Aprueba el Senado de 15 a 25 Años de Prisión para el Delito de Extorsión
20 Nov. 2025
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Se aprobó la Ley General que homologa la persecución penal de la extorsión a nivel nacional
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La pena se elevará hasta a 42 años cuando para montachoques ,extorsiones desde prisiones y cobro de derecho de piso
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Pretende proteger a las víctimas y castigar a los servidores públicos que colaboren para cometerlo, además de restringir el uso de celulares y dispositivos electrónicos en penales como medida preventiva
Redacción/CAMBIO 22
CIUDAD DE MÉXICO, 20 de noviembre.- El Senado de la República aprobó por unanimidad la Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar los Delitos en materia de Extorsión, un nuevo marco jurídico que homologa el tipo penal y su sanción en todo el país, pretende proteger a las víctimas y castigar también a servidores públicos que colaboren en la comisión de ese ilícito, e impone reglas precisas para impedir que en los reclusorios se utilicen celulares y otros dispositivos electrónicos.
La ley se aprobó en lo general con 110 votos a favor, cero en contra y se devolvió a la Cámara de Diputados, con 21 cambios a 15 artículos y la inclusión de un artículo transitorio.

La aprobación también modifica otros cinco ordenamientos: el Código Penal Federal, el Código Nacional de Procedimientos Penales, la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, la Ley Nacional de Extinción de Dominio y la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, para uniformar, homologar y armonizar las definiciones de ese delito, las conductas agravantes, las conductas vinculadas, las sanciones, los estándares y protocolos para su investigación.
La nueva ley mandata que las fiscalías cuenten con unidades, policías, analistas y ministerios públicos capacitados, evaluados, certificados y especializados en la investigación del delito de extorsión, y homologa criterios y procedimientos penales, para que las conductas extorsivas reciban el mismo trato legal, sin importar la entidad federativa donde se cometa.
El umbral de la pena por la comisión por este delito se aumenta en un rango de 15 a 25 años, con agravantes que llegan hasta los 42 años para los que extorsiones desde los centros penitenciarios, a los llamados montachoques, y a quienes cobran derecho de piso.
Como esto se elevan las penas de 6 a 15 años propuestas de manera original en la iniciativa aprobada por la Cámara de Diputados, pues el Senado consideró que el rango original permitiría que personas sancionadas por esa conducta pudieran solicitar su libertad anticipada al aprovechar la retroactividad en su beneficio, lo que implicaría la liberación inmediata de delincuentes con sentencias en Nayarit, Baja California, Quintana Roo, Michoacán y Morelos.
Lo que dice la nueva ley
La nueva legislación establece que quien obligue a otro a hacer dejar de hace o tolerar algo, obteniendo un beneficio o lucro para sí o para otro causando un daño o perjuicio patrimonial, moral, físico o psicológico se le impondrá una sanción de 15 a 25 años de prisión y hasta 500 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, que actualmente equivale a 56 mil 570 pesos.
Y se incrementará hasta 17 años de prisión cuando en la comisión del delito de extorsión se emplee violencia física o moral para exigir el cobro de un daño, derivado de un hecho de tránsito provocado de manera intencional y/o cuando se utilice violencia para exigir el cobro de un daño ocurrido en algún objeto de su propiedad derivado supuestamente de un accidente.

Otras circunstancias que se incluye en esta pena son:
– Cuando el agente se ostente como miembro de algún grupo vinculado a la delincuencia organizada.
– Se empleé cualquier medio para tratar de impedir que la víctima denuncie la extorsión, entre otros.
– El sujeto activo se encuentre privado de su libertad en un centro penitenciario a disposición de cualquier autoridad, independientemente de su situación procesal.
– Se afecte de manera directa la economía de alguna comunidad.
– Cuando el beneficio obtenido o que se pretenda obtener del delito de extorsión, provenga del erario.
– Cuando se utilicen o empleen personas menores de edad.
– Se cometa en contra de cualquier persona servidora pública en razón de su empleo, cargo o comisión público.
– Cuando intervengan dos o más personas.
– El sujeto activo porte vestimentas o instrumentos de identificación, de los utilizados por integrantes de Instituciones de Seguridad Pública.
También se establece que los recursos obtenidos por la extinción de dominio derivada de la comisión del delito de extorsión serán aplicados preferentemente a la restitución de los derechos de la víctima de este delito.
Plantea que se aplicará pena de 10 a 20 años de cárcel a los servidores públicos con atribuciones de prevención, investigación y persecución de los delitos, así como de procuración o impartición de justicia o de vigilancia y custodia en los centros penitenciarios, que se abstengan de denunciar ante el Ministerio Público los delitos de extorsión.
También se establece una pena de seis a 12 años de prisión a quien, sin autorización, introduzca a un centro penitenciario algún dispositivo electrónico o componente que permita la transmisión de datos, voz, geolocalización o imágenes mediante telefonía fija o móvil, radiofrecuencia satelital, Internet o tecnología análoga.
Además, para las víctimas, ofendidos o testigos de delitos de extorsión, se establece que las autoridades deberán adoptar medidas protectoras a lo largo de todas las etapas del procedimiento, cuando esté en peligro la vida de los agraviados, su libertad o integridad física o mental, o puedan ser sometidos por estar en el procedimiento.
En lo particular, el Senado avaló el documento con 95 votos a favor y 12 en contra, con la incorporación de dos modificaciones presentadas por la senadora Martha Lucía Micher Camarena y el senador Ignacio Mier Velazco, del grupo parlamentario de Morena.
Las reservas aceptadas son precisiones en la nueva Ley General contra la extorsión; la primera en los artículos 3, 33 y 41, para incluir la perspectiva de género al momento de atender a las víctimas de extorsión.
La segunda modifica el artículo 17, para precisar que se aumentarán las penas por extorsión cuando se empleen dispositivos, medios, servicios o plataformas a través de los cuales se pueda realizar la emisión, transmisión o recepción de signos, señales, escritos, imágenes, voz, datos, sonidos o información de cualquier naturaleza que se efectúe a través de hilos, radioelectricidad, medios ópticos, físicos, sistemas electromagnéticos o cualquier otro medio electrónico.
Tras la discusión y votación del proyecto, la Mesa Directiva instruyó su devolución a la Cámara de Diputados para continuar su procedimiento legislativo.
El presidente de la Comisión de Justicia, Javier Corral Jurado, aseguró que se abrió un espacio de estudio y diálogo con todos los integrantes de ambos órganos legislativos para la revisión de la minuta remitida por la colegisladora, lo que resultó en alrededor de 20 cambios a 15 artículos y la adición de una nueva disposición transitoria.
La extorsión es el tercer delito de mayor incidencia en el país, que genera enorme impotencia y frustración a las víctimas cuando no se castiga ejemplarmente o queda impune, y que no solamente afecta el patrimonio, sino que despoja a las personas de su tranquilidad, dignidad y sentido de comunidad”, destacaron el presidente de la Comisión de Justicia, Javier Corral, y el presidente de la Comisión de Estudios Legislativos, Enrique Inzunza.
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