• La reforma impulsada por Layda Sansores permite ocupación inmediata de bienes, plazos mínimos de defensa y pagos diferidos hasta en 10 años.

 

  • Oposición y COPARMEX advierten inseguridad jurídica y denuncian que la nueva norma convierte al Estado en juez y parte en la valoración de propiedades.

 

Renan Castro Hernández/ CAMBIO 22

El pasado 2 de septiembre de 2025, el Congreso de Campeche aprobó en fast-track (sesión extraordinaria) una polémica reforma a la Ley de Expropiación y demás Limitaciones al Derecho de Propiedad del estado. La iniciativa, enviada por la gobernadora Layda Sansores, fue avalada por la mayoría oficialista de Morena con 18 votos a favor y 13 en contra, esta nueva ley permite al gobierno estatal expropiar terrenos y predios privados bajo el criterio de “utilidad pública”, introduciendo cambios sustanciales en el proceso de expropiación.

Los legisladores de oposición y diversos organismos han expresado seria preocupación, advirtiendo que la reforma limita las vías de defensa de los propietarios afectados, reduce los plazos legales para inconformarse y faculta la ocupación inmediata de los bienes  medidas que, según critican, dejan en estado de indefensión a los ciudadanos frente a posibles abusos del gobierno La Confederación Patronal (COPARMEX) de Campeche incluso alerta que la nueva ley podría generar “inseguridad jurídica” y pone en riesgo el patrimonio de las familias campechanas. A continuación analizamos los alcances de la reforma, las justificaciones del gobierno estatal y las críticas que han surgido en torno a esta controvertida “ley de expropiación exprés”.

Puntos clave de la nueva Ley de Expropiación en Campeche

La reforma aprobada introduce varios cambios que agilizan el proceso expropiatorio en favor del gobierno estatal, pero que han sido señalados como riesgosos para los derechos de los propietarios. Entre los puntos clave de la nueva ley destacan:

  • Plazo de defensa drásticamente reducido: Los propietarios afectados sólo cuentan con 5 días hábiles para responder a la declaratoria de utilidad pública y presentar pruebas en su favor, una vez notificados, este plazo es sustancialmente menor a los 15 días que otorga la ley federal de expropiación, lo que según la oposición resulta insuficiente para organizar una defensa adecuada.

  • Notificación por edictos como única garantía: La declaratoria de utilidad pública se publicará en el Periódico Oficial del Estado y se intentará notificar personalmente al afectado; pero si no es localizado, bastará con la publicación en el diario oficial para darlo por notificado. Críticos señalan que apoyarse en edictos impresos es “ineficaz en la era digital” y podría dejar a muchos propietarios enterándose tarde o nunca del proceso en su contra.

  • Ocupación inmediata del bien expropiado: Decretada la expropiación y notificado el interesado, el gobierno estatal podrá tomar posesión inmediata del inmueble sin esperar a que concluya algún juicio o trámite adicional, esto significa que, en cuestión de días, el afectado podría ser desalojado y el Estado iniciar obras en su propiedad, aun si el propietario busca impugnar la decisión.

  • Indemnización diferida hasta en 10 años: La compensación económica por la expropiación podría pagarse en abonos a lo largo de una década, según prevé la ley local, esto contrasta con la legislación federal, que exige el pago completo en un plazo no mayor a 45 días, en la práctica, el propietario campechano expropiado podría tardar años en recibir el monto íntegro de la indemnización, diluyendo su valor real con el tiempo.

  • Avalúo hecho por el propio gobierno (juez y parte): El valor del bien expropiado será determinado por la Secretaría de Finanzas del Estado, una dependencia del mismo Poder Ejecutivo que realiza la expropiación. Esto supone un posible conflicto de interés, pues la autoridad que quiere el predio también fija su precio, de hecho, la indemnización se basaría en el valor de la última transacción registrada del inmueble, no en su valor comercial actual, lo que podría resultar en montos muy por debajo del valor de mercado real.

  • Sin apelación administrativa local: La resolución expropiatoria no admitirá recurso administrativo alguno en el ámbito estatal, es decir, el afectado no podrá apelar la decisión ante instancias del propio gobierno de Campeche, la única vía de defensa será acudir al juicio de amparo federal, un proceso legal que requiere contratar abogados y asumir costos significativos, opositores advierten que incluso el amparo podría ser ineficaz si el Poder Judicial local carece de independencia frente al Ejecutivo.

Estos elementos combinados han llevado a que la reforma campechana se perciba como una “expropiación exprés” que sacrifica garantías de los dueños en aras de dar mayor rapidez y poder al gobierno en la toma de terrenos privados.

