► El Teqroo confirmó el acuerdo del organismo interno del partido que negó dichas medidas dentro de la queja que una exfuncionaria de MC sigue contra el hoy candidato a alcalde por presunta violencia política de género

 

Redacción/CAMBIO 22

CHETUMAL, 7 de mayo.- El Tribunal Electoral de Quintana Roo (Teqroo) confirmó en sentencia el acuerdo de la Comisión Nacional de Justicia Intrapartidaria del partido Movimiento Ciudadano (MC) por el que se negaron las medidas cautelares exigidas por Leydi Romero Hoil, exfuncionaria municipal del partido, en su querella por violencia política de género contra Jesús Pool Moo, candidato a presidente municipal de Benito Juárez.

Para eso, atendió el Juicio para la Protección de los Derechos Político Electorales de la Ciudadanía Quintanarroense JDC/041/2024, emitido a partir de la escisión y posterior remisión ordenada en la ejecutoria dictada por la Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) en el Juicio de la ciudadanía 337, seguido en contra de la Comisión Nacional de Justicia Intrapartidaria de MC.

En este asunto, el Teqroo por unanimidad de votos avaló el acuerdo impugnado, entre otras cosas, por considerar las peticiones de la actora como infundadas e inoperantes.

Por otra parte, en el caso del Recurso de Apelación RAP/092/2024 y sus acumulados, con los cuales el partido Morena buscaba que se cancelaran las planillas de MC y el PRD que habían sido registradas incompletas por incumplir la paridad de género, el Teqroo por unanimidad de votos los desechó por haber quedado sin materia, tras la sentencia de la Sala Xalapa que echó para atrás la errada sentencia del tribunal local que había revocado las postulaciones realizadas dentro del plazo extraordinario que el Ieqroo dio a ambos partidos.

Éstos fueron promovidos por el partido Morena y diversas ciudadanas, en contra del acuerdo IEQROO/CG/A-178/2024, por el que se resolvieron las solicitudes de registro de las planillas de candidaturas a miembros de los ayuntamientos presentadas por el Partido de la Revolución Democrática, en atención de la sentencia recaída sobre el expediente RAP/080/2024 dictada por este Tribunal.

Asimismo, por las mismas razones el Teqroo desechó por quedar sin materia el Recurso de Apelación RAP/093/2024, el cual fue presentado por el partido político Morena en contra del acuerdo número 179 del año en curso, aprobado por el Consejo General del Ieqroo para el caso de MC.

En la sesión pública, también el Teqroo determinó por unanimidad de votos el reenvío a la autoridad instructora para la debida integración del Procedimiento Especial Sancionador PES/042/2024, a fin de que este Tribunal, cuente a la brevedad, con los elementos necesarios y suficientes para emitir las resoluciones con apego a derecho.

 

cambio22chetumal@gmail.com

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