¿Cómo Serán las Sanciones por Uso y Comercio de Vapeadores en México Tras la Aprobación de la Cámara de Diputados?
4 Dic. 2024
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Reforma busca prohibir la producción y venta de vapeadores; sanciones se definirán en leyes secundarias.
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Congreso y legislaturas locales tienen hasta un año para armonizar las nuevas disposiciones.
Redacción / CAMBIO 22
Una nueva legislación se prepara en México con relación a los cigarrillos electrónicos, vapeadores y demás sistemas o dispositivos similares, pero ¿Cómo serán las sanciones? Aquí un resumen del estado en que se encuentra dicha iniciativa.
El pleno de la Cámara de Diputados aprobó el pasado 3 de diciembre la reforma constitucional para prohibir la producción y comercialización de vapeadores y cigarrillos electrónicos y otras sustancias tóxicas.
Es importante destacar que la propuesta para la prohibición de dispositivos electrónicos para fumar ya había sido enviada en el paquete de reformas del expresidente Andrés Manuel López Obrador.
Anteriormente -el pasado 13 de agosto- ya había avanzado en la Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados, sin embargo, a pesar de que todos los grupos parlamentarios habían votado a favor, se discutió que la prohibición no era la respuesta, sino la regulación, pues existía el riesgo de aperturar la venta en el mercado negro.
El pasado martes, la reforma ya fue avalada y se turnará al Senado para su discusión y votación. Pero, ¿Qué implica la aprobación de la reforma?.
¿Qué propone la reforma que prohíbe los vapeadores?
De acuerdo con la Cámara de Diputados, la reforma establece que “la ley sancionará toda actividad relacionada con cigarrillos electrónicos, vapeadores y demás sistemas o dispositivos análogos que señale la ley, así como la producción, distribución y enajenación de sustancias tóxicas, precursores químicos, el uso ilícito del fentanilo y demás drogas sintéticas no autorizadas”.
Esto con el fin de garantizar el derecho de protección de la salud de las personas.
Se reiteró también que esta reforma implica que queda prohibida la profesión, industria, comercio interior o exterior, trabajo o cualquier otra actividad relacionada con dichas sustancias.
Cabe mencionar que las posibles sanciones aún no están establecidas en la reforma, por lo que se espera que estas sean planteadas en las leyes secundarias.
El dictamen estableció que el Congreso de la Unión tendrá 180 días para armonizar las leyes secundarias; y las legislaturas locales tendrán 365 días naturales para realizar las adecuaciones normativas necesarias.
Fuente: Informador
GPC/AGF