Costará Casi 2 Mil Millones de Pesos el Primer Año de Modernización del Transporte Urbano en Quintana Roo
5 Mar. 2026
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A más de 1 mil 832 millones de pesos asciende el impacto presupuestal calculado para la implementación de las reformas a la Ley de Movilidad en materia de transporte urbano en el 2026
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Según la Sefiplan, el Imoveqroo solventará esos gastos con recursos propios, sin aportaciones adicionales del gobierno del estado
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El monto equivale a multiplicar más de 5 veces el gasto actual del instituto, pero se espera que se solvente con los ingresos obtenidos de la operación del transporte urbano en ciudades como Cancún, Chetumal y Playa del Carmen, sin necesidad de subsidios procedentes del presupuesto público
Francisco Hernández/CAMBIO 22
CHETUMAL, 5 de marzo.- Un alto costo absorberá el transporte público operado por el gobierno del estado en al menos las ciudades de Chetumal, Cancún y, posiblemente, Playa del Carmen, en primera instancia, pues el impacto presupuestal calculado es de 1 mil 832 millones 307 mil 436 pesos, correspondientes al año 2026.
La estimación del impacto presupuestal fue informada por la Secretaría de Finanzas y Planeación (Sefiplan) del gobierno del estado a la XVIII Legislatura como parte de la preparación del dictamen de la reforma, y fue realizada por el personal de la Dirección de Administración, Finanzas y de Archivos del Instituto de Movilidad de Quintana Roo (Imoveqroo).
La Sefiplan informa que ese impacto presupuestal es viable y será solventado “con los recursos propios de este instituto, no requiriendo recursos adicionales por parte del estado”, sin dar mayores explicaciones sobre el origen de esos fondos.

Sin embargo, del propio dictamen de la reforma aprobada ayer se presume que provendrá del Fideicomiso Público para la operación del Sistema Integrado de Transporte de Quintana Roo (Sitqroo) que se creó, el cual será un fideicomiso de inversión y administración destinado a concentrar y distribuir los recursos generados por el cobro de tarifas que correspondan al Imoveqroo por las concesiones y servicios que ya operaba por mandato de Ley o en virtud de los convenios que suscriba con los ayuntamientos para la operación de transporte urbano.
Al fideicomiso también irán los ingresos que obtenga el Imoveqroo por la comercialización, administración o aprovechamiento de los espacios publicitarios del Sitqroo, y también los recursos derivados del cobro del 1.5 % por servicio contratado que se cobra a las plataformas digitales de transporte privado de pasajeros, como Didi y Cabify.
La operación del transporte urbano significará multiplicar por poco más de cinco veces el gasto actual efectuado por el Imoveqroo para la administración de servicios como las concesiones de carga y transporte de taxis y foráneos, así como expedición de licencias de conducir, pues en el 2025 el gasto total del instituto fue de 580 millones 374 mil pesos.
Y en materia de ingresos, en el 2025 obtuvo 397 millones 668 mil pesos por “venta de bienes y prestación de servicios”, además de 111 millones 269 mil pesos en subsidios, más otros montos menores por productos, aprovechamientos y beneficios varios, que en total le dieron 159 millones 423 mil pesos, por lo que tuvo una operación deficitaria que dejó deudas por 60 millones 950 mil pesos, según los estados financieros de su Cuenta Pública.
El dictamen de la reforma a la Ley de Movilidad dice que el Fideicomiso del Sitqroo tiene por finalidad la “gestión transparente, eficiente y sujeta a mecanismos de control y fiscalización de los ingresos del sistema, garantizando su sostenibilidad financiera a largo plazo y la adecuada aplicación de los recursos para mantenimiento, renovación de flota e infraestructura”.
Pago por kilómetro recorrido como el “Va y ven”
En cuanto al gasto operativo, el transporte urbano administrado por el gobierno del estado operará con el sistema de pago por kilómetro recurrido a los concesionarios, de la misma forma que lo hace el transporte “Va y ven” del estado de Yucatán, implementado desde el gobierno del panista Mauricio Vila Dosal por el ahora director del Imoveqroo, Rafael Hernández Kotasek.
