► Establece regulaciones para el cumplimiento de propósitos del Registro Estatal de Agentes Inmobiliarios

► Aprueban reformas en materia de educación, adopciones y licitaciones

 

Redacción/CAMBIO 22

CHETUMAL, 30 de abril.- La XVII Legislatura del Estado aprobó la emisión de una nueva Ley de Prestación de Servicios Inmobiliarios del Estado, además de aprobar reformas a diversos ordenamientos en materia de adopciones, obras públicas, y de educación y primeros auxilios.

La nueva Ley de Prestación de Servicios Inmobiliarios del Estado de Quintana Roo reestructura el marco normativo respecto de estos servicios, a fin de regular y garantizar las operaciones  brindando seguridad jurídica a las inversiones y al patrimonio de los quintanarroenses.

Se busca, además, el cumplimiento de los propósitos con que fuera diseñado el Registro Estatal de Agentes Inmobiliarios, así como corregir y/o facilitar algunos de los contenidos normativos para que permitan mejorar la interpretación sistemática y su función reguladora.

También se aprobó el dictamen con proyecto de decreto por el que se reforma la fracción III del artículo 41 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas del Estado de Quintana Roo, con el propósito de actualizarla acorde a lo establecido en el artículo 28 de la misma ley, en el que se establecen los requisitos mínimos que deben contener las bases que emitan las instancias convocantes, corrección realizada a la norma por recomendación de la Auditoría Superior del Estado.

Por otra parte, la Legislatura reformó diversas fracciones de la Ley de Educación del Estado, mediante las cuales se faculta a la Secretaría de Educación para que, en coordinación con otras instancias, se puedan brindar cursos de prevención de accidentes y primeros auxilios al personal docente que labora en las instituciones educativas del Estado.

Además, aprobaron reformas al artículo 16 y la fracción I del artículo 18 de la Ley de Adopción del Estado de Quintana Roo, para eliminar todas las porciones normativas que hagan referencia a la posibilidad que una persona mayor de edad pueda contraer matrimonio o concubinato con una persona menor de edad.

 

cambio22chetumal@gmail.com

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