Redacción/ CAMBIO22

PLAYA DEL CARMEN | La intención del Congreso local de Quintana Roo para extinguir en los últimos días de diciembre de este año una concesión cuya vigencia vencía hasta el 2054 entregada de manera poco clara a la empresa Aguakan, parece que no será posible pues aún está vigente la suspensión definitiva contra los efectos del llamado Decreto 195 a favor de la concesionaria que dirige Paul Andrew Rangel.

Aguakán, fue utilizada como bandera política en las ultimas campañas electorales un tema que llegó hasta la mañanera, del ex presidente Andrés Manuel López Obrador, donde la gobernadora Mara Lezama y hasta la Fiscalía General de la República pugnan porque el servicio de agua y alcantarillado en cuatro de los municipios más turísticos de la entidad, Benito Juárez (Cancún), Isla Mujeres, Puerto Morelos y Solidaridad (Playa del Carmen), regrese a manos del sector público.

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Un servicio a 1.5 millones de personas, a través de 463 mil tomas de agua, esto con una infraestructura a la que, según reportes de la compañía, se le han invertido más de 8 mil millones de pesos, y que consta de 217 pozos de extracción, 71 tanques de agua potable, 101 cárcamos de agua residual, 3 mil 250 kilómetros de tuberías de agua, 2 mil 157 kilómetros de tuberías de alcantarillado, 3 plantas de ósmosis inversa y 13 plantas de tratamiento de aguas residuales.

Pero Aguakán tiene múltiples quejas de los usuarios, casi siempre por las altas tarifas del vital líquido ―aunque estos costos los establece el propio Congreso―, sin embargo la empresa acusa que su mayor pecado con la 4T es que está ligada a la polémica constructora Grupo Mexicano de Desarrollo y al empresario Jorge Ballesteros, identificado como beneficiario de las privatizaciones de los gobiernos del periodo neoliberal.

También se comenta que el gobierno de Quintana Roo tiene prometida la concesión a otro operador. De hecho no existe posibilidad alguna de que la Comisión de Agua Potable y Alcantarillado del estado brinde el servicio; tendría que recurrirse a una expropiación de la infraestructura y a esos multimillonarios costos o enredos judiciales que tanto han hecho sufrir a las finanzas de la 4T.

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Pese a las declaraciones del director general de la Comisión de Agua Potable y Alcantarillado (CAPA), José Enrique Torres López, quien aseguró que antes de finalizar el 2024 se rescindirá el contrato con la empresa Aguakan, el presidente de la Junta de Gobierno y Coordinación Política (Jugocopo) del Congreso de Quintana Roo, Jorge Sanén Cervantes, subrayó que el asunto continúa en manos de las instancias jurídicas y que los legisladores de Morena seguirán impulsando su resolución.

Sanen Cervantes explicó que el caso está avanzando en coordinación con diversas áreas legales del Gobierno del Estado y los municipios afectados. Sin embargo, enfatizó que no se pueden emitir expectativas prematuras, ya que el proceso depende de decisiones judiciales, incluyendo demandas, amparos y contraamparos. La revisión de la concesión de Aguakan en la distribución del agua potable y el alcantarillado, se originó como resultado de la consulta pública de 2022, en donde los habitantes de Isla Mujeres, Puerto Morelos y Benito Juárez, votaron por la salida de Aguakan.

Por ello, la empresa continuará operando, sobre todo luego de obtener un juicio de amparo para detener de manera provisional el retiro de la concesión, que se extendió hasta 2053, el presidente del Jugocopo reiteró que el Congreso, junto con las autoridades estatales y municipales, mantiene el compromiso de asegurar que el servicio de agua potable regrese a manos públicas en los cuatro municipios donde opera Aguakan. Estos municipios incluyen Benito Juárez, Isla Mujeres, Puerto Morelos y Solidaridad.

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Sanen Cervantes descartó que el tema quede “empantanado” o sea heredado a futuras administraciones, asegurando que se continuará trabajando hasta lograr una solución definitiva: “No será algo que se deje inconcluso; seguiremos avanzando hasta que los ciudadanos quintanarroenses obtengan el servicio que merecen”, afirmó. El legislador señaló que, aunque el proceso avanza, no es adecuado informar de manera constante sobre los detalles debido a la complejidad jurídica del caso. “Hay muchas aristas legales que considerar, y sería aventurado asegurar una resolución inmediata”, comentó.

