Guanajuato Endurece Castigos por Violencia Familiar Tras Más de 33 Mil Denuncias en Dos Años
22 Mar. 2026
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Reforma eleva penas hasta 12 años de prisión y establece multas ante el aumento sostenido de querellas por este delito
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Especialistas advierten que los cambios podrían saturar el sistema judicial al tratarse del ilícito más denunciado en la entidad
Redacción / CAMBIO 22
Del 2024 a enero del 2026, la Fiscalía General del Estado (FGE) recibió 33 mil 807 denuncias por violencia familiar, delito que ahora se castiga con más severidad porque el Congreso aprobó aumentar la pena máxima de seis a 12 años de prisión y estableció una multa máxima de 120 días.
Del 2024 al 2025, aumentó en un 4.1 por ciento el número de denuncias por violencia familiar en Guanajuato, de acuerdo con estadísticas del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SNSP).
En el 2024, la FGE recibió 15 mil 958 querellas por violencia familiar; en 2025, 16 mil 626; y en enero del 2026, mil 223 denuncias, detalla el Sistema.
El 26 de febrero, a propuesta de la gobernadora Libia García Muñoz Ledo, el Congreso reformó el Código Penal para aumentar las penas del delito de violencia familiar.
El castigo que contemplaba el artículo 221 del Código Penal era de uno a seis años de prisión, sin multa.
Con la reforma aumentó la sanción privativa de la libertad de dos a nueve años y se creó la violencia agravada, que se castiga de tres a 12 años de prisión. En ambas se estableció una multa que antes no existía.
El 18 de marzo fue publicada la reforma en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado y entró en vigor al día siguiente.
“A quien ejerza violencia de cualquier tipo contra una persona con la que tenga relación de parentesco, matrimonio, concubinato o análoga; contra los hijos del cónyuge o pareja, pupilos o incapaces que se hallen sujetos a la tutela o custodia de uno u otro, se le impondrá de dos a nueve años de prisión”, marca el artículo 221 que entró en vigor.
También establece una multa de 20 a 90 días.
La reforma al artículo 221-a señala que la violencia familiar es agravada cuando la víctima sea menor de edad o incapaz, cuando la violencia física sea por razón de discapacidad y cuando las lesiones que por lo menos tarden en sanar más de quince días, dejen cicatriz permanente y notable en la cara, cuello o pabellón auricular o pongan en peligro la vida.
También cuando la víctima sea una mujer embarazada o durante los tres meses siguientes al parto, cuando se cometa con la participación de dos o más personas, con armas de fuego, punzocortantes o cuando se tengan documentados ante autoridad antecedentes o denuncia de violencia familiar cometidos por el mismo agresor.
“Al responsable del delito de violencia familiar agravada se le impondrá de tres a 12 años de prisión y de 30 a 120 días de multa”, señala el artículo.
Para la abogada y defensora pública, Catalina Pérez Razo, con el aumento de la punibilidad ya no se podrá resolver la situación jurídica a través de la suspensión condicional del proceso.
“Así que, todas las personas que sean vinculadas a proceso por violencia familiar, su situación tendrá que ser resuelta a través de un procedimiento abreviado. Es decir, se dictará una sentencia condenatoria que tendrá una pena de prisión, multa, reparación de daño”, explicó.
Sin embargo, alertó que con la reforma se colapsará aún más el sistema judicial porque la violencia familiar es el delito más denunciado.
“Muchísimas personas son vinculadas a proceso por día; habrá muchas personas en la cárcel, la mayoría hombres”, concluyó.
Fuente: La Jornada
AFC/MA


















