Autoridades Electorales Desechan Queja de Diputada contra Dirigentes de Movimiento Ciudadano
7 Abr. 2024
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Las acusaciones de violencia política de género realizadas por Maritza Basurto Basurto contra José Luis Pech y Jacobo Cheja fueron turnados a las instancias internas del partido.
Redacción/CAMBIO 22
CHETUMAL, 7 de abril.- El pleno del Tribunal Electoral de Quintana Roo (Teqroo) confirmó la improcedencia de la queja por Violencia Política de Género promovida por la diputada Maritza Deyanira Basurto Basurto en contra los dirigentes locales de Movimiento Ciudadano José Luis Pech y Jacobo Cheja, pues consideró que primero debió presentarla ante las instancias internas del partido.
El Teqroo resolvió el Juicio para la Protección de los Derechos Político Electorales de la Ciudadanía Quintanarroense JDC/021/2024, promovido por la diputada Maritza Basurto en contra del auto de fecha 21 de marzo dictado por el director Jurídico del Instituto Electoral de Quintana Roo (Ieqroo), con el que se declaró incompetente para atender la queja interpuesto por ella, al considerar que no corresponde a un procedimiento especial sancionador en materia de violencia política en razón de género, y en consecuencia, lo remitió al partido Movimiento Ciudadano.
En este sentido, el tribunal declaró infundados los agravios de la diputada, toda vez que consideró que es el órgano de justicia partidaria quien debe atenderla, en virtud de que se trata de una controversia en la que los hechos denunciados se suscitaron cuando ella formaba parte del partido, y denuncia a un coordinador y delegado que a su dicho han realizado actos de violencia política de género en contra de su persona, quienes también forman parte del mismo instituto político.
Como se recordará, los denunciados por la diputada son José Luis Pech Várguez, coordinador estatal, y Jacobo Cheja, delegado nacional del partido Movimiento Ciudadano, partido al que renunció Maritza Basurto.
Por otra parte, en el caso del Procedimiento Especial Sancionador en materia de Violencia Política contra la Mujer en Razón de Género PES/020/2024, presentado en contra de Jesús Pool Moo, candidato de Movimiento Ciudadano a presidente municipal de Benito Juárez, el tribunal ordenó devolver el expediente al Ieqroo, para que instruya diversas diligencias para allegarse de mayores elementos que permitan emitir una resolución conforme a derecho, garantizando el debido proceso y la exhaustividad en las actuaciones.
Cabe mencionar que en la misma sesión se trató otra impugnación contra Movimiento Ciudadano, en este caso el Juicio para la Protección de los Derechos Político Electorales de la Ciudadanía Quintanarroense JDC/024/2024, que interpuso el síndico de Solidaridad Adrián Armando Pérez Vera en contra de la resolución de la Comisión Nacional de Justicia del partido Movimiento Ciudadano de fecha 18 de marzo de 2024, por el cual le negó la candidatura a presidente municipal, dentro del expediente identificado como CNJI/031/2024.
Al respecto, el Pleno determinó por unanimidad de votos revocar la resolución impugnada, dado que, como afirma el actor, la autoridad responsable vulneró los principios de certeza y legalidad al no fundar ni motivar dicha resolución, por lo que fue omisa en señalar el fundamento legal, estatutario y de las bases establecidas en la convocatoria, que advierta las consideraciones para la valoración de su postulación como precandidato para la presidencia del municipio de Solidaridad, por lo que se ordenó a la Comisión de Justicia de Movimiento Ciudadano emita una nueva resolución debidamente fundada y motivada.
ADG




