La consulta ciudadana organizada previamente por Morena, que reflejó el rechazo de la población hacia Aguakan, es una de las bases que respalda este proceso. Sin embargo, las expectativas están condicionadas a las determinaciones legales que surjan en el transcurso de las negociaciones y acciones judiciales. Por otra parta la Comisión de Agua Potable y Alcantarillado (CAPA) de Quintana Roo inició un proceso de auditorías a la empresa Aguakan para constatar el cumplimiento de sus obligaciones tributarias a través de la Dirección de Recuperación de Adeudos y Ejecución Fiscal, ejecutó una revisión de gabinete, con el cual auditará la información contable de los ejercicios fiscales 2022 y 2020.

El procedimiento administrativo señalado en el Código Fiscal estatal establece entre sus objetivos detectar también adeudos o la comisión de posibles delitos en que pudieran incurrir los contribuyentes. La orden más reciente fue notificada a la empresa Desarrollos Hidráulicos de Cancún (que opera comercialmente como Aguakan) mediante el oficio CAPA/DG/CJ/0481/2024 respecto al año 2022, emitido el 21 de agosto pasado. Otro requerimiento anterior se hizo mediante el documento CAPA/DG/0256/2024 respecto de 2020, notificado el 15 de mayo de este mismo año.

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Las comprobaciones tienen que ver con el pago de derechos por la contraprestación del servicio de agua potable, alcantarillado, saneamiento y tratamiento de aguas residuales en los municipios de Benito Juárez, Isla Mujeres, Puerto Morelos y Solidaridad en Quintana Roo.

Ambos casos están relacionados con la concesión otorgada a la compañía, de una manera poco clara, por un plazo de 30 años a partir del 20 de octubre de 1993, y que fue modificada el 15 de febrero de 1999 y el 18 de diciembre de 2014, cuyo plazo se amplió hasta 2053.

Este mismo permiso feneció el último día de diciembre pasado, después de que la XVI Legislatura estatal publicó un decreto que dejó sin validez la postergación del permiso, aunque la empresa mantiene la operación del servicio por orden de un juez federal como parte de un amparo en curso.

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El procedimiento administrativo de CAPA está establecido en el artículo 40 del Código Fiscal de Quintana Roo, para comprobar que los contribuyentes o responsables solidarios cumplan con las disposiciones fiscales, o en su caso, determinar la comisión de delitos fiscales.

La fracción II de la misma disposición faculta a las autoridades respectivas a requerir a los contribuyentes, responsables solidarios o terceros relacionados a que exhiban (en su domicilio, oficinas de autoridades o en el buzón tributario), su contabilidad, los datos, documentos o informes.

Pero la compañía recurrió a un par de amparos para tratar de sortear las auditorías, cuyos casos se debaten por separado en el Juzgado Quinto de Distrito de Cancún. El juicio donde se impugna el proceso de revisión fiscal 2022 tiene el número 36451297, del cual el juez Alonso Robles Cuétara negó la suspensión provisional, el 30 de octubre pasado: “Conceder la suspensión respecto del ejercicio de facultades de comprobación de la autoridad exactora contravendría disposiciones de orden público y perjudicaría el interés social de que todas las personas contribuyan al gasto público mediante el pago de contribuciones, al impedir su determinación, cobro y entero”.

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El otro juicio contra la fiscalización 2020 tiene el número 35746247 desde junio pasado, en el cual se negó la suspensión provisional y definitiva, pero se dictó una sentencia favorable a la concesionaria el miércoles pasado. La protección constitucional obedeció a errores en la notificación de la auditoría, pues se avisó de la entrega de documentos en vez de la orden de gabinete.

El fallo protector ordenó dejar sin validez el oficio del procedimiento y las constancias de entrega del citatorio y su notificación, aunque se aclaró que no se impide que se emita un nuevo requerimiento. La empresa concesionaria defiende legalmente la operación del servicio hasta 2053, a pesar de quejas reiteradas de usuarios sobre cobros abusivos, falta del vital líquido y un drenaje sanitario ineficiente.