Justificaciones del gobierno estatal (Pros)

La administración de Layda Sansores ha defendido la reforma argumentando necesidades de desarrollo y armonización legal. De acuerdo con la exposición de motivos, la actualización de la ley busca “armonizar y actualizar” la normativa estatal con la federal, ya que la legislación local era obsoleta, asimismo, se justificó la medida señalando que en Campeche, especialmente en la capital, hace falta reserva territorial para proyectos de infraestructura y vivienda social; el gobierno sostiene que la ciudad no cuenta con suficientes terrenos para abrir vialidades o impulsar desarrollos habitacionales de interés público. La expropiación ágil de predios estratégicos se plantea, por tanto, como una herramienta para el bien común, a fin de realizar obras como carreteras, puentes, hospitales, escuelas, parques y otros proyectos de beneficio colectivo.

Diputados oficialistas acusaron a la oposición de “infundir miedo a través de mentiras” respecto a la reforma, el legislador José Antonio Jiménez (Morena) afirmó que “no se expropia por expropiar” y que sólo se recurrirá a la expropiación por causas de utilidad pública bien justificadas, enumerando obras de infraestructura y servicios colectivos como los únicos fines de esta ley.

Desde la tribuna, los diputados de Morena y sus aliados insistieron en que no existe intención de despojar arbitrariamente a ciudadanos comunes, sino de facilitar al gobierno la obtención de terrenos indispensables para el desarrollo del estado, incluso citaron principios de “distribución equitativa de la riqueza”  insinuando que la ley podría servir para recuperar tierras acaparadas o adquiridas de forma ventajosa por unos cuantos en perjuicio de la sociedad.

No obstante, a pesar de estas explicaciones, la redacción final de la ley dista de reflejar fielmente la normativa federal en materia de expropiaciones, paradójicamente, la reforma campechana establece plazos y condiciones más rígidos para los particulares que la propia ley federal que supuestamente buscaba “armonizar”, este hecho ha sido aprovechado por los detractores para cuestionar las verdaderas motivaciones detrás de la iniciativa.

Críticas, riesgos y voces opositoras (Contras)

Diversos sectores partidos de oposición, organismos empresariales, juristas y medios han lanzado fuertes críticas contra lo que consideran una ley lesiva para los derechos de propiedad, a grandes rasgos, los cuestionamientos señalan que la reforma pone en jaque la seguridad jurídica de los campechanos y abre la puerta a eventuales abusos de poder:

  • Propietarios indefensos y con menos derechos: Reducir a 5 días el periodo para responder ante una expropiación es visto como un atropello al derecho de audiencia y defensa. “Esta iniciativa es profundamente peligrosa, no es un simple ajuste normativo sino que abre la puerta a un mecanismo que coloca la propiedad privada a merced del Ejecutivo local”, advirtió la diputada Delma Rabelo (PRI) durante el debate legislativo. En la misma línea, COPARMEX Campeche subrayó que limitar las vías jurídicas de defensa y permitir la ocupación inmediata deja al ciudadano “en estado de indefensión” frente al gobierno.

  • Notificaciones poco eficaces: Al depender de publicaciones oficiales para dar por enterado al afectado, existe el riesgo de que muchos propietarios ni siquiera se enteren a tiempo de que su predio será expropiado, en palabras de COPARMEX, usar sólo el Periódico Oficial como medio de aviso es insuficiente en pleno siglo XXI, pudiendo concretarse expropiaciones in absentia sin la participación real del dueño.

  • “Juez y parte” en valoración y pago: La oposición ha cuestionado abiertamente que la Secretaría estatal de Finanzas haga los avalúos para la indemnización “siendo juez y parte” en el proceso, temen que el gobierno subvalúe los predios para pagar lo menos posible, máxime cuando la ley permite pagar en cómodas mensualidades hasta en 10 años, “Se mantiene el plazo para pagarle al propietario en abonos hasta en un periodo de 10 años, cuando la ley federal ordena pagar en 45 días”, reclamaron diputados opositores, calificando esto de injusto. COPARMEX advierte que dejar la indemnización en manos de la Secretaría de Finanzas “puede generar conflictos de interés y afectar la imparcialidad del proceso”.

  • Compensaciones irrisorias: Un dato revelado tras la aprobación es que la indemnización podría calcularse con base en el último valor de venta registrado del inmueble, y no su valor de mercado actualizado, esto implica que si un terreno fue adquirido hace años a precio muy bajo, esa suma antigua serviría de referencia para compensar al dueño actual, sin reflejar la plusvalía real. En otras palabras, el Estado podría expropiar pagando una “miseria” en comparación al valor presente del bien, lo cual fue justamente uno de los temores expresados por ciudadanos, que les quiten lo que tanto trabajo les costó a cambio de una indemnización miserable.

  • Sin apelación local, sólo amparo federal: La eliminación de recursos de inconformidad a nivel estatal es otro foco rojo, “La declaratoria de utilidad pública emitida por el gobierno no admitirá recurso administrativo alguno… lo mismo ocurre con la expropiación y la supuesta indemnización, tampoco serán impugnables”, denunció la diputada Rabelo (PRI), la única opción del afectado será ir a tribunales federales, pero iniciar un amparo exige tiempo y dinero, y no detiene de inmediato la ocupación del predio. Legisladores de oposición señalan que pocos ciudadanos comunes tendrán los medios para litigar contra el gobierno, y menos si paralelamente ya fueron despojados de su propiedad, en síntesis, el proceso queda diseñado para que el Estado avance rápido y el particular se quede prácticamente sin herramientas de defensa efectivas.

