► Entrará en funciones el 18 de noviembre y estará a cargo de Fabián Azael Gamboa Song, que dejará la dirección del Instituto de la Defensoría Pública del Estado para convertirse en juez civil y familiar oral especializado en adopciones

► Tendrá su sede en Chetumal, con representación en Cancún y auxilio de los juzgados familiares y administraciones de gestión judicial de todos los distritos del estado para recibir e integrar expedientes

 

Francisco Hernández/CAMBIO 22

CHETUMAL, 4 de noviembre.- El Consejo de la Judicatura del Estado de Quintana Roo (CJE) decretó la creación del Juzgado Familiar de Primera Instancia Especializado en Adopción, como medida para agilizar estos procedimientos y garantizar el respeto de los derechos de niñas, niños y adolescentes en materia de adopción, privilegiando su superior interés.

El nuevo juzgado tiene como finalidad la atención objetiva de los asuntos relacionados con la adopción y que los mismos se lleven con arreglo a las leyes y a los procedimientos aplicables, para que las adopciones se lleven de manera pronta y expedita, además de en aras de que éstas sean convenientes y posibles respecto de su situación jurídica y a la idoneidad de quien pretenda dicha adopción.

Por eso se consideró idóneo que estos trámites se concreten en un único órgano jurisdiccional de competencia mixta, tanto en la vía ordinaria como en la vía oral.

Asimismo, el nuevo juzgado estará integrado por una persona juzgadora mixta de primera instancia, cuando menos, quien fungirá como jueza o juez familiar de primera instancia en el procedimiento al que hace referencia el Capítulo III del Título Quinto de la Ley de Adopción del Estado de Quintana Roo; y como jueza o juez familiar oral en los procedimientos enunciados en los Capítulos I, II y IV del Título Quinto de esa misma Ley.

Para designarlo, se realizó un el noveno concurso de oposición para acceder al cargo de jueza o juez civil y familiar oral, en el mes de septiembre, del cual resultó ganador Fabián Azael Gamboa Song, quien es director del Instituto de la Defensoría Pública del Estado y dejará ese cargo para convertirse en el nuevo juez especializado en adopciones.

El Juzgado Especializado en Adopción tendrá competencia en la vía ordinaria en lo concerniente al otorgamiento de la declaración de adoptabilidad por pérdida de la patria potestad, de conformidad con lo aplicable en la legislación correspondiente.

En la vía oral, conocerá de los asuntos relativos a los procedimientos de declaración de adoptabilidad por abandono, adoptabilidad voluntaria, así como de adopción, en los términos que señala la Ley de Adopción del Estado de Quintana Roo.

En razón de lo anterior, los Juzgados Familiares de Primera Instancia y los Juzgados Familiares Orales de Primera Instancia del Estado de Quintana Roo dejarán de conocer de los asuntos que sean competencia del Juzgado Especializado en Adopción, a partir del inicio de operaciones del mismo, que será el 18 de noviembre próximo, según el artículo segundo transitorio del acuerdo del CJE.

El Juzgado Especializado en Adopción se ubicará en Chetumal, en el edificio donde están los juzgados penales orales de la avenida Framboyanes entre Calle Chicozapote y Machiche, número 250, y contará con una representación en el Distrito Judicial de Cancún, en la Calle 84 entre la 47 y 2 Sur, Supermanzana 77, Manzana 3, Lote 5, de la Colonia Corales.

Además, el personal adscrito al Juzgado Especializado en Adopción actuará de forma itinerante de acuerdo con su adscripción, en los Distritos Judiciales correspondientes a la zona norte y zona sur del estado en los casos que así se requiera.

Para su funcionamiento, el Juzgado Especializado en Adopción se auxiliará en los órganos jurisdiccionales que conozcan de materia familiar y familiar oral, así como de las administraciones de gestión judicial competentes en los Distritos Judiciales de Felipe Carrillo Puerto, José María Morelos, Solidaridad, Cozumel, Isla Mujeres y Lázaro Cárdenas, en sus respectivos domicilios.

Estos órganos jurisdiccionales y administraciones de gestión judicial llevarán a cabo la recepción de demandas, promociones y escritos relativos a los procedimientos de los que conozca el Juzgado Especializado, en la vía de su competencia.

De igual forma, integrarán los expedientes físicos y electrónicos respectivos con los números consecutivos correspondientes al Juzgado Especializado, y conservarán los expedientes físicos en sus recintos judiciales para su consulta, con independencia de que los mismos puedan ser consultados electrónicamente por las partes.

En sintonía con lo indicado anteriormente, las personas que funjan como actuarios de los órganos jurisdiccionales y administraciones de gestión judicial de los distritos judiciales señalados realizarán las notificaciones respectivas en los expedientes en mención, en auxilio del Juzgado Especializado y en coordinación con la persona titular del mismo.

No obstante, el acuerdo establece que los asuntos iniciados con anterioridad al inicio de funciones del Juzgado Especializado en Adopción continuarán conociéndose hasta su conclusión por los Juzgados Familiares Orales respectivos en los asuntos de su competencia.

En cambio, los asuntos que se encuentren radicados en los Juzgados Familiares de Primera Instancia del sistema tradicional continuarán el trámite correspondiente ante el Juzgado Especializado en Adopción.

Para tal efecto, las personas titulares de tales órganos jurisdiccionales deberán remitir los expedientes respectivos al Juzgado Especializado, en términos de la legislación aplicable.

El acuerdo general 13/2024 del CJE indica que el juzgado especializado se crea ante la necesidad de contar con un órgano especializado que conozca de las adopciones de niñas, niños y adolescentes en el estado, y garantizar una atención ágil y con sensibilidad social.

 

franciscohcambio22@gmail.com

JFCB

WhatsApp Telegram
Telegram