• La Agencia Federal de Aviación Civil sostuvo que de no autorizarse el arrendamiento temporal por 43 días solicitado por Volaris, se afectarían 20 rutas nacionales y a cerca de 200 mil pasajeros en la temporada decembrina, lo que generaría un impacto negativo en la derrama económica por turismo.

 

Redacción/CAMBIO 22

La Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT), a través de la Agencia Federal de Aviación Civil (AFAC) informó que la aerolínea mexicana Volaris puede operar aeronaves con matrículas extranjeras, ya que existe la figura de arrendamiento húmedo.

A través de ese esquema, la AFAC sostuvo: “se permite la operación temporal y excepcional de aeronaves con matrícula extranjera, incluida su tripulación”.

Puntualizó que ese procedimiento se sustenta en los artículos 83 Bis del convenio sobre Aviación Civil Internacional y el artículo 45, último párrafo de la Ley de Aviación Civil y artículo 4 del Reglamento de la Ley de Aviación Civil.

No es cabotaje

De acuerdo con la AFAC, la medida no constituye cabotaje, ya que las operaciones serán realizadas por una aerolínea mexicana con aeronaves autorizadas, sin intervención de explotadores extranjeros.

Además de que tampoco se vulnera el artículo 32 de la Constitución, el cual exige que las aeronaves con matrícula mexicana sean operadas por tripulaciones mexicanas.

La AFAC destacó que la decisión se hizo para garantizar la conectividad, prestación del servicio y protección de los usuarios.

“Se tomó en consideración que, de no autorizarse el arrendamiento temporal por 43 días solicitado por Volaris, se afectarían 20 rutas nacionales y a cerca de 200 mil pasajeros en la temporada decembrina, lo que generaría un impacto negativo en la derrama económica por turismo y en la generación de empleos durante esta época”, aclaró.

Contexto: la Asociación Sindical de Pilotos Aviadores de México (ASPA) y el Colegio de Pilotos Aviadores de México (CPAM) denunciaron que la AFAC autorizó que pilotos extranjeros operen los aviones de Volaris, decisión que viola la Ley de Aviación Civil.

“Esta decisión viola abiertamente la Ley de Aviación Civil, ignora la normativa vigente y contraviene el principio constitucional que establece que las aeronaves mexicanas deben ser tripuladas exclusivamente por pilotos mexicanos por nacimiento. También desacata la circular obligatoria que regula las reglas técnicas para el arrendamiento de aeronaves”, señaló la ASPA.

Por su parte, el CPAM aclaró que “México sí tiene pilotos” y que no existe ninguna justificación para reemplazarlos con tripulaciones extranjeras.

 

No se afecta la plantilla laboral

De acuerdo con la AFAC, la aerolínea acordó con su sindicato que no afectaría la plantilla laboral ni la disminución de sus horas de vuelo.

“La AFAC reitera su compromiso de vigilar que el transporte aéreo en México se preste de forma continua, segura y en beneficio de la población bajo un estricto apego a la legislación vigente”, destacó.

 

 

Fuente: La Silla Rota

redaccionqroo@diariocambio22.mx

RHM/RCM

 

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