SICT vs. Uber: Gobierno Afirma que Apps no están Autorizadas en Aeropuertos pese a Alegato de Permisos
30 Oct. 2025
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Transporte en aeropuertos 2025 | SICT aclara normativa sobre empresas de aplicación
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Pasajeros aéreos en México: solo taxis y servicios autorizados internos
Gabriel Hernández / CAMBIO
La Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT) informó este 29 de octubre de 2025 que los servicios de transporte de pasajeros “de y hacia los aeropuertos” no pueden ser prestados por empresas de aplicación, ya que estas no cuentan con la autorización correspondiente expedida por la dependencia federal.
El comunicado indica que, aunque algunas plataformas obtuvieron suspensiones judiciales, estas no implican una autorización válida para operar en zonas federales aeroportuarias.
En la nota informativa, la SICT aclara que los viajeros podrán seguir utilizando los servicios de taxis tradicionales en los aeropuertos, así como servicios turísticos y autobuses autorizados, pero no las apps que recogen pasaje dentro de las terminales. Precisó que las plataformas “no cuentan con autorización expedida por la Secretaría para prestar estos servicios de transportación”.

Desde el punto de vista operativo, este posicionamiento implica que los conductores afiliados a aplicaciones que realicen servicios dentro del perímetro aeroportuario pueden estar sujetos a revisiones o detenciones, a pesar de contar con suspensiones judiciales temporales. Las autoridades insisten en que la defensa legal de las plataformas no sustituye la regulación federal que exige licencias, seguros, revisiones médicas y contrapeso regulatorio.
Para los pasajeros, el comunicado representa una advertencia, al abordar una app en un aeropuerto, pueden estar usando un servicio no autorizado desde el punto de vista federal.

Esto puede afectar garantías como seguros, responsabilidad en el traslado u operatividad en zonas federales. La SICT alienta a los usuarios a confirmar la autorización y a recurrir a los servicios tradicionales dentro de los aeródromos.
La medida también envía un mensaje a los operadores de plataformas digitales: hasta que no obtengan la autorización correspondiente de la SICT o la Dirección General de Autotransporte Federal (DGAF), no están legalmente habilitados para recoger pasaje dentro de los aeropuertos.

Por lo tanto, las terminales aéreas seguirán reservadas para servicios del transporte federal o estatal habilitados.
Finalmente, la regulación se presenta en un momento clave, ya que México se prepara para eventos de alto flujo turístico como la Copa Mundial de Fútbol 2026, que atraerá millones de visitantes.
La SICT señala que es urgente garantizar la legalidad y transparencia del transporte aeroportuario para evitar confusión entre pasajeros, competencia desleal y servicios irregulares.
Con información del Sistema de Noticias CAMBIO 22
KXL/GCH




















