrá aumentar la pena hasta el doble, además de imponer inhabilitación por el mismo tiempo al que se les haya sentenciado, periodo que comenzará a correr una vez hayan compurgado la pena de prisión, cuando sean de los responsables de prevenir, detectar, denunciar, investigar, o juzgar la comisión de delitos o ejecutar sanciones penales.
Además, se reforma la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Quintana Roo, con el objeto de dotar a la Sefiplan de la facultad para “requerir, obtener, concentrar, analizar, consolidar, generar y disponer con fines de inteligencia, información fiscal, financiera, patrimonial, económica, civil y cualquier otra que se estime necesaria para coadyuvar en la prevención y combate de los delitos fiscales y de operaciones con recursos de procedencia ilícita en el Estado, como órgano central del cual depende el Servicio de Administración Tributaria del Estado de Quintana Roo”.
También se crea una Fiscalía Especializada en Combate a los Delitos de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, a la cual el SATQ deberá informar de cualquier hecho que pueda constituir delito fiscal, de lavado de activos o cualquier otro delito de los funcionarios públicos.
El SATQ operará la UIF, la cual pasará a ser autoridad fiscal, que permita la obtención de primera mano de información patrimonial, fiscal, económica y financiera en la investigación del lavado de activos, y coadyuvar a la Fiscalía Especializada.
Según la motivación de la reforma, los objetivos de estas medidas son proteger el patrimonio estatal de ser saqueado, desincentivar la corrupción, promover un ambiente empresarial transparente y equitativo, y garantizar que los recursos públicos no sean destinados al enriquecimiento de unos pocos.
MER