• Maricarmen Hernández Solís había sido acusada por PAN y PRD de utilizar programas sociales para inducir y coaccionar el voto a favor de candidatos de Morena

 

Redacción/CAMBIO 22

CHETUMAL, 8 de septiembre.- El Tribunal Electoral de Quintana Roo (Teqroo), en sesión pública presencial, por unanimidad de votos determinó la inexistencia de las conductas denunciadas en el Procedimiento Especial Sancionador PES/091/2022, que presentaran los partidos políticos de la Revolución Democrática y Acción Nacional en contra de la presidenta municipal de Felipe Carrillo Puerto. 

Dicho procedimiento lo promovieron en contra de Maricarmen Candelaria Hernández Solís, alcaldesa de Felipe Carrillo Puerto, por su supuesta participación activa en un evento realizado en dicho municipio, en el que difundió propaganda gubernamental dentro del periodo de campaña y utilizó presuntamente programas sociales con la finalidad de inducir y coaccionar el voto a favor de la entonces candidata a la gubernatura del Estado, María Elena Hermelinda Lezama Espinosa y José Chacón, en su calidad de entonces candidato a Diputado local por el Distrito 12.

El PRD y el PAN consideraron que con esos actos, la alcaldesa vulneró los principios de imparcialidad, equidad y neutralidad en la contienda electoral, así como el artículo 134 de la Constitución General; el artículo 449, párrafo 1, inciso c) de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales; el artículo 400 fracciones I, III y V, 425 fracciones I y II y 427 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Quintana Roo. 

Sin embargo, el Teqroo declaró la inexistencia de las conductas denunciadas, asegurando que que del análisis de las constancias que obran en el expediente y las pruebas ofrecidas, consideró que no se desprenden elementos que hagan patentes los hechos denunciados.

 

cambio22chetumal@gmail.com

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