Amonestan a Candidato de Movimiento Ciudadano a Alcalde de Cozumel
28 May. 2024
► Roberto Alan Marín Flores pintó una barda con su propaganda electoral en zona prohibida, determinó el Teqroo
Redacción/CAMBIO 22
CHETUMAL, 28 de mayo.- El Tribunal Electoral de Quintana Roo (Teqroo) sancionó con una amonestación pública a Roberto Alan Marín Flores, candidato propietario a la presidencia municipal de Cozumel por el partido Movimiento Ciudadano, y al propio partido político bajo la figura de culpa in vigilando, por la pinta de propaganda electoral en zona turística de la ciudad de Cozumel donde está prohibida esa promoción.
La impugnación la presentó el Partido Revolucionario Institucional (PRI) a través del Procedimiento Especial Sancionador PES/058/2024, en el cual se acreditó la existencia de la propaganda denunciada, misma que es atribuible tanto al candidato como a Movimiento Ciudadano, ya que es posible advertir y sostener que es la persona directamente beneficiada con la propaganda electoral realizada en zona prohibida.
Por parte, en el Procedimiento Especial Sancionador PES/064/2024, el Teqroo declaró inexistentes las conductas denunciadas por el partido Morena en contra Roxana Lili Campos Miranda, en su calidad de presidenta municipal de Solidaridad y candidata por la vía de reelección, por supuestas infracciones de promoción personalizada y uso indebido de recursos públicos.
Morena acusó que dicha promoción trasgrede los principios de equidad e imparcialidad del proceso electoral local 2024, pero el Teqroo determinó que no existen tales faltas, porque en las publicaciones realizadas e imágenes no se advirtió que existan elementos de promoción personalizada, así como tampoco el uso indebido de recursos públicos, por lo que no transgrede el principio de equidad en la contienda.
De igual manera, el Teqroo declaró inexistentes las conductas denunciadas por Morena en contra del creador de contenido digital Franklin González, por la supuesta comisión de conductas consistentes en violencia política y calumnia electoral a través de la red social Facebook, en perjuicio de José Luis Chacón Méndez, candidato a la presidencia municipal de Cozumel.
Esto, al resolver el Procedimiento Especial Sancionador PES/059/2024, entre otras cuestiones, porque al realizar el análisis integral del material probatorio aportado por el partido actor, consistentes en 6 links de internet, mismos que fueron constatados por la autoridad instructora, mediante el acta circunstanciada respectiva, no se acreditaron las conductas denunciadas.
En la sesión pública realizada por videoconferencia, por unanimidad de votos el Teqroo también desechó de plano el Recurso de Apelación RAP/105/2024 y su acumulado RAP/106/2024, debido a que el acto impugnado quedó sin materia, ya que el 24 de mayo, la Sala Xalapa del TEPJF, en el expediente SX-JDC-466/2024 y su acumulado SX/JDC/483/2024, resolvió revocar la sentencia controvertida a efecto de dejar subsistente el acuerdo IEQROO/CG/A-105-2024, emitido por el Consejo General del Ieqroo en lo que fue materia de controversia local y en consecuencia restituyó el registro de la candidatura otorgada a José Luis Toledo Medina, por la acción afirmativa de discapacidad a la sindicatura propietaria de la planilla del ayuntamiento de Solidaridad, postulada por la coalición Fuerza y Corazón por Quintana Roo.
Estos recursos fueron presentados por Carlos Antonio Flores Mont, en su calidad de representante suplente del Partido Acción Nacional ante el Consejo Distrital IX y Guadalupe Leal Uc, en su calidad de representante suplente de dicho partido ante el Consejo General del Ieqroo.
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