También hay que señalar que un juzgado federal falló contra Aguakan en su búsqueda de suspender una revisión de la Comisión de Agua Potable y Alcantarillado (CAPA) por los ingresos obtenidos durante 2020 en los cuatro municipios de Quintana Roo donde mantiene una concesión.

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El Juzgado Quinto de Distrito emitió un acuerdo el pasado jueves 31 de octubre contra la negativa de otorgamiento de una suspensión a favor de Aguakan contra la revisión de gabinete solicitada por la Dirección de Recuperación de Adeudos y Ejecución Fiscal de la CAPA, mediante el oficio CAPA/DG/CJ/0481/2024 expedido en agosto pasado.

La concesionaria tramitó una demanda de amparo indirecto mediante su razón social, Desarrollos Hidráulicos de Cancún, ante el citado juzgado federal contra la revisión de gabinete. El recurso fue ingresado el pasado 24 de octubre. Se trata de varios millones de pesos que han ingresado a las arcas de la concesionaria que no ha querido reportar a la CAPA, la cual tiene la sospecha de probable malversación.

En el acuerdo emitido por el citado órgano jurisdiccional dentro del expediente 1049/2024, se informó que Aguakan busca bloquear el ingreso de la CAPA a sus archivos contables. No obstante, por ahora se le negó el otorgamiento de una medida cautelar porque una suspensión de este tipo contraviene el interés público.

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“Se niega la suspensión provisional solicitada a efecto que no se emita resolución determinante como resultado del desahogo de la revisión de gabinete contenida en la orden de visita reclamada (…) proceder de la manera en que se pide implicaría la paralización de un procedimiento administrativo (…) tiene como objetivo el debido cumplimiento de la obligación de contribuir al gasto público mediante la emisión (…)conceder la medida cautelar iría en contra de disposiciones de orden público”.

No es la primera vez que Aguakan se niega a que lo fiscalicen. A mediados de del año promovió una demanda similar para evitar la revisión de los ingresos económicos obtenidos durante el ejercicio fiscal 2022. Sobre este último caso quedó amparado, pero porque la CAPA realizó mal el procedimiento administrativo de revisión; no obstante, la dependencia puede volver a requerir a la concesionaria.

En este embrollo judicial hay que destacar que la Fiscalía General de la República (FGR) resolvió no ejercer acción penal contra el apoderado legal y director general de Aguakan, Paul Andrew Rangel. La determinación ministerial se confirmó mediante el oficio número FGRFECOC-FEIDA-1061-2024 que fue autorizado el 25 de junio pasado.

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La resolución citada fue entregada al Juzgado Octavo de Distrito radicado en Cancún, como parte de un amparo que se tramitó el 6 de marzo del presente año. El juicio de garantías 34862176 fue interpuesto por el director general de “Desarrollos Hidráulicos de Cancún”, que opera comercialmente con el nombre de Aguakan.

Rangel Merkley solicitó medidas cautelares contra una eventual orden de aprehensión en su contra, y para que se le diera acceso y poder consultar una carpeta de investigación en etapa inicial. En el juicio de garantías se señalaron como autoridades responsables, al Juez de Distrito Especializado del Centro de Justicia Penal Federal en Cancún, al fiscal federal en Quintana Roo de la FGR y al agente del Ministerio Público de la Federación titular de la Cédula II-4 (como ordenadoras), y a la Policía Federal Ministerial (ejecutora).

La empresa pidió medidas cautelares ante la abrogación de la concesión que culminó en 2023, que fue aprobada por la XVII Legislatura local y publicada en el Decreto 250, el 22 de diciembre. El caso tiene que ver con la defensa legal de la empresa iniciada desde finales del año pasado, con la cual pretende mantener la operación del servicio de agua potable, alcantarillado y saneamiento en los municipios de Benito Juárez, Isla Mujeres, Puerto Morelos y Solidaridad.

