Buscan Modificar al Código Penal del Estado a Favor del Bienestar Animal
16 Nov. 2023-
Para incluir diversas conductas que no están contempladas, como el dejar a los perros en las azoteas de viviendas, mantenerlos desnutridos, golpearlos o mutilarlos
Gabriel Alcocer/CAMBIO 22
Cancún, Q. Roo, 16 de noviembre. – Por medio de una modificación al Código Penal del Estado, el ayuntamiento de Benito Juárez buscará incluir diversas conductas que no eran contempladas en el delito de maltrato animal, como el dejar a los perros en las azoteas de viviendas y también sancionar penalmente la venta clandestina de animales de compañía.
Esta iniciativa de ley que surgió en la Regiduría de la Comisión de Bienestar Animal fue aprobada este jueves en sesión de Cabildo para su envío al Congreso del Estado, en donde será analizada para su aprobación.
Al concluir la sesión de Cabildo, el regidor de la comisión de Bienestar Animal, Julio Méndez Paniagua explicó:
“En el Código Penal del Estado ya está escrito textualmente: Al que de manera injustificada le cause una lesión y maltrato a un animal, ocasionándole la muerte, será castigado. Que te quiere decir ese texto, que si tengo una justificación y se murió no pasó nada, pero también si no tengo una justificación y lo maltrato y no se muere, tampoco voy a hacer castigado, entonces esa es la modificación que este Cabildo propuso en ese artículo del Código Penal del Estado, así como incluir también otro párrafo para castigar penalmente la venta clandestina de los perros o mascotas de compañía”.
El regidor consideró que, por ningún motivo se puede justificar el maltrato a un perro, motivo por el cual proponen la modificación del artículo 179 Ter y además incluir otro tipo de conducta como maltrato, tal como el dejarlos en la azotea asoleándose, mantenerlos desnutridos, golpearlos o mutilarlos.
Todas estas conductas se encuentran en el Reglamento Estatal de Bienestar Animal, pero ahora buscarán que se consideren como delitos, con una sanción de 1 a 3 años de cárcel por maltrato y el doble, de 2 a 6 años, si se ocasiona la muerte a la mascota.
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RHM