Confirma el Teqroo la Sustitución de Luis Gamero en la lista de Candidatos de Morena
2 May. 2022
>El tribunal local resolvió que éste no podía ocupar la posición que le dio el partido, porque correspondía a una mujer
Redacción/CAMBIO 22
CHETUMAL, 2 de mayo.- El Tribunal Electoral de Quintana Roo (Teqroo) confirmó el acuerdo del Instituto Electoral de Quintana Roo (Ieqroo) por el cual se ordenó la sustitución de la candidatura de Luis Gamero Barranco en la lista de candidatos a diputados por el principio de representación proporcional del partido Morena, debido a que ocupaba una posición que correspondía a la candidatura de una mujer.
La resolución fue dentro del juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano JDC/015/2022, en el que Luis Gamero Barranco reclama que le canceló la candidatura que tenía en la posición número 5 de la lista de candidatos plurinominales de Morena, en el que estaba anotado como representante de la acción afirmativa sobre diversidad de preferencia sexual.

Sin embargo, al aprobar el Ieqroo las candidaturas a diputados plurinominales de Morena, el instituto ordenó al partido Morena a sustituir su candidatura, por considerar que ocupaba un espacio que correspondía a una candidatura del género femenino y ese debía respetarse.
Gamero Barranco expresó como agravios: la indebida motivación y fundamentación del acuerdo impugnado; inobservancia a lo establecido en el artículo 13 de los criterios de paridad en el registro de las candidaturas; indebido y parcial cumplimiento de la sentencia JDC/010/2022; violación a su derecho de audiencia; inaplicación de los criterios de paridad tercero y 20 en relación con el 13, al existir una contradicción de criterios en materia de paridad, aprobados por el Ieqroo, así como ser contrarios al artículo 1 de la Constitución y al principio de no discriminación; e indebida interpretación de los criterios tercero y vigésimo de los criterios de paridad.
No obstante lo planteado por Gamero, el Teqroo consideró que en la postulación de candidaturas por lista de representación proporcional, las personas querr o no binarias no podrán ocupar espacios que sean para mujeres, por lo que los partidos están obligados a cumplir con la paridad y la alternancia de género.

En este sentido, concluyeron que no se puede exceptuar al partido Morena a cumplir la paridad de género en las postulaciones, porque se podría afectar la participación efectiva de las mujeres en la vida pública del estado.
En este sentido, el Teqroo resolvió confirmar el acuerdo del Ieqroo que aprobó las candidaturas a diputados plurinominales del Morena, en la que se sustituyó a Luis Gamero Barranco.
Por otra parte, el Teqroo revocó una medida cautelar emitida por el Ieqroo para bajar publicaciones contra Estefanía Mercado, ahora candidata de la alianza Juntos Hacemos Historia a diputada del distrito 10, para efectos de que reponga el procedimiento de revisión de pruebas y vuelva a resolver la petición.
Lo anterior porque la Comisión de Quejas y Denuncias del Ieqroo por falta de atención en el procedimiento omitió revisar un video que denunció la ahora candidata y, por consecuencia, no fue incluido en la orden de la medida cautelar en revisión.
La resolución indica que el Ieqroo deberá pronunciarse nuevamente sobre la medida cautelar en un plazo de 48 horas.
Además, el Teqroo declaró inexistentes acusaciones de coacción del voto atribuidas por el PRD a la candidata a gobernadora Mara Lezama Espinosa, de a la alianza Juntos Hacemos Historia, por reuniones y caminatas que realizó con sindicatos de taxistas de Isla Mujeres y Cozumel.
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