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La acusación se debió a que presuntamente incurrió en un fraude procesal, con actos engañosos que aparentemente buscaban impedir la administración de justicia de una manera eficaz. El directivo solicitó la protección federal para que se le permitiera el acceso irrestricto al contenido de la indagatoria, aun cuando no hubiera sido imputado. El argumento que utilizó fue para garantizar su derecho a una defensa adecuada y los principios de igualdad entre las partes y de la presunción de inocencia.

En el amparo relató el directivo que agentes de la Policía Federal Ministerial acudieron a su domicilio, el 13 de febrero del presente año. La supuesta visita obedeció para recabar información relacionada con el y la concesionaria (de la cual es apoderado general para pleitos y cobranzas), como parte de una indagatoria o carpeta de investigación en etapa de investigación.

Sobre esos mismos hechos, mencionó que recibió la negativa de un escrito dirigido al agente titular del Ministerio Público de la Federación de la Cédula II-4 en Cancún, el 19 de febrero pasado. En los informes rendidos al juez, el agente del Ministerio Público de la Federación titular de la Célula IV de EIL-2 en Cancún trascendió que “negó los actos reclamados, sin embargo, manifiesta la existencia de la carpeta de investigación de su índice”.

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Trascendió que la carpeta de investigación fue turnada al Agente del Ministerio Público de la Federación EIL-B-II, adscrito a la Fiscalía Especializada en Investigación de Delitos contra el Ambiente y Previstos en las Leyes Especiales de la FGR en la Ciudad de México.

Fue el fiscal responsable quien finalmente notificó al juez federal radicado en Cancún, que mediante oficio FGRFECOC-FEIDA-1061-2024 del 25 de junio pasado, “se autorizó decretar el no ejercicio de la acción penal en la carpeta de investigación”. El mismo juez reconoció que se le remitió una copia certificada del documento que se hizo del conocimiento de las partes del juicio, el 19 de agosto del presente año, mismo que se publicó en los acuerdos del juzgado, el lunes pasado.

Actualmente, Aguakan libra una batalla legal contra el retiro de su concesión de agua potable en cuatro municipios de Quintana Roo, mientras el malestar general crece por el pésimo servicio que ofrece en Solidaridad, Isla Mujeres, Puerto Morelos y Benito Juárez.

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Sin embargo, Antes de que acabe este 2024, se le habrá rescindido el contrato a la empresa Aguakan, que controla la distribución del agua potable en cuatro de los 11 municipios de Quintana Roo, además, no habrá indemnización por parte de la empresa que ha hecho negocio durante años, por prestar un caro y deficiente servicio de agua potable.

Uno de esos argumentos es que la empresa acusa al Congreso de no estar facultado para derogar un contrato que fue autorizado por el gobierno del estado y los municipios, pero la contraparte asegura que eso es falso pues la ley de municipios prevé que cuando una concesión excede el tiempo en funciones de una administración municipal, el poder legislativo debe autorizar un nuevo permiso mediante una licitación, lo cual no sucedió, pues nunca se licitó la ampliación del servicio, aun y cuando la concesión se amplió no sólo temporalmente, sino territorialmente hacia los municipios de Solidaridad y Puerto Morelos.

El decreto que anuló la concesión de Aguakán se basa también en los resultados que arrojó la consulta pública realizada el 5 de junio de 2021, en la que más de 35% del padrón electoral de los municipios involucrados votó a favor de rescindir el contrato de concesión.
Dicho ejercicio consultó a la ciudadanía:“¿Está usted de acuerdo que, la empresa Aguakan continúe prestando el servicio concesionado de agua potable, alcantarillado y saneamiento?”.

En Benito Juárez el “Sí” obtuvo 69,893 votos, mientras que el “No” alcanzó 157,759 votos, es decir, más del doble no quiere la continuidad de la empresa. El porcentaje de participación fue de 36.79 por ciento.

En Isla Mujeres, los resultados fueron: “Sí” 3,806; “No” 5,880, con un porcentaje de participación de 44.96 por ciento.

En Puerto Morelos, el “Sí” obtuvo 3,647 votos y el “No” 5,947; con una participación de 44.96por ciento.

En Solidaridad, los resultados fueron: Sí” con 11,269 votos, el “No” con 51,417, y una participación de 28.02 por ciento. Es el único municipio donde la votación alcanzada no permite que la consulta sea vinculante.

 

 

 

 

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