CAMBIO 22

CHETUMAL, 20 de julio.- El Tribunal Electoral de Quintana Roo (Teqroo), en sesión pública presencial, por mayoría de votos determinó imponer una amonestación pública al otrora candidato y hoy diputado electo Renán Sánchez Tajonar y a la coalición que lo postuló en el Proceso Electoral Local 2021-2022.

Asimismo, declaró la inexistencia de dos Procedimientos Especiales Sancionadores y reenvió dos más a la autoridad sustanciadora, el Instituto Electoral de Quintana Roo (Ieqroo).

En el primer caso, se trata del Procedimiento Especial Sancionador PES/076/2022, que fuera promovido por el Partido Revolucionario Institucional en contra de los partidos políticos Morena, Verde Ecologista de México, del Trabajo y Fuerza por México, integrantes de la coalición Juntos Hacemos Historia en Quintana Roo, por culpa in vigilando, y Renán Eduardo Sánchez Tojonar, otrora candidato y hoy diputado electo en el Distrito XI, por la supuesta fijación de propaganda en lugares prohibidos por la ley, es decir, en equipamiento urbano municipal.

En este caso, el Teqroo determinó declarar la existencia de las conductas denunciadas, imponiendo a ambos, una amonestación pública, debido a que de las inspecciones realizadas por la autoridad instructora, así como de las aportadas por la denunciante, quedó acreditada la violación a la normativa electoral, es decir, la colocación de propaganda electoral en lugar prohibido.

En este asunto, la magistrada Claudia Carrillo Gasca votó en contra del proyecto emitiendo un voto particular razonado.

Mientras que en los Procedimientos Especiales Sancionadores PES/077/2022 y PES/078/2022, el primero, que fuera presentado por la Dirección Jurídica del Ieqroo en contra de Marcelo José Guzmán, por presuntas infracciones a la normativa electoral, y el segundo, promovido por Laura Lynn Fernández Piña en contra de Jesús Aguilar Cárdenas, por la supuesta calumnia y violencia política en razón de género en contra de la denunciante, el Teqroo por unanimidad de votos en ambos asuntos declaró la inexistencia de las infracciones atribuidas en cada caso a los denunciados.

Lo anterior, debido a que del caudal probatorio no fue posible acreditar las conductas denunciadas por supuesta violación a la normativa electoral.

De igual manera, el Teqroo por unanimidad de votos determinó el reenvío al Ieqroo  de dos Procedimientos Especiales Sancionadores, el PES/075/2022 y el PES/079/2022, que fueran presentados por el partido político Morena en contra de Laura Lynn Fernández Piña y el Partido de la Revolución Democrática y partido Confianza por Quintana Roo, por la supuesta propaganda de contenido calumnioso publicado en las redes sociales de Facebook y Twitter y por las supuestas violaciones a la normativa electoral en materia de publicaciones de encuestas electorales, respectivamente.

Esto, para que la autoridad administrativa realice las diligencias necesarias para integrar debidamente los citados expedientes y para que el Tribunal esté en aptitud de emitir la resolución que a derecho corresponda.

 

cambio22chetumal@gmail.com

RAM

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