Rechaza Teqroo Ordenar Registro de Aspirante Independiente a Alcalde de Solidaridad
2 Feb. 2024
►Antonio Ramos Pérez perdió su oportunidad, entre otras razones, por simular una candidatura indígena en su planilla
►Ordenan al Ieqroo suspender descuentos de multa al MÁS durante el proceso electoral
Redacción/CAMBIO 22
CHETUMAL, 2 de febrero.- El Tribunal Electoral de Quintana Roo (Teqroo) confirmó el acuerdo del Consejo General del Instituto Electoral de Quintana Roo (Ieqroo) en el que rechazó el registro de Antonio Ramos Pérez como aspirante a la candidatura independiente a alcalde en el municipio de Solidaridad, autorización que le fue negada debido a que, entre otras cosas, simuló el cumplimiento de la postulación de una candidatura indígena en su planilla.
En el Juicio para la Protección de los Derechos Político Electorales de la Ciudadanía Quintanarroense, JDC/007/2024, el aspirante alegó que el Ieqroo valoró indebidamente las constancias exhibidas para la acreditación de la acción afirmativa indígena.
Sin embargo, el Teqroo ordenó confirmar el acuerdo del Consejo General del Ieqroo, pues determinó que, además, la integración de la planilla incumplió con la presentación de diversos requisitos de 16 de sus candidatos propietarios y suplentes.
Debido a lo anterior, Antonio Ramos Pérez no podrá recaudar firmas de apoyo para estar presente en la boleta y quedó fuera de la competencia por ser candidato independiente.
El Teqroo también atendió el Recurso de Apelación RAP/013/2024, presentado por el partido Más Apoyo Social (MAS) en contra del oficio DPP/035/2024, emitido por la Dirección de Partidos Políticos de Ieqroo, por medio del cual le notifican la reducción de sus ministraciones mensuales para el sostenimiento de sus actividades ordinarias para este año, por las sanciones impuestas por el INE en el año 2020.
El partido pidió al tribunal que ordene al Ieqroo suspender el cobro durante el desarrollo del presente proceso electoral y se continúe con los descuentos una vez finalizada la contienda electoral.
Al respecto, el Teqroo le dio la razón al partido, y revocó “lisa y llanamente” el oficio emitido por la Dirección de Partidos del Ieqroo, ordenando diferir la reducción de la ministración mensual del partido que corresponda a los meses en que se desarrolle el proceso electoral y que realice los descuentos hasta después de la elección.
Asimismo, se atendió el Recurso de Apelación RAP/014/2024, promovido por el Partido de la Revolución Democrática (PRD), en contra de un acuerdo de la Comisión de Quejas y Denuncias del Ieqroo, en el cual se determinó desechar el escrito de queja identificado con el número IEQROO/POS/006/2024.
Por unanimidad de votos, el pleno confirmó el acuerdo impugnado, al considerar que éste se realizó conforme a derecho, y no transgrede de forma alguna los principios constitucionales rectores de la materia electoral.
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