• El tema fue retirado de sus asuntos de próxima resolución, para escuchar a los interesados en el tema, que solicitaron audiencia.

 

  • Organizaciones civiles y de derechos humanos expresaron su preocupación por el proyecto de sentencia elaborado por la ministra Yasmín Esquivel, que busca restringirles el derecho de presentar juicios de amparo para defender derechos colectivos y difusos, como sucede en la materia ambiental.

 

Redacción/CAMBIO 22

CIUDAD DE MÉXICO, 10 de octubre.- Luego de que organizaciones civiles y de derechos humanos expresaron su preocupación por el proyecto de sentencia elaborado por la ministra Yasmín Esquivel Mossa, que buscaba restringir su acceso al juicio de amparo en materia ambiental, al exigirles acreditar afectaciones directas para poder acudir a los tribunales, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) retiró el tema de los asuntos a tratar en su próxima sesión y lo aplazó por tiempo indefinido.

El documento, relativo a la contradicción de criterios 217/2021, fue enlistado entre los asuntos a resolver en la sesión del este jueves 9 de octubre, pero el asunto fue retirado de la lista a solicitud de la propia ministra Esquivel Mossa, para escuchar a los interesados en el tema, que solicitaron una audiencia, según informó durante la sesión el ministro presidente, Hugo Aguilar Ortiz.

“La contradicción de criterios número 217/2021, también tenemos solicitud de audiencia para escuchar a los interesados en este tema y este es un asunto de la Ministra Esquivel Mossa, creo que ella misma, también, tiene algunas peticiones en este sentido”, mencionó el ministro presidente.

Según las ONG firmantes de un pronunciamiento emitido ayer, el proyecto propone un criterio que limita la legitimación activa de las asociaciones civiles defensoras del medio ambiente para promover juicios de amparo, al considerar que el objeto social de una organización no basta para acreditar el interés legítimo, sino que deben acreditar una afectación directa como habitantes o personas que utilizan el área de influencia del ecosistema presuntamente afectado.

El criterio jurisprudencial propuesto por la ministra Esquivel dice: “Esta Suprema Corte de Justicia de la Nación determina que el objeto social de una persona moral no es un elemento que, por sí solo y analizado de manera aislada, pueda ser considerado para efectos de acreditar su interés legítimo para acudir al juicio de amparo a reclamar violaciones al derecho al medio ambiente sano, a pesar de que este se hubiese descrito en su acta constitutiva como encaminado a la protección o defensa de los derechos humanos de manera genérica o, específicamente, del derecho al medio ambiente sano.

No cualquier persona o grupo pueda exigir la tutela de ese derecho, por el simple hecho de estar en su objeto social la defensa o protección de derechos en favor de una colectividad; pues ello sería aceptar el extremo de auto generar el interés para impugnar cualquier posible daño ambiental en el país.

Por el contrario, debe exigirse que se encuentre demostrada la afectación cualificada, a efecto de distinguir el interés con el que cuenta el resto de la población, en relación con el impacto que el acto reclamado tiene sobre los servicios ambientales que tiene a su disposición, a través de dar respuesta a las interrogantes que metodológicamente el juzgador debe plantear en los términos apuntados en esta resolución”, agrega el proyecto.

“El papel (de las organizaciones) en la defensa del derecho a un medio ambiente sano no depende de una afectación individual ni de un vínculo directo con lo que se reclama, sino de su misión institucional en la promoción y defensa del interés público ambiental”, explicaron, por su parte, las asociaciones manifestantes.

Las organizaciones entre las que se encontraron CEMDA, Greenpeace México, Fundar, Artículo 19, México Evalúa, la Red TDT y el Centro Prodh, entre otras, señalaron que el proyecto de Esquivel Mossa contradice el principio de progresividad y vulnera el Acuerdo de Escazú, tratado internacional que garantiza el acceso a la justicia en asuntos ambientales.

También señalaron que esta iniciativa judicial coincide con lo que calificaron como la ofensiva legislativa en el Congreso de la Unión, donde se aprobó una reforma a la Ley de Amparo que busca restringir el interés legítimo y limitar las suspensiones de actos de autoridad.

Aprovechando que el proyecto fue retirado de los asuntos a resolver próximamente, las organizaciones pidieron a la Corte no retomar el proyecto en los mismos términos, y llamaron a las ministras y ministros a reafirmar una interpretación amplia y garantista del interés legítimo, acorde con los estándares internacionales de derechos humanos.

 

 

Con información de El Economista y Proceso

redaccionqroo@diariocambio22.mx

RHM

 

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