Lo anterior significa que, además de las concesiones de transporte urbano tendrán vigencias de 10, 15 y hasta 30 años, según la tecnología y la inversión de los autobuses, a las personas concesionarias se les pagará por concepto de kilómetro en ruta, con montos establecidos en los títulos de concesión.
La reforma dice que el pago por kilómetro es un modelo de financiamiento que tiene como finalidad dotar de certeza y viabilidad económica al servicio, al considerar variables tales como los costos operativos, financieros y de mantenimiento, así como no hacer depender la remuneración del número de personas pasajeras transportadas.
Las cantidades de pago por kilómetro podrán ser diferenciadas dependiendo de las características y circunstancias específicas del servicio amparado por cada concesión, como el tipo de vehículo con el cual se brinda el servicio y el tipo de combustible que utilice, entre otros elementos variables e invariables.
El pago se calculará a partir de la suma del costo fijo por unidad, tomando en cuenta el número de rutas, los kilómetros recorridos, el cumplimiento de la programación establecida, más los costos variables por unidad, actualizados anualmente tomando en cuenta la inflación y variaciones de precios de los insumos, como combustibles.

El pago por kilómetro se realizará incluso por los momentos en que los autobuses circulen vacíos, por lo que las concesiones contemplarán un número máximo de kilómetros en vacío a pagar.
No obstante, en su comparecencia ante el Congreso del Estado para exponer la reforma, el director del Imoveqroo, Rafael Hernández Kotasek, no indicó o ejemplificó cuales serían los montos de pago por kilómetro en rutas de Cancún, Chetumal y Playa del Carmen, a pesar de que el diputado de Movimiento Ciudadano, José Luis Pech Várguez, le preguntó cuáles eran las diferencias y coincidencias del sistema de transporte que se quiere implementar en Quintana Roo respecto al “Va y ven” del estado de Yucatán, que él mismo implementó, y su sustentabilidad financiera.
Debido a lo anterior, al parecer los montos mínimos y máximos de pago por kilómetro sólo podrían conocerse hasta que los títulos de concesión se firmen o lleguen al Congreso del Estado para su ratificación.
Lo único que dijo Hernández Kotasek es que el modelo de pago por kilómetro recorrido garantiza que los autobuses brinden su servicio a la ciudad, cumpliendo sus horarios, respeten las tarifas y cumplan con las tarifas sociales, que los autobuses no se anden rebasando y cumplan su programación, horarios nocturnos y trabajo de fines de semana, eliminando incentivos nocivos cuando se pelean por el pasaje.
Asimismo, aseguró que el modelo del “Vaivén” de Yucatán tiene pocas similitudes con las que se aplicará en Quintana Roo en lo jurídico, pero en lo operativo sí, y también a los de Ciudad de México, Nuevo León, Jalisco, Guanajuato, Querétaro, Aguascalientes, en el fondo de pagar por kilómetro recorrido, centros de transferencia, el pago electrónico, en tarifa social y en obligar a la modernización de unidades.
En sustentabilidad financiera, dijo que el subsidio que se hace al sistema de transporte no va al concesionario, sino a los descuentos para usuarios con discapacidad, estudiantes, adultos mayores, a los transbordos y cobertura de horarios de uso bajo.
Dijo que lo importante para sostener el sistema son las fuentes de financiamiento que se tendrán, como en Jalisco, donde el transporte de sostiene con los ingresos de fotomultas, mientras en Nuevo León se tiene un subsidio vinculado a los ingresos de usos de suelo, y aseguró que para Quintana Roo no tendrá un impacto financiero sobre su presupuesto.
Por otra parte, el Imoveqroo tendrá un plazo 180 días hábiles, que vence hasta principios de noviembre, para constituir el fideicomiso público para la operación financiera del Sitqroo y el pago de servicios conexos.
Hasta en tanto se constituye el fideicomiso, los recursos del Sitqroo serán depositados y administrados en una cuenta, desde donde se transferirán al fideicomiso en un plazo no mayor de noventa días hábiles posteriores a la constitución del mismo.
KXL


