Además de estos puntos técnicos, el clima de sospecha política agrava la polémica. La celeridad y forma en que se aprobó la reforma (introducida y votada al vapor por la mayoría morenista) alimentó críticas sobre su legitimidad, organismos como COPARMEX han pedido abrir un diálogo amplio y revisar los artículos más controvertidos de la ley, con el fin de garantizar equilibrio entre el interés público y los derechos ciudadanos, hasta el momento, sin embargo, no hay indicios de que el gobierno de Sansores o la bancada oficial reconsideren la medida.

Señalamientos de uso político: la “Ley Alito”

Una arista notable de esta historia es la acusación de que la ley tendría dedicatoria política, dirigida contra el exgobernador campechano Alejandro “Alito” Moreno (actual dirigente nacional del PRI y acérrimo adversario de Sansores), de hecho, fue un diputado local de Morena quien públicamente bautizó la reforma como “Ley Alito”, aludiendo a que Moreno “adquirió 300 hectáreas de terreno al precio de 30 centavos por metro cuadrado y edificó una residencia valuada en más de 300 millones de pesos con recursos públicos”.

En otras palabras, desde la tribuna oficialista se sugirió que la nueva ley permitiría recuperar para el pueblo terrenos que Alito habría obtenido de forma irregular o a precio de ganga durante administraciones pasadas, la propia Layda Sansores ha denunciado públicamente que las numerosas propiedades de Alejandro Moreno reportó tener al menos 13 predios entre 2012 y 2021 “se ubican en zonas exclusivas y de alta plusvalía” de Campeche, insinuando que su origen podría no ser lícito.

Moreno Cárdenas no tardó en responder en medios nacionales, calificando la reforma de “atropello contra la ciudadanía” e intento de intimidación política por parte del gobierno de Sansores. En entrevista radiofónica, el priista acusó que la ley de expropiación campechana es una “amenaza a la propiedad privada”, diseñada para amedrentar a la oposición, pero que él no se doblegará, aseguró tener “su patrimonio lícitamente acreditado” y anticipó que dará la batalla legal tanto en tribunales mexicanos como internacionales para frenar cualquier intento de expropiarle bienes, Alito incluso comparó la medida con las expropiaciones masivas en Venezuela bajo los gobiernos de Hugo Chávez y Nicolás Maduro, advirtiendo que “lo ocurrido en Campeche podría replicarse en el resto del país, amenazando directamente la propiedad de los ciudadanos” si se sienta este precedente, también acusó a Morena de actuar de forma “corrupta y autoritaria”, anticipando que revelará presuntos actos de corrupción del gobierno campechano actual en represalia.

Cabe señalar que la mención de Venezuela y el alarmismo de “hoy en Campeche, mañana en todo México” forma parte de la retórica opositora para nacionalizar el tema y presentarlo como un peligro general bajo el proyecto político de Morena, si bien la situación jurídica concreta se circunscribe al estado de Campeche, el debate sobre la tensión entre desarrollo público y derechos privados que plantea ha cobrado relevancia en la arena política nacional.

En balance, la nueva Ley de Expropiación de Campeche representa un empoderamiento significativo del Poder Ejecutivo estatal a costa de reducir las garantías de los propietarios particulares. Sus defensores la pintan como una herramienta para agilizar obras de interés social y combatir el acaparamiento de tierras en pocas manos, pero las disposiciones aprobadas plazos de defensa recortados, toma de posesión inmediata, pago diferido prolongado y falta de contrapesos en la valoración e impugnación prenden focos rojos sobre posibles abusos.

Organismos independientes como COPARMEX han manifestado su preocupación por la inseguridad jurídica que podría generarse y han llamado a revisar la ley mediante un diálogo constructivo entre autoridades y sociedad, antes de que se aplique en casos concretos, por otro lado, el marcado cariz político que rodea a la reforma dada la rivalidad Sansores vs. Alito alimenta la percepción de que podría usarse selectivamente para perjudicar a adversarios del régimen, inclusive ciudadanos sin perfil político temen verse afectados, recibiendo compensaciones injustas por bienes que con esfuerzo forjaron, debido a la amplia discrecionalidad que la norma otorga al gobierno estatal.

En suma, los “alcances” de esta ley van más allá de la simple actualización administrativa: tocan fibras sensibles del derecho a la propiedad privada consagrado en la Constitución.

Por ahora, la legislación está en vigor en Campeche, pero bajo el escrutinio público, queda por ver si las autoridades campechanas atenderán las críticas y ajustarán el marco legal para equilibrar la utilidad pública con la protección al ciudadano, o si prevalecerá esta versión cuestionada de la expropiación exprés, lo cierto es que, tal como está, muchos consideran que la balanza se ha inclinado peligrosamente en contra del pueblo y sus derechos patrimoniales.

Con información del Sistema de Noticias CAMBIO 22

GCH

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