• El INE había rechazado la queja que presentó la candidata Xóchitl Gálvez por frases a favor de su adversaria que se encuentran en el último libro del presidente.

 

  • El TEPJF preparó un proyecto de sentencia que propone ordenar que se atienda la denuncia.

 

 

CIUDAD DE MÉXICO, 31 de marzo.- El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) analiza ordenar al Instituto Nacional Electoral (INE) que atienda la denuncia presentada por Xóchitl Gálvez, candidata presidencial de la coalición PAN-PRI-PRD, en contra del presidente de México, Andrés Manuel López Obrador, por expresiones contenidas en su libro ¡Gracias! que podrían constituir actos anticipados de campaña en favor de Claudia Sheinbaum, candidata de la coalición Sigamos Haciendo Historia.

El proyecto de sentencia preparado por el magistrado Reyes Rodríguez Mondragón plantea revocar el acuerdo por el que la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral (UTCE) del INE desechó la queja en primera instancia, ya que señala que de manera incorrecta la autoridad consideró que Gálvez no aportó indicios suficientes sobre los hechos denunciados, entre los cuales también señaló uso indebido de recursos públicos y vulneración a los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad en la contienda.

La denunciante argumentó que expresiones contenidas en el libro como “con Claudia se garantiza la continuidad de nuestro movimiento de transformación: la conozco desde hace 23 años, siempre hemos trabajado juntos y es una mujer preparada, con convicciones y, sobre todo, honesta”, tuvieron la clara intención de posicionar anticipadamente a Sheinbaum ante el electorado.

Otra frase denunciada es: “Estoy sereno y contento porque Claudia Sheinbaum, quien me ha sustituido en la dirección del movimiento de transformación, representa una auténtica garantía de que tendremos un porvenir de más justicia y más honestidad en nuestro México lindo y querido”.

El libro salió publicado en pleno período intercampañas, es decir, después del final de las precampañas y 20 días antes del inicio de las campañas, tiempo cuando los candidatos no pueden realizar proselitismo.

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El INE desechó la queja argumentando que no contó con el libro para corroborar los hechos denunciados ni la quejosa entregó pruebas suficientes, además de que el Presidente realizó dichas expresiones “en su calidad de ciudadano”, y no se aprecia una solicitud de voto a favor o en contra de una candidatura.

Por si parte, el magistrado Rodríguez Mondragón afirma que la UTCE del INE pudo solicitar a Gálvez un ejemplar físico o un archivo electrónico, y no debió validar la legalidad del contenido del ejemplar antes de revisarlo.

“La quejosa sí aportó pruebas suficientes para acreditar, al menos de manera indiciaria, la existencia de los hechos denunciados. Por tanto, correspondía a la autoridad instructora realizar aquellas diligencias que estuvieran a su alcance para allegarse de mayores elementos y, en su oportunidad, remitir el expediente a la Sala Especializada para su resolución”, indica el proyecto.

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El magistrado asegura que no se puede pronunciar sobre si es válido que un actor político sumamente relevante, como lo es un Presidente de la República, comercialice un libro justo durante la campaña, en el que habla a favor de la candidata de su partido y en contra de abanderada opositora, pues esto corresponde a la Sala Especializada.

“Al resultar fundados los alegatos de la recurrente, lo procedente es revocar el acuerdo reclamado para el efecto de que la UTCE, de no advertir alguna otra causa de improcedencia, admita la queja en cuestión, efectúe las actuaciones que estime pertinentes durante la sustanciación del procedimiento y, en su oportunidad, remita las constancias a la Sala Especializada, para que resuelva lo que en derecho corresponda”, plantea.

No sería la primera ocasión en que el presidente de México es señalado de pasar por encima de las reglas electorales con “trampas” para incidir en el electorado, pues existen varias sanciones y medidas cautelares que le han puesto debido a quejas por violar la equidad de la contienda y la neutralidad del Estado en sus conferencias “mañaneras”.

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Las frases específicas de López Obrador citadas por Gálvez son motivo de debate sobre los límites de la promoción política y la utilización de las autoridades de plataformas personales para influir en el proceso electoral.

La decisión del magistrado Reyes Rodríguez de plantear la revocación del fallo inicial subraya una preocupación por garantizar la imparcialidad, neutralidad y equidad en las elecciones, principios fundamentales en cualquier democracia.

Si el TEPJF decide a favor de la propuesta de Rodríguez, el INE tendría que revisar nuevamente la queja de Gálvez, y podría establecer un precedente importante en la regulación de la conducta política en México.

 

redaccioqroo@diariocambio22.mx

ADG

 

 

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